DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

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DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO - Proclamada por la Asamblea General en su resolución 1386 (XIV, del 20 de noviembre de 1959.

PREAMBULO

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y su determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,
Considerando que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, opinión política o de cualquiera otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,


Tanto en el Sur pobre y subdesarrollado como en el Norte rico y consumista los niños son las primeras víctimas de la avidez y rapiña del capitalismo

Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento,

Considerando que la necesidad de esa protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,

Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle,

La Asamblea General,
Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:

DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Principio 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Principio 2
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.


Principio 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Principio 8
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Principio 9
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10
El niño debe ser protegido contra las práticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.


INFORME DEL ORGANISMO DE LA ONU PARA LA ALIMENTACION Y LA AGRICULTURA

Seis millones de niños mueren cada año por hambre y desnutrición

Mientras la tecnología avanza y se integra cada vez más a la vida cotidiana de gran parte de la población, el hambre y la desnutrición matan a 6 millones de niños al año en todo el mundo. La cifra surge del informe anual de la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) presentado ayer, donde se advierte que el crecimiento económico por sí solo, sin tomar medidas sociales de protección a los más débiles, no soluciona el problema ni ayudará a alcanzar la meta fijada por los líderes mundiales para 2015.

"La gran mayoría de esos niños mueren a causa de unas pocas enfermedades infecciosas curables como diarrea, neumonía, paludismo (malaria) y sarampión. Habrían sobrevivido si sus cuerpos y sistemas inmunitarios no estuvieran debilitados por el hambre y la malnutrición", explicó la FAO en un comunicado.

El informe remarca que el hambre y la desnutrición están entre las principales causas de pobreza, analfabetismo, enfermedad y muerte en los países en desarrollo. "Los niños que padecen hambre empiezan a ir a la escuela más tarde, si es que llegan a hacerlo, la abandonan antes y, cuando frecuentan la escue la, aprenden menos", detalla.

"A 60 años del nacimiento de la FAO hay aún demasiados niños, demasiadas mujeres y demasiados hombres que tienen hambre y el mundo no respeta los compromisos asumidos",

 denunció el director general de la organización, Jacques Diouf, quien presentó en la sede central, en Roma, el trabajo sobre "El estado de la inseguridad alimentaria en el mundo".

Lo que el documento no profundiza es la contradicción entre las metas de reducción del hambre y las político económicas impuestas por las potencias mundiales que en la última década lejos de solucionar han agravado la brecha entre ricos y pobres.

De acuerdo con los últimos datos de la FAO, cerca de 852 millones de personas en todo el mundo estaban subalimentadas entre 2000 y 2002, la mayor parte de ellas (814,6 millones) en los países en vías de desarrollo.

Diouf señala en el prólogo que el progreso hacia los "Objetivos del Milenio" fijados por la ONU para reducir en 2015 a la mitad las personas desnutridas "ha sido muy lento" y "la comunidad internacional está lejos" de llegar a la meta. Por eso, llama a los gobiernos a "redoblar los esfuerzos y orientarlos más eficazmente".

"Si se mantiene el ritmo actual de reducción de la pobreza en las distintas regiones en desarrollo, únicamente América del Sur y el Caribe alcanzarán la meta", detalla el titular de la organización.

La zona más afectada es Africa subsahariana, donde el 33% de la población está subalimentada. Le siguen Asia y el Pacífico, donde el 16% de las personas están malnutridas, según la FAO. En América latina y el Caribe, y en Oriente Medio y el norte de Africa, la cifra baja a 10%.

Los expertos de la FAO señalan que dar una nutrición suficiente a los niños es crucial para romper el círculo vicioso de hambre y pobreza, y que entre los medios para combatir la desnutrición están el crecimiento económico, la inversión en la agricultura, la búsqueda de la estabilidad política y la paz, la educación y el respeto a los derechos de la mujer.

"La FAO llama a los Estados a "dar prioridad a las zonas rurales y a la agricultura como principal fuente de los medios de subsistencia rurales". Pues, señala, "cerca del 75% de la población pobre y con hambre del planeta vive en zonas rurales de los países con ingresos bajos".

La FAO insiste en dos frentes: "Aumentar la productividad y los ingresos de las personas pobres y que padecen hambre en sectores como el riego a pequeña escala, infraestructuras (rutas, recursos hídricos) y la pesca".

Al mismo tiempo, "proporcionar acceso directo a los alimentos y crear redes de protección social para los pobres, con ayuda alimentaria para madres y niños pequeños, comedores escolares, huertos escolares y programas de comida por trabajo".

Noviembre 2005
 

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