Algunas consideraciones sobre la reforma política

Por Arturo Trinelli*

Paradojas de la historia, la reforma política ha sido un tema común en ambos centenarios de nuestro país. A poco tiempo de festejarse el primero, en 1912 la dirigencia política de entonces sancionó la Ley Sáenz Peña. La consagración del voto universal, secreto y obligatorio significó, quizás, la reforma política más importante de la historia argentina. Su objetivo principal fue contener a las masas obreras que, al estar totalmente excluidas del sistema político, eran propensas a la influencia de ideales libertarios que representaban una amenaza para el Estado, en un contexto de fraude electoral permanente del cual se valía la oligarquía de la época para mantenerse en el poder. Casi cien años después la preocupación por mejorar la representación de los partidos vuelve a estar en la agenda política, en un contexto diferente donde el paso del tiempo y los padecimientos sufridos han extendido saludablemente la importancia del voto como valuarte de la democracia. La reforma política actual introduce algunos elementos de consideración que sin dudas configurarán un nuevo escenario político en las próximas elecciones, y que provocó una acalorada discusión en la última sesión en la Cámara de Diputados, donde los legisladores debatieron hasta altas horas de la madrugada sobre el veto parcial que el Ejecutivo aplicó a la ley sancionada el pasado 2 de diciembre.

Juan Manuel Abal Medina, Secretario de Gestión Pública y uno de los que más trabajó en el proyecto, destacaba hace poco que la serie de medidas que suponen la reforma política contribuirían a la construcción de partidos más sólidos y programáticos, “dejando ese vale todo en lo que se ha convertido la política actualmente” (Buenos Aires Económico, 16 de marzo). Sin embargo, el debate sobre la reforma política parece haberse reducido en este tiempo a la polémica sobre cuándo debería entrar en vigor. El oficialismo propone la vigencia a partir de ahora, argumentando que la modificación con la que se aprobó en el Congreso desvirtúa el contenido general del proyecto, y de esta manera justificó el veto aplicado a dos de sus artículos: el artículo 108 establecía que recién en el 2012 comenzaría a regir el ítem que estipulaba que los partidos políticos no podrían presentar candidaturas a cargos electivos ni en elecciones primarias ni nacionales, durante la vigencia del reconocimiento provisorio. El otro artículo vetado, nº 107, también fijaba el 31 de diciembre de 2011 como fecha para la puesta en vigencia de los requisitos referidos a la formación de confederaciones nacionales y la fusión de partidos políticos. La oposición, encabezada por los partidos denominados “chicos”, ha sostenido que la entrada en vigencia de la ley en estos momentos atenta contra sus posibilidades electorales en la medida en que no les da tiempo a adecuar sus estructuras a las nuevas disposiciones. Por ello a principios de febrero presentaron un recurso de amparo en el juzgado de la magistrado electoral María Servini de Cubría con el objetivo de conseguir su nulidad. En la última sesión de la Cámara de Diputados, recordemos, la oposición no consiguió los votos de las dos terceras partes del cuerpo necesarias para rechazar el veto del Ejecutivo a los mencionados artículos, que habían sido una de las modificaciones que el bloque oficialista había consensuado con la oposición para acelerar la aprobación de la ley.

Sin embargo, más allá de esta discusión política, es conveniente destacar algunos puntos centrales de la reforma que fueron consecuencia de una prolongada sesión de debates y consultas que el Ejecutivo mantuvo con especialistas, y que fue también discutido en aquellos encuentros por el diálogo que Cristina Fernández encaró el año pasado con gobernadores y dirigentes políticos opositores. Entre ellos, se establece que de las elecciones generales sólo podrán participar las agrupaciones que hayan obtenido en las primarias el 1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos requeridos, y además las que no alcancen el 2 por ciento del padrón electoral del distrito que corresponda perderán su personería jurídico-política. Pero esencialmente el conjunto de medidas que integran la ley conducen a dos objetivos: promover un sistema de partidos menos fragmentado y más estable con la realización de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), y por otro lado reducir las asimetrías económicas entre las distintas fuerzas en términos de disponibilidad de recursos para solventar las campañas electorales.

