|
|
|
Algunas
consideraciones sobre la reforma política
Por Arturo Trinelli*
Paradojas de la historia, la reforma política ha sido un tema común
en ambos centenarios de nuestro país. A poco tiempo de festejarse el
primero, en 1912 la dirigencia política de entonces sancionó la Ley
Sáenz Peña. La consagración del voto universal, secreto y
obligatorio significó, quizás, la reforma política más importante de
la historia argentina. Su objetivo principal fue contener a las
masas obreras que, al estar totalmente excluidas del sistema
político, eran propensas a la influencia de ideales libertarios que
representaban una amenaza para el Estado, en un contexto de fraude
electoral permanente del cual se valía la oligarquía de la época
para mantenerse en el poder. Casi cien años después la preocupación
por mejorar la representación de los partidos vuelve a estar en la
agenda política, en un contexto diferente donde el paso del tiempo y
los padecimientos sufridos han extendido saludablemente la
importancia del voto como valuarte de la democracia. La reforma
política actual introduce algunos elementos de consideración que sin
dudas configurarán un nuevo escenario político en las próximas
elecciones, y que provocó una acalorada discusión en la última
sesión en la Cámara de Diputados, donde los legisladores debatieron
hasta altas horas de la madrugada sobre el veto parcial que el
Ejecutivo aplicó a la ley sancionada el pasado 2 de diciembre.
Juan Manuel Abal Medina, Secretario de Gestión Pública y uno de los
que más trabajó en el proyecto, destacaba hace poco que la serie de
medidas que suponen la reforma política contribuirían a la
construcción de partidos más sólidos y programáticos, “dejando ese
vale todo en lo que se ha convertido la política actualmente”
(Buenos Aires Económico, 16 de marzo). Sin embargo, el debate sobre
la reforma política parece haberse reducido en este tiempo a la
polémica sobre cuándo debería entrar en vigor. El oficialismo
propone la vigencia a partir de ahora, argumentando que la
modificación con la que se aprobó en el Congreso desvirtúa el
contenido general del proyecto, y de esta manera justificó el veto
aplicado a dos de sus artículos: el artículo 108 establecía que
recién en el 2012 comenzaría a regir el ítem que estipulaba que los
partidos políticos no podrían presentar candidaturas a cargos
electivos ni en elecciones primarias ni nacionales, durante la
vigencia del reconocimiento provisorio. El otro artículo vetado, nº
107, también fijaba el 31 de diciembre de 2011 como fecha para la
puesta en vigencia de los requisitos referidos a la formación de
confederaciones nacionales y la fusión de partidos políticos. La
oposición, encabezada por los partidos denominados “chicos”, ha
sostenido que la entrada en vigencia de la ley en estos momentos
atenta contra sus posibilidades electorales en la medida en que no
les da tiempo a adecuar sus estructuras a las nuevas disposiciones.
Por ello a principios de febrero presentaron un recurso de amparo en
el juzgado de la magistrado electoral María Servini de Cubría con el
objetivo de conseguir su nulidad. En la última sesión de la Cámara
de Diputados, recordemos, la oposición no consiguió los votos de las
dos terceras partes del cuerpo necesarias para rechazar el veto del
Ejecutivo a los mencionados artículos, que habían sido una de las
modificaciones que el bloque oficialista había consensuado con la
oposición para acelerar la aprobación de la ley.
Sin embargo, más allá de esta discusión política, es conveniente
destacar algunos puntos centrales de la reforma que fueron
consecuencia de una prolongada sesión de debates y consultas que el
Ejecutivo mantuvo con especialistas, y que fue también discutido en
aquellos encuentros por el diálogo que Cristina Fernández encaró el
año pasado con gobernadores y dirigentes políticos opositores. Entre
ellos, se establece que de las elecciones generales sólo podrán
participar las agrupaciones que hayan obtenido en las primarias el
1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos requeridos, y
además las que no alcancen el 2 por ciento del padrón electoral del
distrito que corresponda perderán su personería jurídico-política.
Pero esencialmente el conjunto de medidas que integran la ley
conducen a dos objetivos: promover un sistema de partidos menos
fragmentado y más estable con la realización de primarias abiertas,
simultáneas y obligatorias (PASO), y por otro lado reducir las
asimetrías económicas entre las distintas fuerzas en términos de
disponibilidad de recursos para solventar las campañas electorales.
