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¿De qué hablamos cuando
nombramos la inseguridad?
Por Aritz Recalde*
Cuadernos de Trabajo Nº 5 del Centro de Estudios Juan José Hernández Arregui
“Ningún habitante
de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado
en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones
especiales o sacado de los jueces designados por la ley
antes del hecho de la causa. Siempre se aplicará, y aun
con efecto retroactivo, la ley penal permanente más favorable
al imputado. (...) Nadie puede ser obligado a declarar contra
sí mismo ni arrestado sino en virtud de orden escrita de
autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio
de la persona y de los derechos. (...) Los jueces no podrán
ampliar por analogía las incriminaciones legales ni interpretar
extensivamente la ley en contra del imputado. En caso de
duda, deberá estarse siempre a lo más favorable al procesado.
Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas
políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles
serán sanas y limpias, y adecuadas para la reeducación social
de los detenidos en ellas; y toda medida que, a pretexto
de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que
la seguridad exija, hará responsable al juez o funcionario
que la autorice. Todo habitante podrá interponer por sí
o por intermedio de sus parientes o amigos recurso de hábeas
corpus ante la autoridad judicial competente, para que se
investiguen la causa y el procedimiento de cualquier restricción
o amenaza a la libertad de su persona. El tribunal hará
comparecer al recurrente, y comprobada en forma sumaria
la violación, hará cesar inmediatamente la restricción o
la amenaza.”
Artículo 29 de la Constitución Nacional de 1949
Uno de los temas
con mayor agenda en el debate político y mediático actual
es el de la denominada inseguridad. Tal como lo señala su
nombre, se trataría de un estado de ánimo y de una percepción
que tienen los individuos sobre la potencial pérdida de
seguridad o el inminente y constante riesgo al cual estaríamos
sometidos. Atendiendo a la periodicidad de hechos delictivos
en relación al total de los argentinos, es innegable que
la inseguridad como fenómeno nacional es ante todo un estado
de ánimo o una sensación que no se relaciona necesariamente
a un suceso concreto o a un delito específico. Asimismo,
es bueno reconocer que la opinión pública o los estados
de ánimo colectivos se vinculan a las instituciones de formación
de la cultura y en particular, a la televisión y a los medios
concentrados. Dicha mención no es un dato menor ya que en
este y otros casos, una problemática típica de los grandes
núcleos urbanos y en especial del Conurbano Bonaerense y
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es exportada y presentada
como agenda federal. Cuando planteamos la influencia de
la prensa en la formación de la opinión pública, debemos
reconocer la importancia que tienen las agendas mediáticas
de alcance regional y trasnacional -particularmente la norteamericana-
que construyen y difunden modelos de inseguridad, de criminalidad
y de acción estatal para el conjunto de América latina.
En el presente artículo no nos proponemos la realización
de un estudio de la prensa, pero consideramos importante
discutir el tema a la luz de las opiniones y construcciones
por ella realizadas y en particular, atendiendo a la existencia
de fuertes intereses del sistema de medios puestos en la
política y la economía del país y de la región. La prensa
en tanto actor político, establece agendas y presiona para
la formulación de políticas en dichas áreas. En este sentido,
interesarán ciertas opiniones vertidas sobre el tema por
dirigentes políticos y periodistas y no solamente aquellas
vinculadas a especialistas o teóricos. Nuestro objetivo
es realizar un breve comentario en torno al debate actual
de la inseguridad incluyendo una mirada que de cuenta de
algunos aspectos que son escasamente referenciados en las
agendas. En esta línea, consideramos que la discusión sobre
el problema de la inseguridad debería partir de un acuerdo
mínimo sobre cinco variables elementales:
1- El tipo de legislación pertinente;
2- El funcionamiento del Sistema de Justicia;
3- El debate sobre la organización de los lugares de encierro
tales como cárceles e Institutos de Menores;
4- El modelo de Policía y de Fuerzas de Seguridad;
5- El tipo de prevención social y de acciones sobre el universo
de la marginalidad.
Estas cinco variables generalmente no son tratadas o lo
son de manera inconexa. Nosotros las trabajaremos, presentando
dos Modelos conceptuales sobre el tratamiento del tema de
la inseguridad. Posteriormente, realizaremos un sucinto
análisis de un conjunto de datos estadísticos que nos permitirán
poner en debate el alcance y la pertinencia de ambos Modelos.
El Cuaderno culmina con la recapitulación de los alcances
y los límites que en nuestra opinión tienen ambos puntos
de vista.
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* Sociólogo
- Centro de Estudios Juan José Hernández Arregui
www.hernandezarregui.blogspot.com