Primarias abiertas, simultáneas y obligatorias

La introducción de las PASO para todos los partidos que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos nacionales intenta promover una práctica electoral que, según los fundamentos de la ley, pretende democratizar la selección de los candidatos y reconstruir los vínculos entre los partidos y la sociedad. Como decíamos anteriormente, el objetivo principal es atenuar el fraccionalismo, evitando que quienes pierdan la elección en una interna puedan presentarse luego como candidatos por fuera del partido. En tal sentido, se pretende resguardar de mejor manera la identidad partidaria y evitar la formación de alianzas inestables que se disuelvan una vez concluida la contienda electoral. Por lo tanto, más allá de la acusación de parte de la oposición a que la ley promueve la proscripción, lo que intentan las PASO es regularizar la cantidad de partidos para evitar una distorsión de la política argentina reciente que tiene que ver con la superpoblación de partidos de escasa representación, que funcionan muchas veces como proveedores del sello partidario y venden su estructura a quienes la puedan comprar, generando dificultades entre los votantes para la identificación de los partidos y desequilibrios en el uso del dinero público que los financia.

En diálogo con este cronista, el Dr. Miguel De Luca, politólogo y Presidente de la Sociedad Argentina de Análisis Político (SAAP), quien participó en simposios de discusión sobre el proyecto, sostiene que “son varias las ventajas de las PASO. En primer lugar, se elimina la superabundancia de ‘mini partidos’. Además – agrega- contienen disposiciones dirigidas a reforzar el carácter nacional de los partidos políticos” como consecuencia de la progresiva desarticulación a la que fueron sometiéndose los partidos desde la crisis del 2001, que ha hecho que de acuerdo al distrito electoral donde compita, un mismo partido político forje acuerdos muy diferentes, y a nivel gubernamental la consecuencia más notoria es la cada vez mayor tendencia a la migración de un bloque partidario a otro. “Por otro lado, las PASO también funcionan como un mecanismo para la selección de candidatos que, si bien se dan en otras partes del mundo, en la mayoría de los casos fueron consecuencia de una decisión tomada por las organizaciones partidarias y no por una disposición legislativa. Pero al mismo tiempo introducen riesgos de sobrecarga de consultas electorales, lo cual puede promover una sensación generalizada de políticos en campaña permanente o partidos sólo ocupados por las votaciones y no por gobernar”, concluye De Luca.

Financiamiento de los partidos

El financiamiento de los partidos políticos constituye otro de los grandes temas que consagra la nueva ley de reforma política. Como lo expresa la Constitución, el Estado contribuye al sostenimiento de la actividad de los partidos, y a su vez, la ley 26.215 establece en varios de sus puntos normas para el financiamiento privado y público. En teoría, lo ideal era que los aportes privados y públicos lograran un equilibrio capaz de evitar la excesiva dependencia del Estado Nacional o la desmesurada influencia de determinados grupos económicos, que financian las campañas electorales y luego buscan “cobrarse” los favores. La reforma política lo que intenta es restringir el financiamiento de origen privado con el fin de promover la igualdad de los recursos económicos entre los partidos para solventar sus campañas. Así, uno de los elementos novedosos es que todos los partidos a partir de ahora tendrán el mismo acceso a la publicidad en los medios audiovisuales con financiamiento de parte del Estado. La idea es que la mitad de los recursos disponibles se divida en partes iguales entre todos los partidos y la otra mitad se distribuya en forma proporcional a los votos obtenidos por cada fuerza política en la última elección. El sostén económico del Estado se hace para garantizar que haya cierto nivel de igualdad en la competencia; si el Estado no contribuyera con nada de financiamiento, los partidos contarían sólo con fondos privados y eso le daría una ventaja muy marcada a quienes tengan recursos personales o capacidad de recaudación mayor. Por ello es que muchas legislaciones del mundo tienen contemplados mecanismos de financiamiento público.

En suma, se trata de una reforma política consecuente con los nuevos desafíos que impone el escenario político nacional, que hasta el momento contenían numerosas distorsiones al no contar con un marco legal que contemplara las nuevas características de nuestro sistema electoral. La representación de los partidos cambia a lo largo del tiempo conforme al éxito con que la política puede responder a las demandas sociales, y en este sentido, la tendencia progresiva a la fragmentación partidaria, consecuencia del oportunismo electoral pero también de la crisis de representación desatada a partir del 2001, necesitaba de una ley que atenuara sus efectos. Por supuesto que toda reforma es perfectible a la vez que necesario su debate para recuperar a la política como instrumento promotor del bien común.

* Licenciado en Ciencia Política (UBA)
atrinelli@hotmail.com

 

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