Se conoce como Masacre de San Patricio (o "de los palotinos", o "de Belgrano") el asesinato de tres sacerdotes y dos seminaristas de la orden de los palotinos, el 4 de julio de 1976, durante la dictadura cívico-militar, crímen ejecutado en la iglesia de San Patricio, ubicada en el barrio de Belgrano, Buenos Aires. Los religiosos asesinados fueron los curas Alfredo Leaden, Alfredo Kelly y Pedro Duffau y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti.

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"Adoctrinadores de mentes vírgenes"

Alrededor de la una de la mañana del 4 de julio de 1976, tres jóvenes, Luis Pinasco, Guillermo Silva y Julio Víctor Martínez, vieron como dos automóviles estacionaban frente a la iglesia de San Patricio.

Como Martínez era hijo de un militar y pensó que podría tratarse de un atentado contra su padre, fue a la Comisaría Nº 37 para hacer la denuncia. Minutos después un automóvil policial llegó al lugar y el oficial Miguel Angel Romano habló con las personas que estaban en los autos sospechosos.

A las 2 de la mañana Silva y Pinasco vieron como un grupo de personas con armas largas salían de los autos sospechosos y entraban a la iglesia.

A la mañana siguiente, a la hora de la primera misa, un grupo de fieles esperaba frente a la puerta de la iglesia que se encontraba cerrada.

Extrañado por la situación, el joven Fernando Savino, organista de la parroquia decidió entrar por una ventana y encontró en el primer piso los cuerpos acribillados de los cinco religiosos, boca abajo y alineados, en un enorme charco de sangre sobre una alfombra roja.

Los asesinos habían escrito con tiza en una puerta:

"Por los camaradas dinamitados en Seguridad Federal. Venceremos. Viva la Patria."

También escribieron en una alfombra:

"Estos zurdos murieron por ser adoctrinadores de mentes vírgenes y son M.S.T.M."


Caminata por los 40 años de la masacre- 03/07/16

La sigla "M.S.T.M." corresponde al Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo, en tanto que la primera frase sobre "Seguridad Federal" está evidentemente referida al atentado con explosivos que Montoneros había realizado dos días antes en el comedor de esa dependencia policial causando la muerte de 20 policías .

Sobre el cuerpo de Salvador Barbeito los asesinos pusieron un dibujo de Quino, tomado de una de las habitaciones, en el que Mafalda aparece señalando el bastón de un policía diciendo: "Este es el famoso palito de abollar ideologías".

Al día siguiente, el diario La Nación publicó una crónica sobre la masacre que incluía el texto de un comunicado del Comando de la Zona I del Ejército que decía:

"Elementos subversivos asesinaron cobardemente a los sacerdotes y seminaristas. El vandálico hecho fue cometido en dependencias de la iglesia San Patricio, lo cual demuestra que sus autores, además de no tener Patria, tampoco tienen Dios."

Ese mismo 5 de julio de 1976 se realizó en la iglesia de San Patricio una misa por los religiosos asesinados. A la misma se presentaron altas autoridades militares y más de tres mil fieles. En el valiente sermón pronunciado por el padre palotino Roberto Favre, parcialmente publicado al día siguiente por el diario Clarín, aquel dijo:

"No puede haber voces discordantes en la reprobación de estos hechos. Tenemos necesidad de buscar más que nunca la justicia, la verdad y el amor para ponerlas al servicio de la paz... Hay que rogar a Dios no solo por los muertos, sino también por las innumerables desapariciones que se conocen día a día... En este momento debemos reclamar a todos aquellos que tienen alguna responsabilidad, que realicen todos los esfuerzos posibles para que se retorne al Estado de Derecho que requiere todo pueblo civilizado."

El entonces nuncio apostólico en la Argentina, Pío Laghi, concelebró la misa y le dijo ese mismo día a Robert Cox, director del diario Buenos Aires Herald:

Yo tuve que darle la hostia al general (Carlos Guillermo) Suárez Mason. Puede imaginar lo que siento como cura... Sentí ganas de pegarle con el puño en la cara.

En agosto de 1975 un grupo armado secuestró por una horas a Mariano Grondona, conocido abogado y periodista simpatizante de la dictadura. Al liberarlo sus captores le indicaron que debía llevar un mensaje a los obispos: que si seguían tolerando a sacerdotes de izquierda "proseguirían los episodios como el de los palotinos y sufririan una escalada hacia la jerarquía eclesiástica". Grondona comunicó el mensaje al Nuncio Pio Laghi y al vicario castrense Monseñor Tortolo, pero no hizo denuncia alguna del secuestro ni puso el hecho en conocimiento de la justicia hasta 1984.


Obispos, sacerdotes, monjas y laicos asesinados

Entre los religiosos católicos, también hubo víctimas del terrorismo de Estado.

La Masacre de San Patricio, los asesinatos de los obispos de La Rioja, Enrique Angelelli, y de San Nicolás, Carlos Ponce de León, y del padre Carlos Mugica, y los sacerdotes conocidos como "mártires de El Chamical", son algunos ejemplos de la persecución del gobierno militar a aquellos religiosos católicos que trabajaban para la gente humilde.

Si bien la jerarquía de la Iglesia católica fue cómplice del régimen militar hubo una minoría llamados los “curas rojos” o comunistas que luchó contra las atrocidades que se cometieron. Este grupo se caracterizó por la expresa condena a las violaciones de los derechos humanos, la participación en manifestaciones, cartas y homilías públicas contra el accionar represivo, las denuncias al exterior y el acompañamiento a los familiares de desaparecidos.

Según el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, al menos dieciocho sacerdotes fueron asesinados o figuran como desaparecidos, otros diez curas estuvieron presos en la dictadura; treinta fueron secuestrados y derivados a los centros clandestinos de detención y luego liberados; once seminaristas fueron asesinados o figuran como desaparecidos y se cree que son más de medio centenar los católicos laicos víctimas de la represión ilegal.

El primer religioso asesinado fue el padre Carlos Mugica quien fue ametrallado el 11 de mayo de 1974 en esta Ciudad, todavía durante el gobierno de Estela Martinez de Perón, y cuando la Triple A realizaba la persecución para eliminar a la “guerrilla”.

Ya bajo la dictadura militar, las primeras víctimas de la Iglesia aparecieron en la provincia de La Rioja. El 18 de julio de 1976, el párroco francés Gabriel Longueville y el sacerdote Carlos de Dios Murias fueron secuestrados en la parroquia El Salvador, de El Chamical, y sus cuerpos fusilados, con los ojos vendados, aparecieron en un descampado al sur de la ciudad. Hoy el sitio se denomina "Los Mártires" y un oratorio honra sus memorias.

El ex titular del tercer cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, es uno de los principales imputados en la causa por el asesinato de los sacerdotes Murias y Longueville, cuyo juicio iba a comenzar el 15 de marzo y fue postergado. Paralelamente, se instruye también en el Juzgado Federal de La Rioja la investigación por la muerte, en un accidente automovilístico confuso, del obispo de La Rioja monseñor Enrique Angelelli, ocurrida el 4 de agosto también de 1976. Angelelli viajaba a Buenos Aires en una camioneta con la denuncia sobre el secuestro y homicidio de los dos sacerdotes. El obispo riojano no desconocía su situación, por lo que en más de una oportunidad puso a disposición de las más altas autoridades eclesiástica su renuncia.


Masacre de San Patricio. Producción El Ultimo Tren (Argentina). Fuente: Radioteca.net

“Es hora de que la Iglesia de Cristo en la Argentina discierna a nivel nacional nuestra misión y no guarde silencio ante hechos graves que se vienen sucediendo”, decía Angelelli en una carta a su confidente, Monseñor Zaspe, en abril de 1976. Y agregaba: “O nos respaldamos en serio o que se busque otro pastor para esta diócesis”.

Los religiosos palotinos Alfredo Leaden, Alfredo Kelly y Pedro Duffau y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, fueron asesinados en la madrugada del 4 de julio de 1976 por un grupo de tareas que ingresó por la fuerza a la iglesia de San Patricio, en el barrio porteño de Belgrano. Los religiosos fueron sorprendidos mientras dormían, atados y golpeados y luego ejecutados por la espalda. Unas horas más tarde, un hombre que cada domingo tocaba el órgano durante la misa halló los cadáveres acribillados -algunos habían recibido más de 60 balazos- junto a la leyenda "Esto les pasa por envenenar la mente de la juventud". La conocida como "Masacre de San Patricio" nunca fue esclarecida, aunque algunos testigos coincidieron en que los autores pertenecían a un grupo de tareas de la ESMA, el principal centro de detención y torturas de la dictadura.

En tanto, monseñor Carlos Ponce de León, obispo de San Nicolás de los Arroyos, también fue asesinado en un supuesto accidente el 11 de julio de 1977. Aquel día se dirigía a la Capital Federal para entregar a la nunciatura documentación relativa a la represión ilegal implementada en la provincia de Santa Fe.

La documentación desapareció luego del supuesto accidente y según el relato de un colaborador del obispo, en una reunión luego del entierro de Angelelli, Ponce de León había comentado: “Ahora me toca a mí”.

Uno de los casos que tomó más trascendencia a nivel internacional fue el de las monjas francesas de las Misiones Extranjeras, Alice Domon y Léonie Duquet, cuya desaparición ocurrió en diciembre de 1977, junto a denominado grupo de la Iglesia de la Santa Cruz que integraban las fundadoras de Madres de Plaza de Mayo. Por la desaparición de las Domon y Duquet, antes de que se anularan las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en la Argentina, la Justicia francesa condenó a cadena perpetua al represor de la Armada Alfredo Astiz, quien por estos crímenes hoy sí es juzgado en nuestro país.

Hasta ahora, el único miembro de la Iglesia que fue sentenciado en firme por violaciones a los derechos humanos, es el ex capellán de la policía bonaerense, Christian Von Wernich.

Télam


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Un legado y un mandato

Por Horacio Verbitsky

(5 de julio 2010) - El reconocimiento de la presidente CFK al periodista Eduardo Kimel sirve para reflexionar sobre el rol del periodismo, de la justicia, de las organizaciones de la sociedad civil y del gobierno nacional. El reconocimiento a Kimel fue una de las obligaciones que la Corte Interamericana de Derechos Humanos impuso al Estado argentino en 2008, como culminación de un caso planteado por el CELS y la ex asociación Periodistas en 2000. La idea era que el reconocimiento coincidiera con un nuevo aniversario del asesinato de cinco religiosos palotinos, el 4 de julio de 1976, pero como era domingo se postergó para el lunes 5.

En 1989, Kimel publicó su libro de investigación La masacre de San Patricio. Allí escribió que “la actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente, cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Guillermo Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto”. Kimel fue querellado por el juez, que ya había ascendido a camarista.

Dos años después de su muerte, Kimel fue absuelto por la justicia argentina

(24 de noviembre 2011) - La la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal anuló la condena a un año de prisión en suspenso y a pagar una indemnización de 20 mil pesos al juez Guillermo Rivarola impuesta contra el fallecido periodista Eduardo Kimel en 1999 por la publicación de su libro "La masacre de San Patricio", en donde se detallaba el asesinato de los sacerdotes palotinos Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, muertos el 4 de julio de 1976, en plena dictadura militar.

Los magistrados hicieron lugar al pedido de revisión presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en representación de la hija del periodista fallecido en febrero de 2010. Cabe recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció en el 2008 la violación del derecho a la libertad de expresión de Kimel y ordenó al Estado argentino que anulara la sentencia penal contra el periodista y modificara el Código Penal por su incompatibilidad con la Convención Americana.

"La masacre..." había sido publicada en 1989, y en el libro el periodista aludía a la actuación del camarista Guillermo Rivarola, quien como juez tuvo a su cargo la investigación del caso en los años 1976 y 1997, y se preguntaba si "realmente quería llegar a una pista que condujera a los victimarios".

En octubre de 1995, la jueza Angela Braidot, condenó a Kimel. A pesar de que en noviembre de 1996, la Cámara Nacional de Apelaciones anuló por unanimidad el fallo y absolvió al periodista, en diciembre de 1998 la Corte Suprema aceptó un recurso de Rivarola, revocó el fallo anterior y lo devolvió a la Cámara para que dictara una nueva sentencia, que finalmente confirmó la pena original. El caso motivó la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el fallo dictado ahora por la Cámara de Casación.

El Centro de Estudios Legales y Sociales sostuvo que "esta resolución confirma que las expresiones relacionadas con asuntos de interés público no configuran delitos penales y establece un precedente para que los tribunales argentinos no den curso a demandas de este tipo". "Si bien la despenalización de las calumnias e injurias en casos de interés público ha sido un gran avance en la Argentina, continúa vigente el desafío de generar un cambio cultural que garantice una postura homogénea del Poder Judicial y de los funcionarios y personajes públicos que impulsan querellas por delitos de difamación", agregó el CELS, que recordó que en 2009 el Congreso Nacional sancionó la ley 26.551 que despenalizó los delitos de calumnias e injurias para expresiones de interés público. "Sin embargo -agregó la entidad-, la inexistencia de mecanismos legales internos para implementar las decisiones de los órganos de derechos humanos mantenía vigente la condena penal a Eduardo Kimel. Por ese motivo el CELS presentó un recurso de revisión ante la Cámara Nacional de Casación Penal con el objetivo de lograr el cumplimiento total de la sentencia de la Corte Interamericana y que se reparen las violaciones a los derechos del periodista y evitar futuras querellas".

El CELS hizo hincapié en que "desde el pronunciamiento de la Corte transcurrieron más de tres años", lo cual "pone de manifiesto las deficiencias del Estado para dar cumplimiento al fallo en su totalidad y la falta de articulación entre sus distintos poderes para evitar que su ejecución dependa del accionar de las víctimas".

En ese marco, la entidad advirtió sobre "el desafío vigente de generar un cambio cultural que garantice una postura homogénea del Poder Judicial y de los funcionarios y personajes públicos que impulsan querellas por delitos de difamación". Y concluyó que "aún es necesaria una reforma del Código Civil para impedir la proliferación de demandas contra periodistas, quienes deben pagar indemnizaciones en concepto de daños al honor y la intimidad en casos de interés público. La amenaza que implica este tipo de sanciones económicas también trae aparejado un efecto de silenciamiento, como ocurre con los procesos penales".

En 1990, la jueza federal Amelia Berraz de Vidal me condenó a mí a un año de prisión y una indemnización de 10.000 dólares por desacato al ministro de la Corte Suprema Augusto Belluscio y en 1995 la jueza Angela Braidot condenó a Kimel a un año de prisión y a pagar una indemnización de 20.000 dólares por injurias a Rivarola. Kimel, dijo, “no se limitó a informar, sino que además emitió su opinión”, que ella consideró “innecesaria y sobreabundante”. Es decir, un delito de opinión. Ambas condenas fueron confirmadas por las respectivas cámaras de apelaciones y por la Corte Suprema de Justicia, anegada por una mayoría automática oficialista, y llegaron al sistema interamericano de derechos humanos. En mi caso, el gobierno nacional se comprometió a derogar el delito medieval del desacato, cosa que el Congreso hizo por unanimidad en 1993. Pero de inmediato todos los funcionarios comenzaron a presentar querellas por calumnias e injurias contra los periodistas que los incomodaban con sus informaciones y sus críticas.

En el caso de Kimel en 1996 la sala VI de la Cámara de Apelaciones revocó la condena e hizo la primera autocrítica por el rol de la justicia en aquellos años. Según los jueces Carlos Alberto González y Luis Ameghino Escobar, en democracia “no puede concebirse un periodismo dedicado a la tarea automática de informar sin opinar” y quienes ejercen una función pública “estamos expuestos a la crítica”. Su colega Carlos Alberto Elbert agregó que el Poder Judicial fue una “institución legitimante esencial del estado de excepción”, por lo cual la desconfianza de Kimel hacia quienes “fuimos subordinados al acta y estatuto del ‘proceso de reorganización nacional’ (que el camarista escribió con republicanas minúsculas y comillas) es una actitud comprensible” y sus afirmaciones deben interpretarse como “parte de un juicio histórico global que nos involucra a todos quienes protagonizamos esa etapa paralegal y trágica”.

