Infame

Por Eduardo Rosa

La mínima y dulce Lilita Carrió declaró con voz meliflua en el congreso que Julio Devido ¡DEBÍA SER CONSIDERADO INFAME TRAIDOR A LA PATRIA!.

Eran duras palabras las emitidas por la inefable diputada: nos sorprende porque se nos dice que es abogada. Creemos, aunque no lo hemos podido confirmar, que Elisa Carrió no fué parte de la convención constituyente reunida en Santa Fe hacia 1853, pero si lo fue para su segunda reforma en 1994.

“La Patria” es una abstracción cuya definición es siempre discutible.

Pero hay quienes suponen que es únicamente patria lo que ellos son y piensan, por lo que no estar de acuerdo con ellos es “TRAICIÓN A LA PATRIA” y hay que actuar judicialmente contra el traidor; aunque los constituyentes de 1852 no se hayan imaginado el delito.

Veamos que nos dice Pepe Rosa:

El artículo 33 de la Constitución Argentina que repite el 103 de la antigua, dice: "La traición a la patria consistirá únicamente en tomar las armas contra ella o unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro". Fue tomado al pie de la letra de la norteamericana (art. 3, secc. III, 1) sin advertir los constituyentes de 1853 que el adverbio únicamente" (only) del modelo no correspondía al derecho público argentino. Porque en el art. 29 (que es el 20 de la actual) habían creado otro tipo de traición a la patria: la de otorgar la suma del poder público o facultades extraordinarias, que no solamente equiparaban a "la traición a la patria" sino que agravaban con el calificativo de "infame".

Existen pues, en nuestro derecho constitucional dos tipos de traición a la patria: "tomar las armas contra ella, o unirse a sus enemigos", y "otorgar a los gobernantes facultades extraordinarias o la suma del poder público"...

Ahora volvamos a nuestra diputada: Si a Julio Devido le cabía ser “INFAME TRAIDOR A LA PATRIA”, el calificativo de infame lo excluye de juzgarlo como un uniéndose al enemigo . ¿Será porque revistió a alguien con más poderes que los que la constitución les permite?. No hubo algo así en los años que Devido fue ministro; y como ministro no pudo otorgar facultades legales extraordinas a nadie.

Debió haber intentado echar a alguien nombrado por el congreso o por el pueblo aunque no haya acabado con su mandato, ¿Tal vez alguna procuradora general de la nación? ¿O pudo haber sido un director del Banco Central con mandato dado por el senado?. ¿O tal vez primerear al senado y nombrar un par de jueces de la corte suprema?.

No lo sabemos ni le queremos preguntar a la buena de Lilita porque últimamente está muy nerviosa y explota fácilmente.

Fin de Julio de 2017


 

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