Primarias abiertas, simultáneas y obligatorias
La introducción de las PASO para todos los partidos que postulen
precandidatos para nominar a cargos electivos nacionales intenta
promover una práctica electoral que, según los fundamentos de la
ley, pretende democratizar la selección de los candidatos y
reconstruir los vínculos entre los partidos y la sociedad. Como
decíamos anteriormente, el objetivo principal es atenuar el
fraccionalismo, evitando que quienes pierdan la elección en una
interna puedan presentarse luego como candidatos por fuera del
partido. En tal sentido, se pretende resguardar de mejor manera la
identidad partidaria y evitar la formación de alianzas inestables
que se disuelvan una vez concluida la contienda electoral. Por lo
tanto, más allá de la acusación de parte de la oposición a que la
ley promueve la proscripción, lo que intentan las PASO es
regularizar la cantidad de partidos para evitar una distorsión de la
política argentina reciente que tiene que ver con la superpoblación
de partidos de escasa representación, que funcionan muchas veces
como proveedores del sello partidario y venden su estructura a
quienes la puedan comprar, generando dificultades entre los votantes
para la identificación de los partidos y desequilibrios en el uso
del dinero público que los financia.
En diálogo con este cronista, el Dr. Miguel De Luca, politólogo y
Presidente de la Sociedad Argentina de Análisis Político (SAAP),
quien participó en simposios de discusión sobre el proyecto,
sostiene que “son varias las ventajas de las PASO. En primer lugar,
se elimina la superabundancia de ‘mini partidos’. Además – agrega-
contienen disposiciones dirigidas a reforzar el carácter nacional de
los partidos políticos” como consecuencia de la progresiva
desarticulación a la que fueron sometiéndose los partidos desde la
crisis del 2001, que ha hecho que de acuerdo al distrito electoral
donde compita, un mismo partido político forje acuerdos muy
diferentes, y a nivel gubernamental la consecuencia más notoria es
la cada vez mayor tendencia a la migración de un bloque partidario a
otro. “Por otro lado, las PASO también funcionan como un mecanismo
para la selección de candidatos que, si bien se dan en otras partes
del mundo, en la mayoría de los casos fueron consecuencia de una
decisión tomada por las organizaciones partidarias y no por una
disposición legislativa. Pero al mismo tiempo introducen riesgos de
sobrecarga de consultas electorales, lo cual puede promover una
sensación generalizada de políticos en campaña permanente o partidos
sólo ocupados por las votaciones y no por gobernar”, concluye De
Luca.
Financiamiento de los partidos
El financiamiento de los partidos políticos constituye otro de los
grandes temas que consagra la nueva ley de reforma política. Como lo
expresa la Constitución, el Estado contribuye al sostenimiento de la
actividad de los partidos, y a su vez, la ley 26.215 establece en
varios de sus puntos normas para el financiamiento privado y
público. En teoría, lo ideal era que los aportes privados y públicos
lograran un equilibrio capaz de evitar la excesiva dependencia del
Estado Nacional o la desmesurada influencia de determinados grupos
económicos, que financian las campañas electorales y luego buscan
“cobrarse” los favores. La reforma política lo que intenta es
restringir el financiamiento de origen privado con el fin de
promover la igualdad de los recursos económicos entre los partidos
para solventar sus campañas. Así, uno de los elementos novedosos es
que todos los partidos a partir de ahora tendrán el mismo acceso a
la publicidad en los medios audiovisuales con financiamiento de
parte del Estado. La idea es que la mitad de los recursos
disponibles se divida en partes iguales entre todos los partidos y
la otra mitad se distribuya en forma proporcional a los votos
obtenidos por cada fuerza política en la última elección. El sostén
económico del Estado se hace para garantizar que haya cierto nivel
de igualdad en la competencia; si el Estado no contribuyera con nada
de financiamiento, los partidos contarían sólo con fondos privados y
eso le daría una ventaja muy marcada a quienes tengan recursos
personales o capacidad de recaudación mayor. Por ello es que muchas
legislaciones del mundo tienen contemplados mecanismos de
financiamiento público.
En suma, se trata de una reforma política consecuente con los nuevos
desafíos que impone el escenario político nacional, que hasta el
momento contenían numerosas distorsiones al no contar con un marco
legal que contemplara las nuevas características de nuestro sistema
electoral. La representación de los partidos cambia a lo largo del
tiempo conforme al éxito con que la política puede responder a las
demandas sociales, y en este sentido, la tendencia progresiva a la
fragmentación partidaria, consecuencia del oportunismo electoral
pero también de la crisis de representación desatada a partir del
2001, necesitaba de una ley que atenuara sus efectos. Por supuesto
que toda reforma es perfectible a la vez que necesario su debate
para recuperar a la política como instrumento promotor del bien
común.
* Licenciado en Ciencia Política (UBA)
atrinelli@hotmail.com
|