Pero en 1998 el cardumen menemista en la Corte Suprema revocó esa decisión y ordenó que se dictara un nuevo fallo. Lo firmó en 1999 la sala IV de la misma cámara, que condenó a Kimel por su “ácida crítica genérica a quienes como jueces integraban en ese entonces el Poder Judicial”, lo cual no formaba parte de la causa e insistía en el delito de opinión. Kimel dijo: “Tengo un sentimiento de indignación. Mientras los asesinos siguen en libertad y los policías que encubrieron el caso también, el único procesado y condenado por la Justicia es el autor del libro que relata el episodio”. Para la Asociación Periodistas “el alto tribunal ha tomado la decisión política de transmitir un mensaje intimidatorio al conjunto de la prensa argentina”. En 2000, el CELS y Periodistas llevaron el caso al Sistema Interamericano de Protección a los Derechos Humanos, mientras proseguía la negociación entablada el año anterior con el Estado para la despenalización de las calumnias e injurias en casos de interés público. Los sucesivos gobiernos de Carlos Menem y Fernando de la Rúa ratificaron ese compromiso ante el Congreso y lo mismo hizo en su fugaz mandato de una semana Adolfo Rodríguez Saá. Durante su interinato a cargo del Poder Ejecutivo, el senador Eduardo Duhalde introdujo una corrección: sólo ofrecía beneficiar a los periodistas. El CELS y Periodistas lo rechazaron, ya que no se trataba de consagrar un privilegio corporativo sino de extender los márgenes de libertad para todos los ciudadanos.

Como pasaron siete años sin que el Estado cumpliera su compromiso, en 2007 la Comisión Interamericana lo denunció ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que es el órgano judicial del sistema. El gobierno de Néstor Kirchner se allanó a la demanda y, sin discutir, le pidió a la Corte que fijara las reparaciones. En 2008 el máximo tribunal interamericano ordenó a la Argentina dejar sin efecto la condena, adecuar el derecho interno a la Convención Americana en materia de libertad de expresión y realizar un acto público de desagravio a Kimel. El año pasado CFK firmó un proyecto elaborado por el CELS. El Congreso lo convirtió en la ley 26.551, por la cual nadie que informe u opine sobre temas de interés público pondrá en riesgo su libertad. Sólo faltó un puñado de votos de PRO en Diputados para que su aprobación fuera unánime en ambas cámaras, como ya había ocurrido con el desacato. Por desgracia, Kimel no llegó a ver el acto de ayer, porque tuvo una muerte prematura en febrero de este año. Pero estuvieron su mamá y su hija, quienes escucharon conmovidas que la despenalización representa su legado a favor del ejercicio pleno de la libertad de expresión. El CELS cumple también con el mandato de sus fundadores. Creado por familiares de víctimas de la represión, concluida la dictadura comenzó a trabajar por la afirmación y el perfeccionamiento de los derechos humanos en democracia, desde la sociedad pero en relación con los poderes públicos, con la intención de incidir en sus políticas, ya sea con un alivio a la situación horrorosa en las cárceles bonaerenses, la adopción de un procedimiento transparente para la elección de jueces federales, la nulidad de las leyes de impunidad, la defensa de los derechos de las personas privadas de su libertad por problemas psiquiátricos, la sanción de una nueva ley de servicios audiovisuales (en cuya autoría participó desde la Coalición por una Radiodifusión Democrática), o la derogación del vetusto Código de Justicia Militar, a partir de una causa en la que el organismo defendió a un oficial del Ejército sancionado sin derecho a defensa. Ahora es el turno de una ley de acceso a la información pública, para transparentar las cuestiones que interesan a la sociedad y que no pueden ser secretas. La aspereza del debate público, que hoy ninguna ley reprime, aunque algunos funcionarios no se hayan enterado, es un síntoma de la vitalidad de la democracia argentina.


"La masacre de San Patricio" y el fin de 16 años de censura

El periodista e historiador, Eduardo Kimel, escribió en noviembre 1989 "La masacre de San Patricio" y durante 16 años fue perseguido judicialmente por investigar la matanza de dos monjes y tres seminaristas de la orden de los palotinos, asesinados el 4 de julio de 1976 durante la dictadura militar.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos le dio la razón al periodista, y en el 2007 el gobierno de Néstor Kirchner llegó a un acuerdo con el periodista y respetó los dictámenes de la legislación vigente. El Estado Argentino reconoció ante el organismo internacional los impedimentos jurídicos que sus antecesores en el sillón de Rivadavia, dilataron para "cajonear" la impresión del ejemplar; con el único fin de amedrentar a quienes investigan los actos genocidas que realizó la última dictadura argentina.

"En 1987, cuando se produjo la rebelión militar de Semana Santa, la editorial me propuso esperar para sacar el libro porque no se sabía cuál iba a ser el rumbo de estos planteos militares ante la evidencia de que el gobierno radical retrocedía. Esperamos para publicarlo más adelante. Así, el libro quedó archivado definitivamente", dijo Kimel.

La matanza de los 5 sacerdotes sigue impune, pero el juez que llevaba la causa acusó al periodista de injurias y calumnias. El fallo de primera instancia, desestimó la calumnia pero condenó a Kimel a un año de prisión en suspenso y 20 mil pesos de costas por el delito de injuria.
El periodista apeló la sentencia y la Sala VI de la Cámara Nacional lo Absolvió de toda culpa. Posteriormente la Corte Suprema de Justicia decidió confirmar parcialmente el primer fallo en contra del periodista. Cabe recordar que el máximo órgano de Justicia de la Nacional era muy a fin al entonces gobierno de Carlos Menem, abanderado de los indultos a la cúpula militar. Lo que fue más llamativo es que la Corte no condena por injurias a Kimel, si no que considera que el periodista configuró el delito de calumnia.

El 6 de diciembre del 2000 el periodista y escritor acude a la Comisión Interamericana y demanda al Estado Argentino, petición que es admitida por este organismo en el 2006 y somete al Estado a la jurisdicción de la Corte Interamerica, por haber incumplido en los artículos 8 y 13 de la Convención Americana. El primer artículo referido a las garantías judiciales y el otro a la libertad de expresión. El Estado Argentino, presidido por Kirchner asumió su responsabilidad y solo realizó algunas observaciones de forma.

El Gobierno Nacional acordó un arreglo con el periodista y se hizo cargo de las costas, los gastos y la indemnización ; como así también dejó sin efecto la condena penal impuesta por la Suprema Corte al periodista Kimel.

El accionar improcedente de los sucesivos gobiernos dejó como saldo un monto que ronda los 100 mil dólares que el gobierno nacional debió hacer frente con divisas de las arcas pertenecientes a todos los argentinos.
El desconocimiento público por la violación que sufrió el periodista Kimel, durante tanto tiempo, se justifica si se realiza un pequeño repaso por las políticas llevadas a cabo por los últimos gobiernos nacionales.

El malestar militar era evidente durante la presidencia de Raúl Alfonsín, y la implementación de la Ley de punto final y Obediencia Debida calmó los disgustos castrenses como una señal clara del retroceso judicial.

Carlos Menem fue quien terminó delineando este repliegue al otorgar a la cúpula militar los indultos que dieran por terminado un tremendo proceso nacional sin responsables ni encarcelados.

Por ello, es entendible que Nestor Kirchner, fuera el único presidente que se responsabilizará frente a los organismos internacionales por los excesos de poder sufridos por el escritor y periodista Eduardo Kimel. Su política de derechos humanos fue totalmente distinta a la ejecutada por sus antecesores.

Lejos de las proclamas televisivas que varios comunicadores sociales declaran como presunta censura, la verdadera restricción a la libertad de expresión vivida desde 1989 por el autor de la Masacre de San Patricio, no tuvo ninguna cobertura mediática. Y fue escasa la repercusión pública de la decisión que la Corte Interamericana falló sobre el caso.

Luego de 16 años la Corte sentenció que el periodista Eduardo Kimel no ha excedido los límites éticos de su profesión. Ejerciendo su derecho a informar de manara no abusiva y legitima sin lesionar el honor de nadie, por el contrario considera a la investigación sobre la masacre de San Patricio como una obra que desarrolla "una breve critica histórica".

Esta resolución es parte de una respuesta esperada y también refleja la perseverancia y el compromiso con la realidad vivida en nuestro país. Esta convicción profesional que Eduardo Kimel demostró se ve reflejada ahora, con los premios internacionales que tanto el libro como el documental está cosechando. Los directores Juan Pablo Young y Pablo Zubizarreta llevaron al cine esta investigación periodística.
El 27 de agoste en Rosario se estrenó el documental y será la gran oportunidad para ver el film. El periodista e historiador Kimel recorrerá varias provincias y expondrá los secretos de la investigación como así también el gran costo personal y profesional que le generó tantos años de litigio y censura.

Fuente: www.argentinaparatodos.com


El caso

En Argentina, según los informes de CONADEP y del Servicio Fe y Solidaridad del MEDH de Chile y otros estudios, se han contabilizado 18 sacerdotes, 10 seminaristas, 2 religiosas y 39 laicos asesinados. También un obispo, mons. Enrique Angelelli, de La Rioja, resultó asesinado en un accidente simulado y en el caso de mons. Ponce de León, de S. Nicolás existen sospechas firmes de que el accidente automovilístico que le costó la vida, también haya sido provocado (viajaba a Buenos Aires llevando una carpeta con graves denuncias de desparecidos en Villa Constitución). Todas estas personas se jugaron en tiempos difíciles y ofrecieron su vida por amor a Cristo y a los pobres, en la línea de las opciones de la Iglesia después del Concilio y Medellín.

Estos datos son sin embargo muy limitados ya que se trata de mártires olvidados y la lista de los laicos se refiere casi sólo a Buenos Aires y muy pocas comunidades. Se trata en general de catequistas como Mónica María Mignone, hija del autor de "Iglesia y Dictadura" secuestrada con todo el grupo pastoral que trabajaba en el Bajo Flores con el padre Orlando Iorio y el padre Francisco Jalics, o de Daniel Esquivel del Equipo de Pastoral de Paraguayos (EPPA) defendido públicamente en carta pastoral por el obispo de Lomas de Zamora mons. Desiderio Collino, o de María del Carmen Maggi, decana de Humanidades de la Universidad Católica de Mar del Plata...

En la madrugada del 4 de julio de 1976, grupos de tareas de la dictadura militar penetraron en la comunidad de los Padres Palotinos en la Parroquia San Patricio del Barrio Belgrano de Buenos Aires, maniataron a los religiosos (3 sacerdotes y 2 seminaristas) uno junto al otro, los golpearon y los fusilaron por la espalda. Dos días antes había estallado una bomba en la Superintendencia de Seguridad Federal matando a 15 policías. Se dijo que este asesinato y otros eran la respuesta de la fuerza de seguridad. Pero... ¿por qué una comunidad religiosa? Dichos religiosos se destacaban por su gran sensibilidad social y el párroco, padre Kelly, había sabido mover a la juventud hasta llegar a formalizar 9 grupos juveniles. Los religiosos eran todos argentinos, excepto Barbeito que a los 3 años de edad había venido de España. La predicación dominical reflejaba las ansias de justicia social y de respeto de los derechos humanos que enseñaba la Iglesia; y esto, justamente en un barrio donde se concentraba gran parte de la oligarquía porteña.

En el caso de los palotinos, el terrorismo de estado golpeó con saña a los que no tenían nada que ver con las organizaciones armadas, movido por la ideología de la seguridad nacional. El padre Favre, en nombre de la Conferencia de Religiosos, durante la Misa de cuerpo presente concelebrada por 150 sacerdotes y presidida por el obispo auxiliar de Buenos Aires, monseñor Guillermo Leaden, hermano de uno de las víctimas, denunció "las innumerables muertes y desapariciones de las que nadie sabe dar razón y que constituyen una injuria a Dios y a la Humanidad".

El 7 de junio de 1976 el cardenal Aramburu y el nuncio, monseñor Pío Laghi visitaron la Junta Militar pidiendo explicaciones. El gobierno, que había acusado en un primer momento a "elementos subversivos" por la masacre, llegó a admitir tan sólo que se trataba de grupos militares salidos de control. En aquella oportunidad el cardenal y el nuncio llevaron una carta de la Conferencia Episcopal: "Nos preguntamos, o mejor dicho la gente se pregunta a veces sólo en la intimidad del hogar o del círculo de amigos, porque el temor también cunde: -qué fuerzas tan poderosas son las que con total impunidad y con todo anonimato pueden obrar así a su arbitrio? -Qué garantía, qué derecho le queda a los ciudadanos?"

Fuente: www.chasque.apc.org


Una historia de palotinos

Testimonios en el aniversario de la masacre de Belgrano

Hace 31 años una patota entró en la iglesia de San Patricio y mató a sacerdotes y seminaristas. El crimen marcó a esa comunidad y es ahora sujeto de un documental. El testimonio de Roberto Killmeatte, ex cura y compañero de las víctimas.

Roberto Killmeatte con los productores de la película 4 de Julio.

Por Laura Vales

¿Quién diría que ese hombre que acaba de entrar, protegido del frío por una campera gris y una bufanda, alguna vez fue sacerdote? Llega con su mujer, Ana, y apenas se acomoda en la silla cuenta que nunca le gustaron las sotanas. Lo dice y se abalanza sobre el plato de facturas en un gesto que rompe cualquier pose. El entrevistado es Roberto Killmeatte, sobreviviente de la masacre de San Patricio, ocurrida el 4 de julio de 1976 cuando un grupo de tareas de la Esma entró en la parroquia de los palotinos, en el barrio de Belgrano, y asesinó a tres sacerdotes y dos seminaristas. El miércoles se cumplieron 31 años de los crímenes.

En la mesa del reportaje también están Pablo Zubizarreta y Juan Pablo Young, directores del documental 4 de Julio, que recrea aquella historia. Cuando ocurrió, ellos eran muy chicos: tenían 3 y 6 años. Todavía no se conocían, aunque los dos vivían cerca, a pocas cuadras de la iglesia de Estomba y Echeverría.

Killmeatte y otros seminaristas habían llegado allí en 1973. "Estudiábamos en Brasil, en la Universidad de Santa María –recuerda Killmeatte–, pero con la vuelta de Perón y el clima que se vivía en la Argentina quisimos terminar de estudiar dentro del país. Aunque inicialmente pensábamos en alquilar una casa en la que instalarnos con uno de los curas, la congregación nos mandó a la iglesia de San Patricio; entonces pedimos que, ya que íbamos a instalarnos ahí, los padres (Alfredo) Kelly y (Alfredo) Leaden vinieran con nosotros, como responsables de la parroquia."

Killmeatte y sus compañeros eran una camada novedosa dentro de la congregación palotina; un grupo que se sentía identificado con la Teología de la Liberación y la opción por los pobres. Como parte de ese proyecto, habían abierto una misión en Los Juríes, en Santiago del Estero.

Young, que junto a Zubizarreta investigó durante cinco años la historia de los palotinos, define al grupo como parte de una propuesta de cambio que entendía lo político-religioso como dos pedazos inseparables de la misión pastoral. La mayoría de los seminaristas, cuenta, eran además estudiantes universitarios. No es de extrañar que cuando se mudaron a Belgrano trastrocaran las costumbres de la parroquia, hasta entonces de corte tradicional. Se negaron a tener cocinera, dejaron de cobrar los casamientos, los novicios no usaban vestimenta clerical y trabajaban fuera. En el documental hay vecinos que recuerdan las homilías del padre Alfredo Kelly, de tono encendido y contenido, irritante para algunos sectores de la feligresía.

