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Políticas
Públicas: El Magno Asunto
Por Guillermo Carrasco1 y Francisco Pestanha2
"(...) No es un hecho excepcional que un país haya renunciado o negociado un
territorio, pero esa política ha estado siempre dictada por motivos
circunstanciales. En ningún país ha regido como principio que la extensión en sí
se considere un mal: por el contrario, el principio ha sido el inverso, pues el
mal consiste en la falta de extensión" (...) "solo nosotros, los argentinos,
hemos incorporado la idea del achicamiento como un bien necesario en nuestra
política territorial (...) y percibiréis toda una política cultural de
indefensión, de incapacidad intelectual para concebir la grandeza sobre la base
de pueblo y territorio y sobre un concepto tradicional de soberanía".
Arturo Martín Jauretche
El mapa bicontinental consagrado discretamente en el año 2010 mediante Ley
26.651, coloca a las nuevas generaciones de argentinos y argentinas ante la
dimensión, en escala, de un territorio que incluye su extensísimo litoral
marítimo y un considerable sector del continente antártico que es reivindicado
por nuestro país. Bien vale advertir que la norma precitada no solo establece
que dicho mapa constituirá referencia cartográfica obligatoria en todos los
niveles y modalidades del sistema educativo, sino también, prescribe su
exhibición pública en todos los organismos nacionales y provinciales.
Así en su artículo primero, la ley, determina la " (...) obligatoriedad de
utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo —Ley N°
26.206, de Educación Nacional—, como así también su exhibición pública en todos
los organismos nacionales y provinciales, el mapa bicontinental de la República
Argentina que fuera confeccionado por el ex Instituto Geográfico Militar
—actualmente Instituto Geográfico Nacional— (Leyes 22.963, de representación del
territorio continental, insular y antártico y su modificatoria 24.943), el cual
muestra el sector antártico en su real proporción con relación al sector
continental e insular". Por su parte mediante el artículo segundo, se le asigna
responsabilidad primaria al Ministerio de Educación a fin de garantizar su
exhibición, empleo y difusión, en todas las instituciones educativas públicas y
privadas, mediante la provisión de la lámina correspondiente en escala
1:5.000.000. Además, entre otras estipulaciones, la pauta normativa, determina
que las editoriales deben incluir el mapa "(...) en las nuevas ediciones de los
libros de texto. Los textos editados con anterioridad deberán incorporar el mapa
bicontinental en caso de reimpresión o reedición".
Numerosísimas investigaciones que disponemos en las que han participado cientos
de estudiantes universitarios, dan cuenta de que, a pesar de haber sido dictada
en 2010, las prescripciones de la ley han sido ejecutadas parcialmente y en baja
intensidad, que la distribución de los mapas no ha resultado exitosa, y que
muchas editoriales, no se han adecuado al imperativo legal. No obstante, bien
vale señalar que, a partir de 2014, algunos acuerdos entre los que se encuentran
el suscripto entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires y otras medidas similares, han dado nuevo impulso en la
implementación de la norma. Por su parte algunas organizaciones sindicales como
UPCN, llevan a cabo una sistemática campana sugiriendo la exhibición del mapa.
Durante el primer peronismo (1946-1955) fueron puestas en ejecución una serie de
acciones previamente planificadas vinculadas a la vindicación de nuestros
derechos sobre el continente Antártico. Apenas asumido el gobierno
constitucional presidido por Juan D. Perón, mediante Decreto N° 8944/46 (Bol.
Of., 19/11/1946), se establecieron estrictas pautas para la publicación de mapas
de la República Argentina, prohibiéndose expresamente aquellas representaciones
que (...) "no consagren en toda su extensión la parte continental e insular del
territorio de la Nación, que no incluyan el sector antártico sobre el que el
país mantiene soberanía", o que "(...) adolezcan en deficiencias o inexactitudes
geográficas, o que falseen en cualquier forma la realidad, cualesquiera fueren
los fines perseguidos con tales publicaciones". Entre otras justificaciones
desarrolladas en los considerandos del texto se expresa que es "(....) necesario
arbitrar todos los medios para que la cartografía que se divulgue en nuestro
país, y con mayor razón en el extranjero, no adolezca de fallas que, producidas
voluntaria o involuntariamente, puedan lesionar la soberanía nacional, dando
lugar a un erróneo conocimiento de nuestro patrimonio territorial".
.... (continúa)
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1. Licenciado en Seguridad y docente del Seminario
Pensamiento Nacional y Latinoamericano, en la Universidad Nacional de Lanús.
2. Docente y ensayista. Es Director del Departamento de Políticas Públicas y
Gobierno de la Universidad Nacional de Lanús y Profesor Titular del Seminario
Pensamiento Nacional y Latinoamericano en la misma universidad.
Fuente: Revista Escenarios UPCN, agosto 2014.
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