 
Trailer de 4 de julio, La mascre de San Patricio (2008) dirigida por Juan Pablo Young y Pablo Zubizarreta

4 de julio

Ya avanzado el ’76, después del golpe, el padre Kelly daría un sermón que reflejó uno de esos picos de tensión, cuando denunció desde el púlpito que se estaban haciendo remates de los bienes robados a los desaparecidos y que feligreses de San Patricio habían participado de ellos. La homilía quedó en la memoria como "el sermón de las cucarachas", calificativo que Kelly usó para describir a quienes, dijo, ya no podía seguir llamando ovejas de su rebaño. Poco después, Kelly supo que estaba circulando por el barrio una carta en la que un grupo de feligreses pedía su destitución, acusándolo de "comunista". El sacerdote escribió en su diario personal sobre su preocupación por el tema. Horas antes de los asesinatos, durante la cena, también habló de estos movimientos, preocupado por las consecuencias que podrían implicar. La noche de los crímenes, el 4 de julio de 1976, hubo testigos que vieron a un Peugeot negro estacionado frente a la iglesia, con cuatro hombres en su interior. Entre estos testigos, jóvenes reunidos en una casa vecina, estaba el hijo de un militar, que hizo la denuncia a la comisaría, que mandó a un patrullero. Un policía habló con los del auto y les dijo después a los denunciantes que no se preocuparan. Antes de retirarse, desde el patrullero soltaron que iba a haber un operativo para "reventar a unos zurdos".

A la mañana siguiente, el organista de la iglesia encontró los cinco cuerpos, acribillados en una habitación. Los asesinados fueron Salvador Barbeito, de 29 años, profesor de filosofía y psicología y rector del Colegio San Marón; Emilio Barletti, de 23 años, también profesor, que estaba por recibirse de abogado. Entre los sacerdotes, el padre Alfredo Leaden, de 57 años, era delegado de la congregación de los palotinos irlandeses; Alfredo Duffau, de 65 años, era director del colegio de San Vicente Paloti y Alfredo Kelly, de 40 años, era párroco de San Patricio.

Al lado de los cadáveres había escrita una leyenda: "Estos zurdos murieron por ser adoctrinadores de mentes vírgenes".

Killmeatte estudiaba teología en Colombia cuando ocurrió la masacre. Le mandaron un telegrama con la noticia de las muertes y la orden de no regresar a Buenos Aires. El entonces seminarista volvió a los dos meses.

–¿Por qué?

–Ya no quería estudiar más. Ellos eran la gente con la que había compartido los años más importantes de mi vida, porque desde el ’69 estábamos estudiando juntos, y de golpe estaban todos muertos.

–¿Quería saber qué les había pasado?

(Asiente.) –Pero cuando llegué me encontré con que dentro de la congregación había habido cambios importantes.

–¿En qué sentido?

–Se comienzan a tejer dudas internas, se nos ponía en duda: que Emilio (Barletti, uno de los seminaristas) era zurdo, que si teníamos armas... En el fondo, la congregación había entendido que los asesinatos habían ocurrido por nuestra culpa, la de los estudiantes.

Para Killmeatte comenzaría un vida de paria: lo mandaron a Roma a no hacer nada; consiguió volver a la Argentina pero en muy poco tiempo lo enviaron de nuevo a Irlanda. Aunque ya había terminado de estudiar, demoraban su ordenación sin razones. En 1978, luego de pasar por largos interrogatorios, le permitieron convertirse en sacerdote. Pidió como destino la parroquia de Belgrano, donde lo relegaron a un lugar secundario: ocuparse de la misa de los niños. Zubizarreta tiene una foto de esa época: es uno de los niños que aparecen rodeando al sacerdote en una suelta de globos. "Fue un día en que Roberto hizo volar una piñata con papelitos con mensajes para Dios. Para un chico, ¿qué más simple y más gráfico que eso? Ese tipo de cosas nos hacían participar en la iglesia desde otro lugar. Pero más allá de Roberto, también estaba la sensación de que en esa parroquia había un peso muy fuerte, una carga. Ahí había sucedido algo muy pesado... yo lo percibía, y también percibía el miedo. Eso fue muy importante en mi infancia." Mientras estuvo a cargo de la misa de los niños, Killmeatte armó un grupo de catequistas y profesionales y destinó lo recaudado en las colectas a un proyecto de autoconstrucción de viviendas para un asentamiento. Quizás ésa haya sido la razón por la que, nuevamente, le dieron la orden de cambiar de destino, esta vez a Los Juríes, la antigua misión de la orden en Santiago del Estero.

Sin castigo

El crimen de los palotinos nunca tuvo justicia. Hubo una causa abierta durante la dictadura que quedó en la nada. En 1983, el juez federal Néstor Blondi reabrió el caso.

–¿Qué se supo de los autores de los asesinatos?

Young: –Las pruebas fueron recopiladas por el periodista Eduardo Kimel en su investigación La masacre de San Patricio. El primer elemento fuerte es que un marino de baja graduación, Miguel Angel Balbi, se presentó en el juzgado de Blondi y manifestó que un compañero de armas, de nombre Claudio Vallejos, le había confesado que él manejó uno de los coches en el operativo, mientras otros compañeros de armas entraban. Dio nombres: Antonio Pernías como quien dirigió todo, el teniente de Fragata Aristegui y el suboficial Cubalo. Otro elemento fue la declaración que hizo Graciela Daleo, sobreviviente de la Esma, que contó que Antonio Pernías se jactaba de haber sido el que había matado a los palotinos.

Pero la investigación no avanzaría. Vallejos, el chofer, no pudo ser ubicado por la Justicia (se fugó a Brasil). Llamado a declarar, Pernías negó cualquier relación con el caso. Mientras el expediente volvía a quedar congelado, Killmeatte organizaba en Los Juríes a los pequeños productores y campesinos. Y otra vez, sus superiores de la congregación le ordenaron abandonar la zona. Ese año Killmeatte se retiró del sacerdocio. Hoy vive en Bariloche. Se casó y tiene dos chicos. Tiene una chacra y armó una cooperativa de pequeños productores que, en cierta forma, es la continuidad de su trabajo anterior.

–¿Le costó irse?

Killmeatte se ríe: –Cuando uno deja el sacerdocio debe hacer un proceso llamado de reducción al estado laical. Yo, cabeza dura, me puse firme en que quería dejar en claro por qué me iba. "¿Y por qué se va usted?" "Me voy por cuestiones sociales", "No, usted no puede decir eso"... No me querían dar la reducción. "Va a ser más rápido si dice otra cosa". Diez años tardaron. Y me la dieron en latín.

La masacre de los palotinos fue un punto de inflexión dentro de los sectores de la Iglesia que buscaban un cambio. A partir de entonces, el miedo –y en especial la complicidad de la jerarquía eclesiástica con los crímenes– paralizó cualquier acción que fuera en esa línea. Young y Zubizarreta recuerdan que al mes siguiente mataron a Angelelli; luego a las monjas francesas, a la hija de (Emilio) Mignone, a otros cientos de laicos que trabajaban en las villas. Su documental aborda un punto hasta ahora poco transitado del tema, el de la complicidad de los propios feligreses con la persecución a los religiosos. Pero también refleja el trabajo de quienes sobrevivieron por defender la memoria. Young dice: "Si no hubiera conocido la vida de Roberto, no hubiera terminado de entender lo que pasó en San Patricio". 4 de Julio contiene las dos historias, cada una iluminando a la otra.

Fuente: Página/12, 08/07/07


Entrevista con Eduardo Kimel, autor del libro "La masacre de San Patricio"

Nota relacionada: El Estado deberá anular la condena al peridista Eduardo Kimel

Nos llega hoy la denuncia de uno de los casos de censura más famosos del continente. Y la realiza la víctima misma de este abuso, el periodista argentino Eduardo Kimel. Su pecado fue investigar la masacre de San Patricio y acusar a un juez de negligencia al ver que las huellas de los asesinos conducían a la "entraña del poder militar". Su calvario podría acabar con la despenalización de los delitos de calumnias e injurias en Argentina, lo que significaría una victoria histórica para la libertad de prensa en nuestro hemisferio.

"Mientras los asesinos siguen en libertad, yo soy el único que recibió una condena"

El 4 de julio de 1976 fueron asesinados tres sacerdotes y dos seminaristas palotinos en la Parroquia San Patricio, de Villa Urquiza. A 29 años del sangriento episodio El Barrio dialogó con el periodista Eduardo Kimel, quien en 1986 escribió un libro que revela los secretos del mayor atentado sufrido por la Iglesia Católica en la Argentina.

Por Daniel Marcovecchio
dmarcovecchio@periodicoelbarrio.com.ar

Es la hora pico de un viernes complicado. El tráfico es un infierno y las bocinas aturden sin pausa. En la jungla de cemento no existe la paz, mientras la muchedumbre corre quién sabe hacia dónde. El bar de la cita se encuentra atestado de gente. Todos hablan, gritan... Sólo una mesa en un rincón permanece en calma. Detrás del humo de cigarrillo se encuentra Eduardo Kimel,el periodista que, como si fuera un personaje ideado por Franz Kafka, se vio envuelto en una maraña judicial sin fin.

-¿Qué motivo lo llevó a investigar el caso de los curas palotinos asesinados?

-Esto fue en 1986. Yo estaba haciendo un libro sobre historia política argentina y la misma editorial me propuso buscar un tema vinculado con los derechos humanos. En ese momento se estaba produciendo el famoso juicio a las juntas militares, que era un asunto de debate nacional, y tuve una charla con un compañero de la universidad. Yo estaba estudiando Historia en la Facultad de Filosofía y Letras, donde él me mencionó aquel suceso. Yo lo recordaba vagamente. Me interesó más el caso en la medida que no se había hablado demasiado del hecho. Había salido una nota en la revista El Periodista de Buenos Aires, una publicación importante de la década del 80, ya desaparecida, donde se hizo una investigación superficial pero por lo menos valiosa. Hablé con unas personas que tenían vinculación, que estaban dispuestas a hablar, a contar cosas. Entonces lo propuse en la editorial y aceptaron. Me puse a trabajar inmediatamente. Entre fines de 1986 y mediados de 1987 ya lo tenía escrito. Esas son las circunstancias objetivas. Las subjetivas eran que el tema me pareció interesante, y muy llamativo, porque el hecho se había producido en el marco del terrorismo de Estado, durante la represión de la dictadura, y tenía dos características que lo distinguían. La primera era que se trataba del ataque más importante sufrido por alguna comunidad de la Iglesia Católica en la Argentina en toda su historia. Y la segunda que en lugar de secuestrar y hacer desaparecer a las víctimas, práctica habitual de aquella época, en este caso se utilizó como forma de represión entrar al lugar y masacrarlas.

 

-El periodista Rodolfo Walsh marcó un antes y un después del periodismo de investigación. ¿Puede decirse que fue un modelo a seguir?

-Particularmente, no tenía en mente a nadie en especial. Pero es probable, como cualquier conocimiento que uno incorpora de forma válida. Las cosas importantes no siempre están presentes. Por tanto, supongo que el hombre y la obra de Rodolfo Walsh se encuentran en mi trabajo de forma natural, no porque pretendiera o quisiera imitarlo sino que, como otros periodistas que habían hecho buenos trabajos en aquella época, me parecía que era una forma interesante de contar una historia que podría ser apreciada por mucha gente.

-¿Tuvo problemas o amenazas de parte de las fuerzas de seguridad al escribir La masacre de San Patricio?

-No, fue un libro escrito en democracia y había un interés público muy importante en cuanto a los derechos humanos, aunque también hay que contar una pequeña historia dentro de lo que fue escribir el libro. En 1987, cuando se produjo la rebelión militar de Semana Santa contra el gobierno de Alfonsín, la editorial que me había encargado el proyecto me propuso esperar un tiempo para sacar el libro a la venta porque no se sabía cuál iba a ser el rumbo definitivo de estos planteos militares ante la evidencia de que el gobierno radical retrocedía frente a estos problemas. De común acuerdo esperamos para publicarlo más adelante. Así, el libro quedó archivado un tiempo. Yo lo presenté en un concurso, en 1989, donde pedían investigaciones sobre temas históricos vinculados con los últimos años y gané el primer premio, que consistía en su edición. De esta manera salió publicado en 1989. No hubo durante todo el proceso de investigación ningún tipo de presiones. En realidad, la principal amenaza o el riesgo producido por la publicación del libro fue el juicio que comenzó en 1991.

-¿Cómo se desarrolló el proceso judicial en su contra?

-El juicio fue un proceso largo. La querella se presentó a fines de 1991 y la inició Guillermo Rivarola, el juez que investigó el asesinato en el primer momento -julio de 1976 hasta agosto de 1977- y al cual yo le dedico una pequeña parte del libro donde cuento, de acuerdo con mi visión, cuál fue su actuación como responsable de investigar el crimen. El se sintió ofendido por lo que yo sostengo en el libro, que esencialmente habiendo cumplido con una serie de formalidades que correspondían no llevó adelante la investigación a fondo. No porque se negara, eso yo no lo juzgo, tampoco lo sé, pero tengo la certeza, y esto lo puede constatar cualquiera que lea la causa, que con los elementos a disposición en ese momento se podía haber llegado a una investigación más profunda. Si no lo hizo se debe a las mismas razones por las cuales el conjunto de la Justicia en la Argentina no investigó los crímenes de la dictadura: es decir no había investigación del Gobierno de facto al cual los jueces en general, y en particular los de orden penal, mostraron obediencia o funcionalidad. Ningún juez investigó los crímenes denunciados; más aún, se sabe que rechazaban los hábeas corpus presentados por los familiares de las víctimas de desapariciones porque sabían que el hecho de requerir al poder político, a los organismos de seguridad y a las instituciones militares la identificación del paradero de las víctimas de la represión significaba colocarse en un terreno de resistencia o de oposición al método utilizado por la dictadura.

CFK encabezó un homenaje a Eduardo Kimel

4 de julio 2010

La Presidenta realizó un reconocimiento en el CELS al periodista condenado en 1995 por los delitos de calumnias e injurias. Cristina afirmó que "vengo a cumplir con el último acto de reparación solicitado por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos". En septiembre pasado, por iniciativa del Ejecutivo, el Congreso despenalizó esas figuras legales para casos de interés público.

La mandataria afirmó que el reconocimiento público del periodista Eduardo Kimel es "un hecho emblemático en la Argentina porque no es sólo el caso de un periodista condenado por su opinión es algo más profundo, pone blanco sobre negro lo que ha sido la Argentina de las últimas décadas".

"Siempre hubo en la sociedad una fuerte tendencia a focalizar hacia quienes habían torturado o desaparecido como únicos responsables, pero eso es mentira. Lo que Kimel denuncia es la complicidad de un sector de la Justicia con lo que pasó en la Argentina", explicó la Presidenta.

Del acto en el CELS, participaron el ministro de Justicia, Julio Alak; el canciller Héctor Timerman; el titular del organismo, Horacio Verbitsky, y familiares del periodísta fallecido en febrero pasado.

Cristina destacó su decisión de despenalizar el delito de calumnias e injurias -aprobada por el Congreso Nacional-, a partir de la persecusión judicial que sufrió el fallecido periodista. "No puede haber en una sociedad democrática cárcel por hablar o opinar, cualquiera sea la opinión y aun cuando eso sea una mentira", reflexionó.

Kimel había sido condenado por investigar el crimen de cinco religiosos católicos, cometido por un grupo de tareas durante la última dictadura militar en la iglesia de San Patricio, en el barrio porteño de Belgrano. A raíz de la presentación del caso ante el Sistema Interamericano, en mayo de 2008, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino. Entre las medidas de reparación ordenó modificar el Código Penal por la incompatibilidad de los delitos de calumnias e injurias con la Convención Americana. Ese objetivo se logró con la ley 26.551, votada por el Congreso en septiembre pasado, que despenalizó esos delitos para casos de interés público.

La Presidenta aseguró que "hoy vivimos en una argentina con una libertad de prensa inédita en nuestra historia. Jamás hubo en toda la historia de la Argentina una libertad de prensa similar a la que hoy gozamos cualquiera puede escribir lo que se le de la gana". "Falta completar la libertad de expresión que hoy por la concentración monopólica no se puede llevar a cabo y por eso la sanción de la ley de Medios", enfatizó.

Página|12, 04/07/10

-¿Cuál fue el resultado de la causa?

-El juez Rivarola me realizó una querella por calumnias e injurias aduciendo que el párrafo escrito en el libro tenía una acusación hacia él por no cumplir con sus funciones. En 1995 la jueza Angela Braidot, que estuvo a cargo de la primera instancia, me condenó a un año de prisión en suspenso y a pagarle una suma determinada al juez Rivarola en concepto de indemnización, ya que consideró que yo era culpable del delito de injurias. Se apeló la sentencia y en 1996 la Cámara de Apelaciones me absolvió diciendo que no había mérito para condenarme ni por injurias ni por calumnias. Luego el juez Rivarola apeló ante la Suprema Corte de Justicia en la época menemista y logró a fines de 1998 una revocatoria de aquella sentencia que me absolvía y devolvía el caso a la Cámara de Apelaciones, pero de otra sala. En 1999 esa sala me volvió a condenar. Entonces mis abogados y yo apelamos sin éxito ante la Suprema Corte.

-¿Qué hizo entonces?

-En 2001 el estudio del Centro de Estudios Legales y Sociales, que me defendía, presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), cuya sede está en Washington, en la cual denunciamos este caso en primera medida por censurar a la libertad de expresión y al derecho a la información. La segunda crítica fue realizada contra los jueces que me condenaron, ya que lo hicieron en forma arbitraria y sin hacer una mínima lectura de lo que yo escribí. La Comisión mantuvo el caso dos años en estudio, en un trámite que se llama de admisión, y a principios de 2004 aceptó la denuncia que nosotros presentamos al ser avasallado nuestro derecho en las cortes de la Argentina. En marzo de este año hubo una reunión entre mis abogados y representantes de la Cancillería del gobierno argentino en Washington ante la Comisión Interamericana, donde se expusieron las posiciones de las partes y una vez más exigimos que se busque la manera de dejar sin efecto la condena penal y cualquier tipo de multa indemnizatoria por haber agraviado supuestamente al doctor Rivarola. En estos momentos es el gobierno argentino el que tendrá que contestar esos argumentos y no sabemos cuál es la posición que tomarán al respecto. Incluso ha quedado claro que desde que efectuamos el pedido a la CIDH ninguno de los tres gobiernos que hemos tenido durante esos años saben qué contestar. Esto ocurre porque el caso derivado de la masacre de San Patricio constituye una evidencia muy clara de cuáles son los intereses que defienden muchos de los magistrados argentinos y de qué manera se tratan en este país los temas vinculados con la represión ilegal durante la época de la dictadura militar. La demostración más palpable de eso es que mientras los asesinos de los palotinos siguen en libertad y jamás fueron castigados por uno de los hechos más horrendos de aquella época, el periodista que escribió un libro donde se cuenta esta historia dolorosa es el único que ha recibido algún tipo de castigo.

-Esa es la parte mala de la experiencia. ¿Qué fue lo bueno de haber escrito el libro?

-Si bien se trata de un libro breve, tiene buen material. No solamente hay elementos interesantes por sí mismos sino que la manera en la cual están organizados para contar la historia fueron producto de una elaboración que me alegra. No es un libro lineal, que ofrece al lector sólo el conocimiento de este trágico hecho, sino que también aporta un montón de otros rasgos que sirven para conocer la realidad de aquella época, el contexto y, de alguna manera, mostrar la otra cara de esta historia: la justicia, durante la dictadura y luego en plena democracia, fue incapaz -y esto es lo más terrible- de llevar a cabo una investigación que permitiera condenar a los que cometieron el quíntuple homicidio.

-¿Cómo imagina la resolución de su caso?

-Mis abogados pronostican que va a tener una resolución favorable. Esta situación significará dos cosas: una será mi reivindicación como periodista y la otra será la implementación de una sanción para el Estado argentino por no haber protegido los derechos que debería garantizar en cumplimiento de leyes fundamentales como la Constitución Nacional Argentina y el Pacto de San José de Costa Rica.

Fuente: www.periodicoelbarrio.com.ar


Leon Gieco en la Iglesia San Patricio, donde mataron a los cinco curas palotinos

"Cuando callaron las iglesias y el fútbol se comió todo"

León Gieco cantó "La Memoria" en la misa por los cinco palotinos asesinados por la dictadura. Primero visitó la Iglesia de San Patricio, en Belgrano, donde habló con los curas sobre la religión, la fe y los años de plomo, conversación que se transcribe a continuación. Hoy los parroquianos deberán llevar alimentos no perecederos, ya que el recital será en beneficio de un hogar de niños discapacitados, de Capitán Bermúdez, cerca de Rosario, apadrinado por León Gieco.

Por Hugo Soriani y Luis Bruschtein

"Los alimentos que juntemos en la misa del domingo serán para el hogar de niños de Capitán Bermúdez. Los conocí porque en algunos de mis recitales venía siempre un pibe en silla de ruedas. No tenía piernas ni brazos. Un día me vino a hablar y le regalé la armónica. Ahora Panchito armó su grupo y a veces me hace de soporte en algunos recitales. El domingo van a venir. Yo soy padrino del hogar." León Gieco le habla a Adrián Francioli y John O’Connor, vicario y párroco de la Iglesia de San Patricio, donde fueron asesinados en 1976 Alfredo Kelly, Alfredo Leaden, Pedro Dufau, Salvador Barbeito y Emilio Barletti, los cinco curas palotinos. El domingo será el aniversario de esa matanza y como Gieco menciona a los sacerdotes muertos en La Memoria, Francioli y O’Connor lo invitaron a participar. La misa es hoy a las 20 horas en Estomba y Echeverría, en el barrio de Belgrano R. La charla es alrededor de una mesa y una picada, en las instalaciones donde viven los palotinos, detrás de la iglesia. O’Connor le pregunta por qué incluyó la mención de los palotinos en su canción.
"Puse los hechos que me parecieron más fuertes –responde Gieco–, los que más me impactaron, y creo que también a la gente. También menciono a Walsh, a Mujica, a Angelelli... Fueron los hechos que hicieron reflexionar, los que terminaron de poner en claro que aquí estaban haciendo una masacre."

La pregunta disparó otros recuerdos, el comienzo de una historia, la primera relación de Gieco con la niebla de la dictadura.
"Cuando me pusieron en la lista negra –recuerda–, tenía tres temas prohibidos: Canción de amor para Francisca, el Tema del mosquito y La historia esta. Tuve que irme del país. No tenía un peso. Llegaba a Lima y daba un recital, juntaba algo de plata y entonces iba a Caracas, hacía otro recital y así, también pasé por México, Costa Rica y llegué a Los Angeles, donde vivía una amiga que me ofreció su casa. En 1978, me llamó mi agente para decirme que las cosas se estaban ablandando, que la esposa de Videla estaba en la Fundación Genética Humana y quería hacer un recital de rock en el Luna Park. Yo me vine, pero antes le pedí que me organice algunos recitales más chicos, medio clandestinos, además del Luna. Como sabía que allí tenía la protección, aproveché para grabar esos tres temas. En el disco decía ‘grabado en vivo en el recital por la genética humana’. Eran las maniobras que hacíamos para que pudieran pasar. La dictadura era algo nuevo, no sabíamos cómo reaccionar."
Sale la pregunta sobre la censura, los militares metiéndose en la vida de la gente, porque la Canción para Francisca es una canción de amor, no tiene ninguna connotación política.

"Estaba prohibido hasta Gardel –dice– y también estaban prohibidos los cuartetos cordobeses, porque eran demasiado festivos o vaya a saber qué. Bueno, después del recital, junté como diez o quince mil dólares y volví a Estados Unidos a devolver todo lo que debía. Le planteé a mi mujer la posibilidad de volver. Era el año ’78, ’79, estaba más pesado que nunca. Por suerte ella, intuyendo todo, me dijo que no."
De la mesa van desapareciendo el queso, el salame y las papas fritas mientras Gieco recuerda. Francioni y O’Connor escuchan, intervienen en la conversación, que en un punto es casi un monólogo. En la iglesia el ambiente es cómodo, las palabras surgen sin dificultad.
"En esa época, en los recitales, la gente se sentaba y escuchaba, aplaudía y nada más, no participaba. Esa vez, en el Luna Park, que estaba lleno, también fue así. Bueno, el asunto es que gracias a la intuición de mi mujer no volvimos y nos fuimos a Europa. Terminamos en la casa de unos amigos en Roma. A mi amigo de Roma lo habían torturado porque buscaban al hermano. Cuando estaba en Italia me empecé a reunir con grupos de argentinos exiliados y ellos hablaban. Contaban que estaban haciendo desaparecer gente, que la tiraban al mar desde aviones, que habían aparecido cadáveres en la costa atlántica con las manos cortadas para evitar que fueran identificados. Ahí fue mi primer flash, no podía creerlo, hasta ese momento tenía dudas, pensaba que podía ser una exageración. Al final del ’79 me quedé sin plata en Europa y tenía el boleto de regreso vía Los Angeles, así que regresé y ahí empecé a rever toda la historia y me di cuenta de que estábamos en una masacre total."

Cada quien busca en sus propios recuerdos, los periodistas y los curas mientras Gieco reconstruye esa parte de su historia. Del otro lado del pasillo está la pequeña capilla con los retratos de los curas asesinados y la alfombra roja sobre la cual fueron acribillados. El tejido muestra los agujeros limpios de los balazos.
"Cuando uno compone las canciones, revisando un poquito la historia, uno se acuerda de los momentos más álgidos. Y lo que pasó en esta iglesia me pareció terrible porque además ponía en evidencia lo que estaban haciendo, era una advertencia a los religiosos, a los católicos, de que no se metieran en nada, el miedo total, fue claro el mensaje, horroroso. Cuando estás libre y componiendo, ponés lo que sale primero a la superficie. Y así puse a los palotinos, lo de Angelelli, lo de Mujica, lo de Guatemala, lo de Chico Méndez en Brasil, la represión estudiantil en México, donde mataron como a mil estudiantes. La memoria tendría que durar como cuatro horas, pero uno resume, es como el nombre y el apellido."

Hay preguntas para los palotinos, el por qué de la matanza, el por qué del descaro y la total despreocupación por ocultarlo. Es un barrio de clase alta y la congregación era muy respetada incluso desde el poder.
"Qué pregunta. Creo que debemos descubrir el por qué –afirma el párroco O’Connor–. Yo no entiendo. Debemos sacar conclusiones. Creo que tiene mucho que ver con el barrio y con hacer esa advertencia a la Iglesia y a los creyentes. Porque es un barrio donde vive gente del gobierno, militares y gente de mucho dinero. También el hermano de uno de los curas asesinados, el padre Leaden, era obispo auxiliar de Buenos Aires, se trata de una comunidad con mucha relación con Europa, es un grupo muy representativo de la Iglesia Católica, un lugar sensible. Yo creo que lo distintivo de ellos es que los mataron en su lugar de trabajo. Por ejemplo, Mujica era de una familia de mucha plata, pero iba a trabajar con los pobres, Angelelli igual. En este caso era un grupo de sacerdotes trabajando en su propia parroquia. No eran tercermundistas."
León Gieco sacude la cabeza y encoge los hombros. Ha pensado en el tema antes y las respuestas que encontró sólo son más preguntas.

"Esas cosas no tienen lógica. A lo mejor encontraron en la agenda de un detenido la dirección de esta iglesia y vinieron acá y los mataron. No hay lógica, porque el horror que pasó acá no tiene lógica. Es ilógico, si no, no hubiera ocurrido. Atando cabos, puede haber ocurrido de cualquier lado. Alguien que da la dirección de la iglesia, un pibe que cayó preso y lo torturaron, qué se yo."

Hay dos libros que reconstruyen la masacre de los palotinos, escritos por los periodistas Seisdedos y Kimmel. Ambos se introducen en esa pregunta. Uno de los seminaristas era militante montonero señalan.
"Es así –afirma el vicario Francioni–, pero lo importante es que el sentido político fue callar a la Iglesia y lo lograron. El que siguió adelante fue Angelelli y lo mataron al poco tiempo."
"Hay otro elemento importante –agrega O’Connor– y es que dos de los miembros de la Junta Militar, Agosti y Videla, eran de Mercedes, que es una parroquia palotina. Algunas personas dicen que fue la línea de Massera en un mensaje mafioso a Videla."

"Lo que pasa es que tratar de interpretar a esos tipos, meterse en sus cabezas –insiste Gieco– es meterse en una cosa morbosa, asquerosa, que uno no está acostumbrado, porque uno es un pacifista, soy una persona normal, no me puedo meter en la locura de estos tipos. Lo que uno ve es la consecuencia de esa locura, que fue callar a la Iglesia. Porque si mataron a los cinco palotinos en un barrio como Belgrano, cómo no van a matar a Mujica o a Angelelli, justifican todo lo que hicieron y guarda con empezar a hablar. Después de eso, la Iglesia no habló nunca más, la Iglesia calló, por eso la canción de La Memoria dice: ‘fue cuando se callaron las Iglesias y cuando el fútbol se comió todo’. Ahí están los comentarios de los sobrevivientes de la Esma, cuando cuentan que mientras los torturaban se escuchaban los goles. Pero ese juego perverso entre juego y asesinato también se vivió durante la guerra de Malvinas. Porque todos hablamos del Mundial ’78, pero la guerra de Malvinas se produjo en el mismo momento que el Mundial del ’82. Y la gente argentina tenía la dualidad de que los pibes estaban muriendo en Malvinas mientras el fútbol se lo comía todo. A mí me parece insalubre tratar de meterse a ver el por qué porque es meterse en la cabeza de una bestia horrorosa como eran esos tipos. Es como un accidente, como una familia iraquí que le cayó una bomba y estalla toda la familia. Además, están las cosas que ya han ocurrido, porque si uno lee sobre el genocidio de los armenios por los turcos y después lo que hicieron los alemanes, allí se calcinó la inocencia. Y uno podía pensar que acá no iba a pasar y pasó."

"Qué es para ellos el bien y el mal", se pregunta O’Connor, y otro comentario alude a que dentro de la Iglesia hubo reacciones de todo tipo y Gieco que responde que "la Iglesia está compuesta por hombres, que es un error generalizar, hay que hablar de los hombres" y alguien que cuenta otra anécdota de curas que respaldaban a los represores.
"Fue un momento muy difícil y es importante lo que dice León –interviene entonces el párroco O’Connor–. San Agustín, en el año cuatrocientos y pico, decía que ‘la Iglesia es una santa prostituta’, es santa, pero también es prostituta porque están los hombres. Incluso yo creo que los que avalaron la maldad fueron la minoría. La mayoría estaba en sus parroquias y cumplió con sus deberes. Otro grupo fue muy diplomático, lo hizo con su silencio, que es el pecado de la omisión, y otros fueron directamente cómplices, pero la mayoría estaba en sus parroquias, trabajando. En aquella época había tres sacerdotes en Castelar, en la parroquia donde yo estaba. Y un domingo, el párroco predicó un sermón normal sobre la doctrina social de la Iglesia. Y a la noche, contando la colecta, encontré tres balas en la colecta. Allí estaba el mensaje. Desde entonces me pregunto quién va a la misa con tres balas en el bolsillo."
La imagen de los militares en la iglesia fusilando a los cinco sacerdotes ronda en todas las cabezas. Los llevaron a la sala del primer piso, los hicieron arrodillar y allí en el suelo los acribillaron. Los militares estuvieron cerca de dos horas en la parroquia.

"Yo creo que muy en lo profundo –señala Gieco– todos tenemos la misma posibilidad de ser como ellos o no. La diferencia está en que a él lo formaron para que sea así, le hacen creer que está salvando a la patria. El bien y el mal no están separados, todos los hombres llevamos algo de las dos cosas. Además de la locura está la parte económica, la ideología. Para conquistar algo, los seres humanos siempre usaron la desaparición y el genocidio. Ya pasó en toda la historia, 300 años antes de Cristo trajeron a dos millones de judíos para ser esclavos en Egipto. En América latina mataron a 60 millones de nativos en la conquista. Y cada vez lo hacen con las características de la época, la desaparición, que antes no existía. Los primeros que experimentaron con la desaparición fueron los franceses en Argelia, que luego lo trajeron a la Argentina. Como lo explica Videla: ‘El desaparecido no está vivo ni está muerto, no está’. Porque cuando Franco fusilaba en la Guerra Civil, tuvo problemas con el Vaticano. Entonces empezaron las desapariciones. El otro día Víctor Heredia fue a presentar su libro a Malargüe y fue el cura del lugar. Víctor hablaba de los desaparecidos, que es el tema del libro, que es un poco la historia que vivió él con la hermana. Y el cura le dijo que no podía hablar de 30 mil desaparecidos ‘porque hubo apenas cinco mil’. El tipo estaba justificando cinco mil desaparecidos. Esa persona es cura, pero si no lo fuera podría ser perfectamente un torturador, porque está cerquita de serlo."

La actitud de los religiosos que respaldaron a los torturadores irrita a Gieco. Es un tema que lo sensibiliza y entonces enfatiza sus afirmaciones. Está hablando en la iglesia sobre estos curas que "podrían haber sido torturadores" y tanto Francioli como O’Connor asienten con sus cabezas y con la misma indignación. Salió el tema de la guerra en Irak.

"El año pasado, cuando empezó la guerra de Estados Unidos contra Irak –relata el vicario Francioli–, en la homilía del Jueves Santo dije que si utilizábamos aunque fuera una porción de nuestra inteligencia en vez de para hacer el mal o para construir aparatos para destruir o matar, si utilizáramos esa porción de la inteligencia podríamos hacer muchas cosas buenas por nosotros que estar matándonos."
"Es la condición humana" –reflexiona Gieco, y alguien menciona a los sistemas políticos y Gieco recuerda que todos han tenido esas aberraciones–: "Stalin mató a cientos de miles" y en la conversación surge la pregunta de si eso ya no tiene arreglo.
"Eso es lo que nosotros queremos transmitir cuando hablamos de nuestros cinco mártires –interviene Francioli– porque es un mensaje de esperanza, que el hombre también tiende hacia lo trascendente y puede tender también hacia las cosas buenas. Si ellos pudieron dar sus vidas fue porque creían que había ideales más grandes que la destrucción, la violencia o la muerte."

"Yo estoy de acuerdo con lo que dice Adrián –responde Gieco– pero él lo dice desde su profesión, a la que yo respeto muchísimo porque la fe te salva de un montón de cosas. Ojalá pudiera tener esa fe. Yo creo que esa cosa que se compensa entre el bien y el mal es así y me parece ingenuo pensar que va a estar todo bien alguna vez. Uno está de paso en este mundo y tiene que hacer el bien, lo demás queda a criterio del destino. Pero Adrián tiene ese aspecto muy hermoso de su profesión, que es la fe. Yo quisiera tener ese grado de fe, porque sé que mucha gente vive por la fe."
Ya se trata de una discusión de principios entre los sacerdotes y el cantor. Es en lo que ha devenido una conversación donde también se habló de la música celta, la preferida de Gieco y O’Connor, se habló de los Chieftains y de Carlos Núñez y de un inminente viaje de Gieco a Irlanda y hubo un ofrecimiento de alojamiento por parte del irlandés, que de todos modos interviene en la cuestión de la fe.

"Yo creo que es importante subrayar que el mártir no da la muerte, da la vida. En la cruz, Cristo da la vida, no da su muerte. Creo que el martirio es así. Y ése es el mensaje de nuestros cinco mártires, ellos murieron haciendo lo suyo, no buscaban fama, ni estaban en la guerra. Y por eso, a pesar de lo que estamos diciendo, yo creo que hay esperanza, el hombre es bueno."
"A mí me gusta la frase de una canción de León que dice ‘De amor, un día, mi vida nació’ –apoya Francioni a su párroco– y creo que desde ahí nosotros podemos transformar las cosas malas, si el ser humano descubriera esa gotita de amor que se necesitó para que esa persona naciera, a partir de ahí muchos se reconciliarían consigo mismo y con los demás."

Pero Gieco no se rinde y para finalizar, antes de ir a saludar a los alumnos de la escuela que tiene la parroquia, da un ejemplo de cómo las cosas van para atrás:
"Cuando vi la película Nacido el 4 de julio me dije "por fin alguien está educando a una sociedad que mandó a matar a miles de pibes". Porque por eso lo mataron a Ke- nnedy, porque después subió Johnson y mandaron los pibes a Vietnam. Cuando la volví a ver el otro día, me pareció antiquísima, porque ahora en Estados Unidos están todos con la banderita para que Bush reviente a Irak. Solamente Bob Dylan, Bruce Spreenting y dos o tres más que van a hacer un concierto están en contra. Antes, por lo menos los pibes, los hippies, se manifestaban en contra de la guerra. Es increíble la forma como se atrasó todo. Es muy difícil. Yo no sé si esto va a cambiar o no. Vivimos tan poco que realmente es poco lo que podemos hacer. Yo creo que ese poquito de tiempo que uno vive tiene que hacer todo el bien que pueda y si las cosas van a cambiar, que las diga otro, yo no sé."

Fuente: La Fogata


A 27 años de la masacre de San Patricio

Por Eduardo Kimel


El periodista Eduardo Kimel se refiere al horrendo asesinato de los cinco religiosos palotinos, ocurrido el 4 de julio de 1976. Kimel, prestigioso periodista, fue perseguido por la Justicia y amenazado, por la publicación de su obra: 'La Masacre de San patricio'.

Rolando Savino era el joven organista de la iglesia de San Patricio. Desde chico concurría a la parroquia de los palotinos irlandeses. El domingo 4 de julio (de 1976) se levantó temprano y fue a la iglesia, para asistir a la primera celebración de la misa. Llegó a las siete y media. Había poca gente en la calle, aguardando con frío a la intemperie. Pasaron los minutos y extrañado vio que el templo permanecía cerrado. Algunos feligreses impacientes tocaron el timbre y dieron golpes en las puertas, sin obtener respuesta. A las ocho menos cinco Rolando dio un rodeo a la casa y encontró una banderola semiabierta. Trepó y entró. No percibió ni movimientos. Fue hasta el comedor de la planta baja. Tomó las llaves de la iglesia y abrió las puertas para que los feligreses pudieran entrar. Utilizando otra llave abrió la puerta de la casa parroquial; desde el hall llamó a los padres sin resultado alguno. Vio luces encendidas en la planta alta. Creyó que los sacerdotes se habían quedado dormidos, o que recién se levantaban, aunque esto no fuera normal. Volvió a gritar y, como el silencio continuaba, subió las escaleras hasta el primer piso donde estaban los dormitorios. Un frío helado recorrió su cuerpo. Una presunción lo invadió. Estaba todo revuelto. En las puertas y en la alfombra había inscripciones, que no pudo o no quiso leer. Pensó en un robo. La estufa de gas estaba encendida. Se acercó a la sala de estar. Abrió la puerta y con horror observó los cuerpos ensangrentados de los cinco religiosos tirados en el suelo. Aterrorizado, bajó las escaleras. Entre las personas que aguardaban vio a la señora Celia Harper, a quien conocía; impelido de un desconocido sentido del control le pidió que lo acompañara a la planta alta, sin decir una sola palabra al resto de la gente. A los pocos minutos Rolando y Celia se dirigieron a la comisaría del barrio para comunicar el macabro hallazgo.

Este relato pertenece a mi libro La masacre de San Patricio, una investigación sobre el horrendo asesinato de los cinco religiosos de la comunidad católica palotina de Belgrano R sucedido el 4 de julio de 1976. En las primeras horas de aquel día un grupo de tareas de la dictadura militar ingresó a la casa parroquial y, luego de identificarlos, masacró a los sacerdotes Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y a los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti.

El crimen fue el hecho de sangre más importante que sufrió la Iglesia Católica argentina en toda su historia. Sin embargo, desde aquel 4 de julio poco se hizo para recordar a las víctimas y mucho menos para hallar y castigar a los culpables.

La jerarquía católica argentina mantuvo una llamativa indiferencia, nunca reclamó con la debida fuerza por el crimen; el homenaje a las víctimas quedó circunscrito a las misas que los palotinos les dedican cada 4 de julio. Si se hiciera una encuesta entre la gran masa de católicos practicantes, seguramente una inmensa mayoría no podría contestar a la pregunta: ¿qué fue la masacre de San Patricio?

20 años después del horrendo hecho la congregación palotina ha solicitado a las autoridades eclesiásticas la investigación oficial con el propósito de que los cinco religiosos sean considerados mártires de la Iglesia.

La investigación judicial tuvo dos etapas. La primera encabezada por el juez Guillermo Rivarola en los años 1976 y 1977 no dio con los autores y fue sobreseída provisionalmente aunque hubo evidencias notorias que indicaban la intervención de la dictadura operando en el marco de lo que los represores denominaron la 'lucha antisubversiva'. La segunda fase comenzó en agosto de 1984 y estuvo a cargo del juez Néstor Blondi. Una serie de testimonios dirigieron la sospecha hacia la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). Incluso un ex integrante de la Marina, Miguel Angel Balbi relató en el tribunal que un ex 'compañero de armas', Claudio Vallejos, le había confesado su participación en el homicidio juntamente con Antonio Pernías, el teniente de navío Aristegui y el suboficial Cubalo.

Sobre la base de las declaraciones de Luis Pinasco y Guillermo Silva, dos vecinos de la parroquia que fueron testigos de una parte de lo que ocurrió aquella noche, se pudo reconstruir la verdad parcialmente. Se supo que la presencia de dos automóviles Peugeot 504 estacionados frente a la parroquia había despertado la preocupación del joven Julio Víctor Martínez -hijo de un general que había sido designado gobernador por la Junta Militar-, quien realizó la denuncia en la comisaría 37. Luego de mucha resistencia se envió un patrullero al lugar y el oficial a cargo del operativo, Miguel Angel Romano, conversó con quienes estaban dentro de los coches. Desde una casa en la esquina de Estomba y Sucre los jóvenes siguieron los acontecimientos. Cuando el móvil policial se retiraba de la cuadra, Guillermo Silva escuchó una palabras destinadas al cabo de la Policía Federal Pedro Alvarez, quien custodiaba el hogar de la familia Martínez: 'Si escuchás unos cohetazos no salgás porque vamos a reventar la casa de unos zurdos'. Después de un rato los jóvenes vieron cómo varias personas salían de los autos con armas largas e ingresaban a la casa parroquial. Y mucho más tarde escucharon el ruido de un auto arrancando y alejándose a mucha velocidad.

Convocado por el juez Rivarola, Miguel Angel Romano dio su versión sobre lo ocurrido. Reconoció haber estado frente a la parroquia aquella noche e identificado a la única persona que según él estaba dentro de un automóvil Peugeot 504. 'Cuando lo interrogó sobre el motivo de su estadía en ese lugar, esas persona la manifestó que se encontraba allí esperando a una señorita que tenía que salir de una fiesta que es daba a la vuelta'.

En mayo de 1986, el entonces fiscal Aníbal Ibarra solicitó el procesamiento del ayudante Miguel Angel Romano. 'Llego a la conclusión de que el ayudante Romano individualizó a las personas que estaban en uno de los Peugeot y digo a las personas porque el nombrado mintió cuando expresó que sólo encontró a una. (...) En tales condiciones, es evidente que los integrantes del rodado hicieron saber que la intención de ellos no era el general Martínez sino por el contrario 'reventar a unos zurdos'. Esto obviamente tranquilizó al ayudante Romano quien se dirigió entonces a avisar al custodio del mencionado ex gobernador del Neuquén lo que realmente iba a ocurrir'. Ibarra concluía: Romano 'supo en el cumplimento de sus funciones lo que iba a ocurrir en la parroquia de San Patricio y con su actitud -tratando incluso de evitar la posible intervención del custodio del general Martínez- permitió que ello ocurriera'.

Asimismo Ibarra pidió el procesamiento del jefe de la comisaría 37ª, Rafael Fensore por 'la omisión de incorporar al expediente ese importante incidente (la denuncia de Martínez)', que recién fue agregada tres días después del múltiple homicidio.

En junio de 1987, el juez Blondi dispuso el desprocesamiento de Fensore y Romano, haciendo lugar al pedido de prescripción de la acción formulada por los abogados defensores. La causa judicial fue clausurada por segunda vez en forma provisional. Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín, y los indultos decretados por Carlos Menem hicieron el resto. La investigación quedó interrumpida sin indicio que pudiera o pueda ser reactivada. Los asesinos e instigadores nunca fueron castigados.

27 años después, seguimos evocando con dolor a los palotinos asesinados el 4 de julio. Y continuamos exigiendo el juicio y castigo a todos los culpables.

El juicio de la historia

Cuando a mediados de los años ochenta se me propuso investigar y redactar un libro vinculado a la violación de los derechos humanos durante la última dictadura militar, decidí trabajar sobre la Masacre de San Patricio. Era mi forma de contribuir a la construcción de la memoria colectiva, tratando de arrojar luz allá donde la represión más cruenta y la confusión premeditada había pretendido enterrar la muerte de los cinco religiosos en el más infame de los silencios. El libro tenía, en ese sentido, un doble propósito: investigar cómo sucedió el asesinato y demostrar cómo se inscribió en la estrategia del terrorismo de Estado.

Fui parte de la generación de jóvenes que quisimos transformar al país eliminado la injusticia y la desigualdad social. En este sentido, me interesaba indagar y explicar la naturaleza de la represión. Contra la visión construida por los militares y sus aliados civiles que define al genocidio como consecuencia de una guerra entre dos bandos armados donde se produjeron 'excesos' -lamentable tergiversación de la realidad que derivó en la teoría de 'los dos demonios'-, siempre entendí que la represión dictatorial tenía objetivos políticos muy precisos: combatir de aquel proyecto de liberación e instaurar un modelo económico y social basado en la entrega y el empobrecimiento de las masas destruyendo todos los canales de la amplia organización popular que había caracterizado la etapa de la vida nacional abierta por el Cordobazo y cerrada trágicamente el 24 de marzo de 1976. Aquel vasto arco social abarcaba una gran diversidad ideológica desde el peronismo combativo y el socialcristianismo hasta los innumerables grupos de la tradicionalmente atomizada izquierda argentina; contenía a las corrientes obreras clasistas y antiburocráticas; a los agrupamientos juveniles, tanto en colegios y universidades como en los barrios, a profesionales, artistas e intelectuales y a los movimientos de la Iglesia Católica definidos en la 'opción preferencial por los pobres'.

Aunque nunca integraron formalmente el movimiento de curas tercermundistas, el pensamiento y la labor de algunos de los palotinos podrían ser encuadrado en los principios de aquel grupo que lideró el padre Carlos Mújica. Pero más allá de esta cuestión, sujeta aún hoy a controversia, hay una coincidencia en el señalamiento de los objetivos buscados por la masacre. Lo dice Adolfo Pérez Esquivel: 'Los palotinos asumieron un compromiso concreto con el pueblo, pero no era de los que estaban más en evidencia. Sin embargo, se los tomó como una represalia general para atemorizar a las otras órdenes religiosas, obligándolas al silencio'.

Mi libro se publicó en noviembre de 1989. Cuando estuvo en la calle, jamás pensé que podría originar una querella judicial. Y menos que la misma proviniera del juez que tuvo a su cargo investigar el crimen durante la dictadura, Guillermo Rivarola. Quizás fui ingenuo, pero un breve párrafo que le dediqué a evaluar su actuación como magistrado fue suficiente para que me iniciara en 1991 una causa por presuntas calumnias.

En octubre de 1995, la jueza Angela Braidot, considerando que estaba acreditado el delito de injurias, me condenó a un año de prisión en suspenso y a pagarle a Rivarola 20.000 dólares en carácter de indemnización. En noviembre de 1996, la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones, con el voto unánime de sus tres integrantes, anuló al fallo anterior y me absolvió. Uno de los camaristas, el doctor Carlos Elbert asumió una autocrítica de la actuación de la justicia en estos términos:

'Esa quiebra violenta del orden jurídico consintió un poder judicial comprometido, en carácter de institución legítimamente esencial del estado de excepción, pero sin eficacia suficiente como para cuestionar o limitar el implacable terrorismo de estado impuesto.'

En diciembre de 1998, la Suprema Corte de la Nación, compuesta por la nefasta 'mayoría automática' menemista hizo lugar a un recurso presentado por Rivarola, revocó el fallo anterior y lo devolvió a la Cámara para se dictara nueva sentencia. Así lo hizo la sala IV, integrada por Alfredo Barbarosch y Carlos Gerome, quienes el 8 de abril de 1999, hallándome culpable esta vez del delito de calumnias, confirmaron la pena impuesta por la jueza de primer instancia.

Aquel fallo de la Sala IV de la Cámara provocó un repudio generalizado desde los más diversos sectores. La Unión de Trabajadores de Prensa (UTPBA) y la Asociación Periodistas encabezaron una campaña de denuncia tanto en el plano nacional como internacional. La condena fue rechazada por ADEPA y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). El 16 de abril de 1999, Santiago Cantón, relator oficial para la Libertad de Prensa de la OEA emitió un comunicado donde dice: 'Causa sorpresa a la Relatoría que termine siendo castigado el periodista que realizó una investigación de ese horroroso crimen, mientras que los autores del crimen, sus encubridores y cómplices, siguen impunes.'

En diciembre de 1998, la Suprema Corte de la Nación hizo lugar a un recurso presentado por el juez Rivarola, revocó el fallo anterior y lo devolvió a la Cámara para que se dictara nueva sentencia. Así lo hizo la sala IV de la Cámara, integrada por Alfredo Barbarosch y Carlos Gerome, quienes el 8 de abril, hallando culpable a Kimel del delito de calumnias, confirmaron la pena impuesta por la jueza de primer instancia.

En octubre de 1999 la misma Cámara accedió a habilitar un recurso extraordinario interpuesto por mi defensa. Después de haber tenido el expediente durante más de un año, una mayoría de ministros de la Corte -Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Carlos Fayt, Antonio Boggiano, Guillermo López y Adolfo Vázquez- firmaron una resolución de tres líneas que declara 'inadmisible' el recurso extraordinario. Argumentan, al citar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que el caso puede ser evaluado como carente de 'agravio federal suficiente' o 'insustancial' o 'carente de trascendencia'. 'Lo curioso es que la Corte ya había fallado ordenando a la Cámara que se expidiera otra vez y dando los argumentos para una condena', señaló Héctor Masquelet, mi abogado defensor, en una entrevista periodística cuando se conoció el fallo de la Corte.

La arbitrariedad de los fallos también fue denunciada por diferentes medios de prensa nacionales y extranjeros. He recibido la solidaridad de la comunidad palotina que redactó una carta abierta dirigida a mi y fue enviada a los diarios de Buenos Aires. En uno de los párrafos dicen:

«Las personas se esfuerzan por entender los misterios de la existencia, el crimen de San Patricio sigue envuelto en un manto de misterio. La Justicia, tan esencial y honorable institución en nuestra sociedad argentina, no ha podido hasta hoy esclarecer la autoría y el porqué del asesinato.

«Vos vas a entender muy bien que nuestro anhelo es que aquellos que perpetraron ese homicidio múltiple con una crueldad empedrada no queden impunes y que comparezcan ante la Justicia.

«Tus colegas de los medios han escrito bien, 'Para Kimel, el fallo es horroroso y significa la consagración de la impunidad, porque el único condenado por la masacre de los palotinos es justamente quien la investigó'.

«Queremos que sepas que contás con nuestro afectuoso apoyo.»

El 23 de enero de 2001, se presentó oficialmente el escrito que denuncia el caso en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El mismo fue elaborado por un equipo de abogados pertenecientes al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) de Buenos Aires: Andrea Pochak, Santiago Felgueras, Eduardo Bertoni, y Alberto Bovino.

«En esta denuncia alegamos que el Estado argentino ha violado el derecho de Eduardo Kimel a la libertad de expresión y a un debido proceso legal.

«Tenemos la firme convicción de que el caso que hoy denunciamos, exhibe de una manera ejemplar cómo ciertas figuras penales pueden ser aplicadas como mecanismos de censura, criminalizando conductas que no son más que la expresión de opiniones e ideas, animadas por un sentido crítico, sobre el comportamiento de ciertos funcionarios del Estado. En ese sentido, entendemos que los hechos de los que fuera víctima Eduardo Kimel, conducen con absoluta claridad a la conclusión de que estos tipos penales, susceptibles de ser aplicados para perseguir criminalmente la crítica política, resultan incompatibles con el artículo 13 de la Convención Americana.

«Las decisiones judiciales que conducen a la condena de Eduardo Kimel, exponen además la falta de imparcialidad de algunos de los magistrados que intervinieron en su juzgamiento, lo que constituye una violación del artículo 8 de la Convención.»

27 años después, los magistrados argentinos siguen en deuda con su pueblo. De una vez por todas: ¿Habrá Justicia?

Fuente: Argenpress/La Fogata


El caso Kimel, una masacre contra la libertad de expresión

Por Eduardo Kimel

Especial para Libertad-Prensa.org, 6 de junio de 2001, cortesía de www.solnet.net

Nota relacionada: El Estado deberá anular la condena al peridista Eduardo Kimel

La masacre de San Patricio es el título de mi investigación sobre el horrendo asesinato de los cinco religiosos de la comunidad católica palotina del barrio de Belgrano R, en Buenos Aires, Argentina, el 4 de julio de 1976. En las primeras horas de aquel día, un grupo de tareas de la dictadura militar (1976-1983) ingresó a la casa parroquial y, luego de identificarlos, masacró a los sacerdotes Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y a los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti.

El libro se publicó en noviembre de 1989. Un breve párrafo que dediqué a evaluar la actuación del doctor Guillermo Rivarola, quien intervino en el caso en 1976 y 1977, fue suficiente para que éste me iniciara una causa por calumnias en 1991:

El juez Rivarola realizó todos los trámites inherentes. Acopió los partes policiales con las primeras informaciones, solicitó y obtuvo las pericias forenses y las balísticas. Hizo comparecer a una buena parte de las personas que podían aportar datos para el esclarecimiento. Sin embargo, la lectura de las fojas judiciales conduce a una primera pregunta: ¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios? La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto.

En octubre de 1995, la jueza Angela Braidot, considerando que estaba acreditado el delito de injurias (hubo un cambio en la tipificación del delito), me condenó a un año de prisión en suspenso y a pagarle a Rivarola 20.000 dólares en carácter de indemnización por daños morales. En noviembre de 1996, la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones, con el voto unánime de sus tres integrantes, anuló el fallo anterior y me absolvió. En la argumentación de su voto, uno de los camaristas, el doctor Carlos Elbert, asumió incluso una autocrítica de la actuación de la justicia en aquellos tiempos

Esa quiebra violenta del orden jurídico consintió un poder judicial comprometido, en carácter de institución legítimamente esencial del estado de excepción, pero sin eficacia suficiente como para cuestionar o limitar el implacable terrorismo de estado impuesto.

En diciembre de 1998, la Suprema Corte de la Nación hizo lugar a un recurso presentado por el juez Rivarola, revocó el fallo anterior y lo devolvió a la Cámara para que se dictara nueva sentencia. Así lo hizo la sala IV de la Cámara, integrada por Alfredo Barbarosch y Carlos Gerome, quienes el 8 de abril, hallándome culpable del delito de calumnias, confirmaron la pena impuesta por la jueza de primer instancia.

En octubre de 1999 la misma Cámara accedió a habilitar un recurso extraordinario interpuesto por mi defensa. Después de haber tenido el expediente durante más de un año, una mayoría de ministros de la Corte firmó una resolución de tres líneas que declara "inadmisible" el recurso extraordinario. Argumentan, al citar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que el caso puede ser evaluado como carente de "agravio federal suficiente" o "insustancial" o "carente de trascendencia".

"Lo curioso es que la Corte ya había fallado ordenando a la Cámara que se expidiera otra vez y dando los argumentos para una condena", señaló Héctor Masquelet, mi abogado defensor, en una entrevista periodística.

En diciembre de 2000 mi caso fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), acción que mereció el siguiente comentario del diario Página 12 de Buenos Aires:

El miércoles 5, el presidente de la Sociedad Interamericana de Prensa, Danilo Arbilla, y el directivo del Centro de Estudios Legales y Sociales y de la Asociación Periodistas Horacio Verbitsky reclamaron la intervención del organismo en defensa del periodista Eduardo Kimel, condenado a un año de prisión en suspenso y a una multa de 20.000 pesos [dólares] por calumnia contra el juez Guillermo Rivarola, a raíz de su libro La masacre de San Patricio, sobre el asesinato por una fuerza de tareas de la dictadura militar de cinco religiosos en 1976. El Relator Especial de la OEA para la Libertad de Expresión, Santiago Cantón, declaró su apoyo al caso. La condena contra Kimel, confirmada hace dos meses por la Corte Suprema de Justicia, viola la cláusula sobre libertad de expresión de la Convención Americana de Derechos Humanos, sostuvieron Arbilla, Cantón y Verbitsky.

El pasado 23 de enero, se presentó oficialmente el escrito que abrió el caso en la CIDH. El mismo fue elaborado por un equipo de abogados pertenecientes al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) de Buenos Aires: Andrea Pochak, Santiago Felgueras, Eduardo Bertoni, y Alberto Bovino. El documento redactado por mis abogados se basa en dos conceptos:

En esta denuncia alegamos que el Estado argentino ha violado el derecho de Eduardo Kimel a la libertad de expresión y a un debido proceso legal. Tenemos la firme convicción de que el caso que hoy denunciamos, exhibe de una manera ejemplar cómo ciertas figuras penales pueden ser aplicadas como mecanismos de censura, criminalizando conductas que no son más que la expresión de opiniones e ideas, animadas por un sentido crítico, sobre el comportamiento de ciertos funcionarios del Estado. En ese sentido, entendemos que los hechos de los que fuera víctima Eduardo Kimel, conducen con absoluta claridad a la conclusión de que estos tipos penales, susceptibles de ser aplicados para perseguir criminalmente la crítica política, resultan incompatibles con el artículo 13 de la Convención Americana.

Las decisiones judiciales que conducen a la condena de Eduardo Kimel, exponen además la falta de imparcialidad de algunos de los magistrados que intervinieron en su juzgamiento, lo que constituye una violación del artículo 8 de la Convención.

En el plano de procedimientos, el gobierno argentino ya fue notificado y tiene un plazo de 6 meses para contestar al requerimiento. La sólida fundamentación del caso y el interés demostrado por diversas entidades nacionales y extranjeras, me permiten aguardar decisiones que reviertan la injusticia materializada por los tribunales argentinos. Mis abogados consideran formular un pedido de audiencia a la CIDH para la segunda mitad de este año o la primera de 2002, según evolucionen los hechos.

La estrategia definida por el CELS es la de alcanzar una solución amistosa con el Gobierno a través de la sanción de una ley que despenalice los delitos de calumnias e injurias en casos en que los querellantes sean funcionarios públicos. Esta legislación podría aplicarse en mi caso y significaría un importante avance en el marco de la protección jurídica de la actividad periodística con una evidente extensión para el conjunto de la sociedad. Un artículo publicado por Página 12 de Buenos Aires analiza la cuestión:

En 1999 el gobierno nacional se comprometió a despenalizar los delitos de calumnias e injurias en los casos en los que el ofendido fuera un funcionario público. En cumplimiento de esa solución amistosa, el proyecto de ley que incorpora a la legislación argentina la doctrina de la real malicia fue firmado por los senadores José Genoud, de la Alianza gobernante, y Jorge Yoma, del Partido Justicialista. El acuerdo se celebró en los últimos meses del gobierno del ex presidente Carlos Menem, pero fue ratificado por el actual presidente Fernando de la Rúa, quien habilitó su tratamiento en las sesiones extraordinarias del año pasado (...) De sancionarse, los funcionarios sólo podrán iniciar acciones civiles, en busca de reparación económica, y se invertirá la carga de la prueba. Ellos deberán demostrar que la información publicada era falsa y que el periodista lo sabía o que se desentendió de cualquier intento por verificarlo.

Lamentablemente este proyecto está empantanado en el Senado de la Nación. En los últimos días la Asociación Periodistas ha reactivado el reclamo de su inmediato tratamiento para lo cual ha realizado gestiones ante el ministro de Relaciones Exteriores, doctor Rodríguez Giavarini, ya que es la Chancillería el organismo responsable de garantizar el cumplimento del acuerdo firmado en la CIDH.

Pero más allá del trámite que seguirá mi denuncia en la CIDH, mi situación legal en la Argentina es a todas luces una grave injusticia y constituye un mensaje intimidatorio contra la actividad periodística, especialmente aquella que se dedica con tenacidad a desentrañar los delitos vinculados al ejercicio del poder en cualquiera de sus formas. En este sentido, la sanción que se me impuso es, sin dudas, una amenaza contra el ejercicio de la libertad de expresión, una consagración de la censura a través de una vía legal.

La condena que sufrí provocó una reacción de distintas entidades vinculadas al quehacer periodístico y a la defensa de los derechos humanos. La Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) y la Asociación Periodistas encabezaron una campaña de denuncia tanto en el plano nacional como internacional. La condena fue rechazada por Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), IFEX, la Sociedad Americana de Juristas, el Comité Mundial para la Libertad de Expresión, Reporteros sin Fronteras, la Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP), Freedom House y el Freedom Forum, entre otros.

El 16 de abril de 1999, Santiago Cantón, relator especial para la libertad de Expresión de la OEA emitió el siguiente comunicado:

Causa sorpresa a la Relatoría que termine siendo castigado el periodista que realizó una investigación de ese horroroso crimen, mientras que los autores del crimen, sus encubridores y cómplices, siguen impunes.

En el último informe sobre la situación de los derechos humanos del Departamento de Estado de los Estados Unidos se incluye mi caso:

En noviembre, la Corte Suprema ratificó la sentencia de 1999 contra Eduardo Kimel de un año en prisión (suspendido) y una multa de $20.000 (20.000 pesos) por comentarios realizados en un libro suyo. En diciembre, la CIDH anunció que el caso será investigado como una posible violación del derecho a la libertad de expresión.

Espero que todos estos pronunciamientos contribuyan a reparar definitivamente este grave ataque contra los derechos elementales de una sociedad democrática.

Eduardo Kimel es periodista y autor argentino de larga y prestigiosa trayectoria en numerosos medios, incluyendo el diario Clarín, el semanario Tiempos del Mundo, la revista Temas, la revista Confluencia y Radio Mitre

Fuente: www.pressnetweb.com


"El honor de Dios" - Gabriel Seisdedos

Capitulo de muestra

Buenos Aires, Capital Federal de la Nacion Argentina, hoy dia cuatro de julio de mil novecientos setenta y seis, siendo las horas 10,30 el funcionario que suscribe jefe de la Comisaria 37a. Comisario Rafael Fensore, con la actuacion del secretario que refrenda a los efectos legales correspondientes, hace constar: que siendo las horas 7:55 de la fecha, se recibe por el aparato telefonico del estado 51-3333, un llamado telefonico anonimo que dice: "En la finca de Estomba 1942, se produjo un grave hecho de sangre", con tal motivo el suscrito con personal a sus ordenes se traslada al lugar, y penetrando por la puerta senalada con el numero 1942 de la calle Estomba, se accede al primer piso por una escalera alli ubicada. Una vez en el primer piso, se observa las luces encendidas, y hacia la derecha de la escalera se ve una especie de biblioteca, y al lado de la misma, y frente a ella, se encuentra una especie de sala de estar. Colocados en la puerta de acceso a dicha sala, se observa que sobre el piso de la misma, y en posicion de cubito ventral se cuentan cinco cuerpos de personas de sexo masculino, los que todavia calientes presentan signos evidentes de estar muertos, mediante la accion de disparos de armas de fuego, por cuanto se observan grandes charcos de sangre, y desparramados por toda la habitacion, capsulas y proyectiles de calibre 9 mm., que se secuestran. Para facilitar su identificacion, los cadaveres son numerados del N 1 al 5, de izquierda a la derecha, segun se entra, y en razon de encontrarse en el lugar la senora Celia Harper, argentina, ama de casa, soltera de sesenta anos de edad, domiciliada en Estomba 2573 y el menor Rolando Antonio Savino, argentino, 16 anos, soltero, estudiante, domiciliado en Blanco Encalada 3805, los que manifestaron conocer a los habitantes de la casa, se procede a identificarlos y en orden correlativo, segun se numerara anteriormente, resultan ser, el numero 1, Salvador Barbeito, el N 2 Alfredo Kelly (parroco), el N 3 Alfredo Leaden (parroco), el N 4 Emilio Neira (seminarista) y el N 5 Pedro Dufau (parroco). Que la habitacion presentaba desorden, observandose al frente segun se entra un hogar de piedra y un televisor, a ambos lados, sillones y entre medio de ellos, una mesita "ratona", chica, teniendo la habitacion que nos ocupa una dimension proxima a los 4 metros por 3,50. Que respecto al hecho en si, el menor Savino refirio que a las 7.30 aproximadamente concurrio a misa como lo hace habitualmente, y al notar la Iglesia cerrada y presumiendo que el cura parroco se encontraba dormido, accedio a la finca por una ventana trasera, descubriendo lo que es de conocimiento de la instruccion, pero que no puede aportar otros datos respecto al mismo. Smliendo de la habitacion que mencionaramos y hacia la derecha, existe un pasillo de unos 12 metros de largo por 1 de ancho y a ambos lados se agrupan 4 habitaciones, de una dimension aproximada a los 2,50 por 2,20 aproximadamente, que son utilizados como dormitorios por sus ocupantes. Tales habitaciones se encontraban totalmente desordenadas y todos sus objetos desparramados por el suelo de las mismas. En la primera habitacion a la derecha, segun se llega, saliendo de la habitacion que era utilizada como sala de estar se observa una inscripcion hecha a tiza blanca, sobre la puerta de acceso, algo ilegible, pero que aparentemente cita una frase inconclusa: "por ... dinamitado... federal" y mas abajo "Viva la Patria", sobre la alfombra que cubre el pasillo antes mencionado y no bien se llega a ella segun se arriba por la escalera, se observa una inscripcion hecha a tiza blanca sobre el color rojo de la alfombra, que textualmente dice: "estos zurdos murieron por ser adoctrinadores de mentes virgenes y son MSTM".

Que en el lugar se hizo presentes el senor Guillermo Leaden, quien se identifico como Monsenor, Vicario de la zona de Belgrano y Auxiliar del Obispado de Buenos Aires, el que manifesto domiciliarse en Maure 1931 y sus deseos de identificar los cadaveres, Monsenor Leaden identifica el cadaver con el N 3 como el correspondiente a su hermano Alfredo Leaden, y ratifica practicamente la identificacion con anterioridad respecto a los demas fallecidos.

"... De la habitacion donde se encontraban los cadaveres se secuestro 35 vainas servidas y 15 proyectiles correspondientes aparentemente a armas de fuego calibre 9 mm. Se secuestro ademas de la misma habitacion, un cartel de aproximadamente 50 x 30 cm., que dice: "Ven, este es el palito de abollar ideologias", "Las venas abiertas de America Latina" e "Indochina vencera"...

"... Se dejo la correspondiente consigna policial en el lugar, y de vuelta a esta dependencia, la instruccion resuelve: iniciar en base a la presente acta, las correspondientes actuaciones por Homicidio-Infraccion Ley 20840, dando intervencion en autos, al senor Juez Nacional de 1 Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Dr. Guillermo Rivarola y ante la Secretaria del Dr. Gustavo Guerrico y aviso de estilo en el orden administrativa al Senor Jefe de la Policia Federal, cursandose al efecto sendos despachos, teletipograficos; solicitar la cooperacion de personal idoneo para las pericias correspondientes; enviar los cadaveres a la morgue judicial para la realizacion de la necropsia correspondiente, y proseguir con las diligencias tendientes a lograr la individualizacion y/o detencion del o los autores del hecho, medida esta que se hace extensiva a las demas dependencias policiales mediante circular radio-electrica, practicar diligencias tendientes a establecer deudas y lograr la individualizacion y correspondiente identificacion y proseguir actuando. Conste".

(Del Acta Policial firmado por el Jefe de la Comisaria 37a. de la Capital Federal Rafael Fensore y el principal Victor Hugo Randazzo)

Citado en "La Masacre de San Patricio" de Eduardo G. Kimel

La Comisaria 37. Preguntas sin respuesta

El informe policial presenta sugestivas anomalias: Quien realizo el llamado telefonico que fue recibido a las 7.55 en la Comisaria 37? Fue Rolando Savino la persona que vio los cuerpos por primera vez cuando el reloj marcaba las ocho pasadas. Fue Celia Harper quien junto con Rolando avisaron al personal de guardia en la comisaria que "algo terrible" habia ocurrido en San Patricio. Demasiados interrogantes, pero que continuan cuando observamos que en las fotos tomadas esa manana se puede leer claramente: "Por los camaradas dinamitados de Seguridad Federal..." y no una frase inconclusa como cita el informe: "Por... dinamitados...Federal" El encubrimiento es evidente. Sin tener en cuenta la omision acerca de la actuacion del patrullero a cargo del oficial ayudante Miguel Angel Romano. La denuncia de Julio Victor Martinez relacionada directamente con el crimen. Por que, como observo el padre Sueldo Luque de vasta experiencia judicial, se permitio el ingreso irrestricto de gente que complico la tarea de investigacion al eliminar consciente o inconscientemente las senales que pudieron dejar los asesinos?

Fue la excusa que necesitaron para no hacer el consabido rastreo de huellas dactiloscopicas.

La colaboracion con los asesinos se vuelve a hacer evidente.

El sobreviviente:

En los dias posteriores al asesinato los seminaristas Capalozza, Kelly y Robledo volvieron a San Patricio, una semana despues del asesinato uniformados solicitaron a Capalozza las agendas personales de sus companeros asesinados.

Se resolvio enviar al seminarista a la iglesia de Santa Isabel de Hungria, donde se encontraba el seminario palotino de la Region Argentina a cuyo cargo estaba el padre Efrain Sueldo Luque.

A fines de Julio dos personas que se identificaron como miembros del Servicio de Inteligencia del Estado y pertenecientes al batallon 601, Sueldo Luque se comunico por telefono con el regimiento donde confirmaron la pertenencia de los individuos de la institucion y sus identidades: Jorge Claudio Demarco y Gersrdo Abel Borardo.

Dos dias despues estos mismos hombres volvieron solicitando que el seminarista sobreviviente los acompanara a efectos de su interrogatorio en dependencias militares. Temiendo un secuestro el sacerdote se opuso logrando que la entrevista se realizara en la parroquia. En ella Capalozza fue interrogado sobre las actividades en San Patricio y la ideologia politica de las victimas.

Justicia, solo justicia perseguiras

La causa judicial correspondio al Juez Federal Guillermo Rivarola, como fiscal actuante Julio Cesar Strassera.

El Juez cito a declarar al oficial Romano quien declaro que esa noche interrogo al conductor de un Peugeot 504 estacionado sobre la calle Estomba al que le solicito su documentacion comprobando que se hallaba en orden, que cuando le pregunto sobre el motivo de su permanencia en el lugar manifesto que "se encontraba alli esperando a una chica que tenia que salir de una fiesta que se daba a la vuelta".

Romano no pudo recordar el nombre de la persona interrogada. Contradiciendo lo expresado por los testigos Silva y Pinasco, tanto Romano como el custodio del General Martinez Waldner, el cabo Pedro Alvarez coincidieron en que Romano habia informado al custodio que todo se hallaba en orden, Alvarez agrego que habia permanecido en su lugar de vigilancia hasta las seis de la manana sin observar nada fuera de lugar.

El 9 de agosto de 1976 Julio Victor Martinez en su declaracion ante el juez Rivarola confirmo haber visto dos autos Peugeot con sus tripulantes cuando el patrullero se marchaba del lugar".

El informe del medico legista conto las heridas en los torax y craneos de las victimas: 18 Salvador Barbeito, 23 Emilio Barletti, 15 Alfredo Kelly, 9 Alfredo Leaden.

Menos de un ano despues de ocurrido el crimen, el 25 de Mayo de 1977 el Fiscal Federal Julio Cesar Strassera propuso al Juez Rivarola el sobreseimiento provisorio de la causa.

El 1 de Julio de 1977 Strassera volvio a insistir debido a la falta de elementos que hicieran progresar la situacion procesal.

En Mayo de 1977 se presento la conclusion de la pericia balistica: "35 vainas servidas y los 28 proyectiles disparados.

Cinco diferentes armas utilizadas por cinco tiradores, cuatro del tipo semiautomatico, de marca "browning". La otra una pistola semiautomatica del tipo ametralladora o del tipo "semi" usandose en ese caso dos cargadores.

El 7 de Octubre de 1977 el Juez Rivarola al considerar que "las diligencias practicadas no habian arrojado resultado positivo para el total esclarecimiento del hecho que nos ocupa".

Marzo de 1983. Ginebra. Suiza

A los ocho dias de Marzo de 1983, comparece voluntariamente ante la Comision Argentina de Derechos Humanos (CADHU), Rodolfo Peregrino Fernandez, de nacionalidad argentina de 32 anos, divorciado, nacido en Buenos Aires el 8 de Mayo de 1950 quien acredita su identidad con pasaporte argentino N 6.117.049, y manifiesta:

Que es su deseo aportar datos sobre la estructura de la represion ilegitima en la Argentina, que conoce en su condicion de Oficial de la Policia Federal Argentina.

Los grupos de tareas

"... Continua diciendo el declarante que el comando del GT 1, fue ejercido por el General de Division Suarez Mason, alias "Sam", y estaba integrado operacionalmente al mismo el Comando de Institutos Militares...

"... Tambien integraron este GT civiles provenientes del Servicio de Inteligencia del Ejercito y de la Superintendencia de Seguridad Federal.

En relacion a los organismos mencionados, el dicente senala que la parte informativa era efectuada por el Batallon de Inteligencia 601, con sede en Callao y Viamonte de la Capital Federal, y que la parte operativa estuvo a cargo del propio Comando del 1 Cuerpo y de las distintas brigadas y regimientos que dependian de el."

Los GT y las zonas libres

Las llamadas zonas libres, funcionaban dentro del area jurisdiccional del Comando del I Cuerpo de Ejercito, segun el declarante, de la siguiente manera: cumplian funciones en el edificio de la sede de ese comando en calidad de oficiales de enlace, tres subcomisarios de la Policia Federal y tres subcomisarios de la Policia de la Provincia de Buenos Aires, cuya funcion era gestionar ante los respectivos "Comandos radioelectricos la retirada de la vigilancia policial ostensiva en las zonas a realizarse los procedimientos ilegales, y de ese modo facilitar la comision de los secuestros y allanamientos".

Ministerio del Interior

"... El suceso narrado (la muerte del Obispo de La Rioja, Monsenor Angelelli) coincidio en el tiempo con la recepcion de otra carpeta "confidencial" que contenia documentacion perteneciente a los Padres Palotinos asesinados en la madrugada del 3 de Julio en la parroquia de San Patricio del barrio de Belgrano, Capital Federal, por personas armadas que no se identificaron y que sustrajeron objetos y papeles de propiedad de las victimas, el cura parroco Alfredo Kelly, los sacerdotes Alfredo Leaden y Pedro Duffau y los seminaristas Jose Emilio Barletti y Salvador Barbeito.

Agrega el declarante que entre la actividad ejercida por el Ministerio del Interior estaba la vigilancia sobre aquellos sacerdotes denominados "tercermundistas", existiendo un archivo de 300 personas con informaciones detalladas.

En referencia al caso de los Padres Palotinos, el declarante posee en su poder una agenda telefonica de uno de los sacerdotes, que guardo como prueba de que dicha documentacion se encontraba en dependencias del Ministerio del Interior en la epoca de referencia".

La reapertura

Tras siete anos del sobreseimiento del Juez Federal Guillermo Rivarola su colega Nestor Blondi resolvio la reapertura de la causa el seis de agosto de 1984, cinco dias antes el padre Cornelio Ryan, Delegado Provincial de la Comunidad palotino irlandesa, habia solicitado la reapertura pidiendo se tomara en cuenta el testimonio de los 2 jovenes que observaron parte del operativo llevado a cabo en San Patricio la madrugada del cuatro de Julio de 1976.

Hombre prudente el padre Ryan habia acatado la orden del superior en Roma de obrar con cautela durante la dictadura. El Delegado supo esperar, con la vuelta de la democracia volvio a ponerse en accion.

Atras quedaban los dias en que concurria arriesgada y pacientemente al Ministerio del Interior para solicitar informacion sobre el crimen, su entrevista con el General Bignone, el militar que alguna vez le habia dicho "Padre Ryan, no se nada, pero aun cuando lo supiera no se lo diria", su advertencia al padre Stakelen para que cambiara el tono de sus homilias en las que hablaba de las diarias desapariciones. Una manera de indicar, a pesar de la manifestada ignorancia que el motivo del asesinato habian sido las homilias del padre Kelly?

Con sus citas shakesperianas, su obstinacion y su frontalidad irlandesa, Co, como lo llaman sus colegas, volvia a exigir la verdad.

La Esma

Acompanada por el Delegado Ryan y su abogado Graciela Beatriz Daleo entraba nuevamente a Tribunales como ya lo habia hecho el siete de Setiembre de 1984 cuando la sobreviviente del campo de concentracion de la Escuela de Mecanica de la Armada se presento a declarar que el Capitan de Corbeta Antonio Pernias, en el tiempo que compartieron juntos en la Esma, habia dicho: "En la Iglesia habia muchas manzanas podridas que habria que eliminar, como ya hicimos con los curas palotinos".

El 30 de octubre del mismo ano el Juez Blondi cito al incriminado Capitan para un careo con Daleo.

El marino declaro que si habia participado en un grupo de tareas destinado a la lucha contra el terrorismo, nego en cambio que en la ESMA hubiera detenidos, que solo se habia enterado de la muerte de los palotinos en el ano 1979.

Mientras tanto en el pasillo Ryan se lamentaba no haber podido enfrentarse con Pernias, pero el grupo de corpulentos personajes que acompanaban al Capitan se lo habia impedido.

Graciela Daleo fue llamada a comparecer, ya frente a Trueno, uno de los alias del marino, observo el paso del tiempo en el abultado abdomen y la derrota capilar sufrida por el Capitan. Observo tambien la impasibilidad con que Pernias ante la pregunta del Juez, contesto:

- No conozco a esta senora.

Despues de todo, los dos anos de infierno en la Esma solo habian sido un mal sueno.

Pero esperaba al desmemoriado marino una nueva incriminacion, esta vez de sus pares.

En Agosto de 1985 el Cabo segundo Miguel Angel Balbi declaro espontaneamente ante el Juez Blondi haber sostenido una conversacion con Claudio Vallejos (*), quien trabajaba en el Apostadero Naval de Buenos Aires, Vallejos -segun declaro Balbi- le comento que el dia del hecho y mientras se encontraba esperando frente a la casa parroquial, se acerco un patrullero, mas especificamente el movil 100, a cargo de un subcomisario o comisario inspector, y les pidio identificacion, haciendo lo propio el Teniente Pernias, por lo cual el patrullero se retiro, que bajaron Pernia, Aristegui y Cubalo, los dos ultimos Teniente de Fragata y Suboficial respectivamente, quedandose Vallejos en el automovil, que era un Ford Falcon agua marina y tambien dos personas del auto de apoyo, que era un Peugeot 504 color celeste, que Vallejos entro a la casa parroquial una vez que los curas estaban muertos, en realidad el pensaba que no los iban a matar, sino que los "chuparian"...

Vallejos, que habia estado detenido en la Unidad Penal 16 donde tambien estaba en ese momento Miguel Angel Balbi, fue buscado para proceder a su detencion por orden del Juez Blondi, pero solo se supo que habia abandonado el pais rumbo a Brasil.

(*) Claudio Vallejos, D.N.I. N 13.831.862, clase 1958, se incorporo a la Armada en el ano 1976, en el mes de Junio participo, segun sus declaraciones a la revista "La Semana" del 26/7/86 en el secuestro del Embajador Hector Hidalgo Sola. En la misma nota declara que el BIM, Batallon 3 de Infanteria de Marina, donde se desempenaba Vallejos, cumplia tareas de apoyo en operativos de represion a cargo ..............................en Octubre de 1976 segun una orden del Almirante Emilio Massera.

El "arrepentido" Vallejos nada dice en sus declaraciones sobre su participacion en la masacre de San Patricio.

GT 3

Dependia del Comando General de la Armada, ejercido en 1976 por el Almirante Emilio Eduardo Massera, alias "Negro", y del Estado Mayor General Naval, cuya jefatura ejercia el Vicealmirante Armando Lambruschini.

Senala, asimismo el dicente, que este GT tenia como sede de operaciones la Escuela de Mecanica de la Armada (Esma) ubicada en la Avenida Libertador, casi en el linde de la Capital Federal. Agrega que no puede precisar con exactitud la jurisdiccion territorial del grupo, pero si sabe que se habia especializado en la represion ilegal del grupo "Montoneros" "... En los dias subsiguientes al atentado ( el de la superintendencia) se sucedieron una serie de brutales hechos represivos con fusilamientos de prisioneros politicos en distintas partes de Capital Federal y en el Gran Buenos Aires. El dicente no puede precisar ahora detalles de estos hechos, dado el tiempo transcurrido. Paralelamente se llego a la conclusion que el autor del atentado -es decir, quien coloco el artefacto explosivo en el comedor de Seguridad Federal, fue un oficial ayudante de la Policia Federal, de apellido Salgado, quien posteriormente fue secuestrado por personal del GT3 y entregado para su ejecucion a la Policia Federal. Salgado, segun cree recordar, fue asesinado en Pilar, provincia de Buenos Aires, junto a otras treinta personas, volandose luego los cadaveres. El numero de victimas, en esta oportunidad, coincidio con el numero de muertos en el atentado de Seguridad Federal.

(Declaracion de Rodolfo Peregrino Fernandez ante la Comision Argentina de Derechos Humanos)

Testimonio de Mariano Grondona

El abogado y periodista Mariano Grondona fue secuestrado durante unas horas por un grupo armado en el mes de agosto de 1976 que lo liberó con la condicion que llevara un mensaje a los obispos sobre que si seguian siendo condescendientes con sacerdotes de izquierda "proseguirian los episodios como el de los palotinos y sufririan una escalada hacia la jerarquia eclesiastica".

En su testimonio del 20 de noviembre de 1984 ante el Juez Blondi expreso: "Que el grupo se manifesto perteneciente a las tres A. Que posteriormente a su liberacion se entrevisto con el Nuncio Pio Laghi y con el vicario castrense Tortolo. Que en la referencia hecha por los captores en relacion al asesinato de los Palotinos no se habian atribuido directamente el homicidio".

Batallon 601

El 10 de julio de 1986 comparecieron Guillermo Arturo Beattle y Juan Carlos Diaz, empleados civiles del Ejercito, ambos eran los dos hombres que buscando a Rodolfo Capalozza se presentaron en Santa Isabel de Hungria ante el padre Sueldo Luque con las falsas credenciales a nombre de Gerardo Abel .... y Jorge Claudio De Marco. Interrogados por la utilizacion de identidades apocrifas dijeron haber cumplido ordenes de su superior en el batallon 601, el en ese entonces Teniente Coronel Riveiro.

Ante la citacion del Juez Blondi, el militar no accedio a declarar ante el tribunal civil escudandose en que deberia hacerlo por su condicion castrense ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

Sera justicia?

Anibal Ibarra, Procurador Fiscal Federal en la causa N 7970 caratulada "Barbeito Salvador s/ victimas de homicidio"

"... Veamos ahora que sucedio a partir de la recepcion en la Comisaria 37a. de la Policia Federal de la noticia acerca de la existencia de dos automotores sospechosos con gente en su interior que se comunicaban entre si en forma personal y a traves de juegos de luces. Ante esa noticia que fue proporcionada por el hijo del entonces gobernador de la provincia de Neuquen ante el temor de un ataque terrorista contra su padre -que vivia en la esquina de la parroquia- se comisiono un patrullero para que investigara la cuestion -recuerdese que corria el ano 1976 y se estaba en una epoca en donde la violencia extremista era por demas frecuente).

Arribado al lugar de los sucesos el entonces Ayudante Romano dialogo con uno de los autores del multiple homicidio (el unico segun......... estaba en el lugar) y viendo que el otro vehiculo sospechoso estaba vacio se "conformo" con la presentacion de la documentacion personal del desconocido, con la exhibicion de los papeles del rodado -nada de lo cual registro- y con la explicacion de que estaba esperando a su novia que habia concurrido a una fiesta.

Esto es francamente increible y agrede el sentido comun. Una persona experimentada en procedimientos policiales (ver sus propios dichos de F.s 184) concurre en plena noche a un lugar en donde habia dos vehiculos sospechosos con personas en su interior, que eran personas sospechosas por las actitudes descriptas y que fueron observadas y denunciadas por Julio Martinez y se encuentra, segun su version, con que uno de los autos estaba vacio y que solo habia una persona que brindo una excusa tan sencilla como inexplicable con relacion al accionar sospechoso que se habia denunciado.

Frente a ello, al Ayudante Romano no se le ocurrio preguntar sobre la posible vinculacion con el otro automovil, ni realizar ninguna averiguacion sobre lo que se le habia ordenado que aclarara, ni siquiera se le ocurrio comprobar si el individuo estaba armado o si la fiesta aludida existia, o donde era. No, dicho funcionario policial, no hizo nada de eso sino que, por el contrario, le creyo a un desconocido -reitero en Julio de 1976- sobre quien una persona con sobrados argumentos habia formulado una denuncia; para ser estrictos, no solo con respecto a el sino contra varios sospechosos.

A esta altura, entonces, considero que el relato proporcionado por Romano es increible -en el sentido literal de la palabra- por lo que debe desecharse.

Debemos en consecuencia buscar, sobre las pruebas colectadas, que es lo que sucedio. Y, en esa busqueda, llego a la conclusion de que el Ayudante Romano individualizo a las personas que estaban en uno de los Peugeot (y digo a las personas porque el nombrado mintio cuando expreso que solo encontro a una, lo que se desprende, ademas de la secuencia logica de los hechos y de las manifestaciones de Julio Martinez.

... En tales condiciones es evidente que los integrantes del rodado le hicieron saber que la intencion de ellos no era el General Martinez sino que, por el contrario "reventarian a unos zurdos". Eso, obviamente, tranquilizo al Ayudante Romano, quien se dirigio entonces a avisar al custodio del mencionado ex gobernador de Neuquen lo que realmente iba a ocurrir.

Esta forma de ocurrencia de los sucesos surge, como se dijo, de las pruebas referidas y, por otra parte, explica la inmediata retirada del patrullero del escenario del crimen, la omision por parte del comisario Rafael Fensore de incorporar al expediente ese importante incidente -recien se hizo tres dias despues de producido el multiple homicidio y a partir de la directa intervencion del entonces juez federal, la escueta declaracion recibida por el nombrado Fensore a Julio Martinez y otras cuestiones que, de otra forma, no admitirian explicacion (ver declaraciones del sacerdote Sueldo Luque donde relata las anomalias que advirtio en el procedimiento policial)

Resulta asi que el entonces Ayudante Romano supo, en el cumplimiento de sus funciones, lo que iba a ocurrir en la Parroquia San Patricio y con su actitud -tratando incluso de evitar la posible intervencion del custodio del General Martinez- permitio que ello ocurriera, por lo que solicito su procesamiento.

Tambien, y por todo lo antes expuesto, solicito el procesamiento del ex-Comisario de la Seccional 37a. de la Policia Federal Rafael Fensore.

Proveer de conformidad

Que sera justicia

Anibal Ibarra

Fiscal

Los abogados de Romano y Fensore presentaron un pedido de prescripcion de las causas en 1986, pero ante la importancia de las acusaciones: encubrimiento, complicidad y el incumplimiento de funcionario publico, el juez rechazo el pedido.

En el mes de Junio se dispuso la segunda clausura de la causa provisional de la causa. Al mismo tiempo, finalmente se hizo lugar a la solicitud de prescripcion de la accion iniciada contra Fensore y Romano, los que fueron desprocesados.

Barrio de Belgrano

"El barrio era caldo de cultivo para que pasara lo que paso" concluyen varios de los antiguos feligreses de San Patricio.

"Que en la esfera de la Policia Federal Argentina, el aparato represivo ilegal comenzo a estructurarse a partir del ano 1971 en torno a la figura del Comisario General Alberto Villar, quien se desempenaba entonces como Director General de Orden Urbano, cargo que comprendia la jefatura de los principales cuerpos represivos policiales, Guardia de Infanteria, Policia Montada, Unidades moviles de Represion y Division Perros. Estos cuerpos estan especializados en la lucha contra la guerrilla urbana y en la represion politica. Desde sus funciones oficiales, Villar comenzo a desarrollar en torno suyo una estructura paralela para la realizacion de acciones violentas ilegales.

Los integrantes de esa estructura paralela se organizaron como una especie de logia o club, llamado "De las caras felices", que se reunian habitualmente en la sede de la Fundacion Salvatori, en el barrio porteno de Belgrano. El presidente de la Fundacion, era amigo personal de Villar y conocia el caracter de las reuniones que se realizaban..."

(Declaracion prestada por el ex oficial de la Policia Federal Rodolfo Peregrino Fernandez ante la Comision Argentina de Derechos Humanos)

"... Habiendo sido presidente de la Liga de Padres de Familia de la Parroquia, teniendo relacion con el extinto padre Pedro Dufau, de quien era amigo. Que dejo de ser presidente de la mencionada Liga hace cuatro anos. Que a partir de 1974 se produjo un acentuado vuelco en la predica y en los sermones. La tendencia fue hacia la izquierda en forma muy acentuada. Tanto es asi, que el padre Petty, que estimo es jesuita, en un sermon efectuo el elogio de la guerrilla. De quien posiblemente influyo en ese vuelco fue el parroco, padre Alfredo Kelly. Que contrario a esas ideas en forma total era el padre Dufau, quien, inclusive, le aconsejo que se retirara de la parroquia, lo que asi efectuo el declarante junto a otros feligreses. Que el padre Kelly estaba relacionado con muchos jovenes, quienes eran los que concurrian a la parroquia, siendo estos jovenes, totalmente ajenos al barrio, y por ende, de la parroquia. Que por sus actitudes, cantos, etc., era evidente que pertenecian al llamado "Tercer Mundo"..."

(Testimonio brindado ante el Juez Rivarola el 30 de Setiembre de 1971 por el Vicecomodoro retirado Mario Alfredo Barcena cuyo domicilio linda con la Parroquia de San Patricio)

Mas interrogantes

Donde se firmo la sentencia de muerte de la comunidad de San Patricio?

En el Dorado, el salon de la Escuela de Mecanica de la Armada, donde se realizaban las planificaciones de los operativos a cumplir?

Fue su director Ruben Jacinto Chamorro o su subalterno Jorge Acosta (a) El tigre, quien decia "escuchar la voz de Jesucristo diciendole quien se iba para arriba" los que impartieron la orden al GT 3 mandado por Antonio Pernias?

Quienes aportaron los informes que provocaron la masacre?

Ex miembros del vecino Club de las Caras Felices, miembros del activo batallon de Inteligencia 601, o simplemente vecinos de la parroquia relacionados con el poder militar?

Cuantos de los integrantes del gobierno de facto conocieron autorizacion?

El General Carlos Guillermo Suarez Mason (a) Sam, al mando de la zona 1 en su despacho del regimiento de Avenida Santa Fe y Bullrich, el hombre bajo el cual estaba desde el 24 de marzo de 1976 todo lo relacionado con las operaciones represivas de la Policia Federal?

Fue la reaccion de miembros de la Policia Federal, molestos por el apego a la Ley del General Corbetta?

Un operativo conjunto de grupos de la Armada y el Ejercito?

De que dependencia oficial partieron los verdugos en sus autos Peugeot?

Quienes se dividieron el importante botin de guerra, un reloj de oro que celebraba cuarenta anos de vida sacerdotal y un auto de carrera en blanco y dorado, que buen padre de familia, entre los integrantes del grupo asesino, lo ostento como trofeo?

Un periodista

La Camara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional iniciaba la segunda semana del juicio oral y publico a los Comandantes del Proceso de Reorganizacion Nacional.

El subdito britanico que con ayuda de una interprete testimoniaba el lunes veintinueve de abril de 1985 ante el tribunal que presidido por el doctor Leon Arslanian juzgaba a Videla, Massera y Agosti, entre otros de los militares integrantes de las tres primeras juntas que gobernaron el pais, se encontraba agobiado por los recuerdos que volvian a el despues de seis anos de haber abandonado Argentina.

Tres dias antes su testimonio se vio frustrado por la emocion y la fatiga que ocasionadas por el viaje desde Charleston, su lugar de residencia en Estados Unidos, y los interrogatorios preliminares se hacian evidentes en el testigo.

Tambien en Abril, pero veintiseis anos atras, Robert Cox habia llegado a Sudamerica contratado por el periodico Buenos Aires Herald. Aqui se habia casado con una argentina con la que tuvo cinco hijos. Desde 1968 en que fue nombrado director del mismo diario trato de darle un perfil mas localista, las noticias ya no serian mas sobre Buckingham Palace o la Casa Blanca, los lectores de habla inglesa tambien se enterarian de lo que ocurria con la Triple A o con montoneros, y finalmente sobre la represion militsr.

La objetividad de sus notas editoriales que el diario reproducia en castellano en paginas interiores le valio el ser tildado de "comunista" por sectores de derecha o de "imperialista" por la izquierda. Las amenazas que llegaban al diario solian tenerlo como destinatario, su posicion conocida por el gobierno militar a traves del apoyo que el Herald brindo a organismos defensores de los derechos humanos lo puso en la mira del regimen junto con articulos de periodicos franceses y norteamericanos, sus notas sobre los efectos de la dictadura eran traducidos por prisioneros-desaparecidos en el campo de concentracion montado en la Escuela de Mecanica de la Armada.

La difusion que el diario hizo de la conferencia de prensa brindada por Montoneros en Roma en Abril provoco su arresto en Junio de 1976 en los calabozos de la Superintendencia de Seguridad Federal. Paradojicamente en el momento en que llegaron a la redaccion de la calle Azopardo, Cox escribia un editorial sobre la implementacion de la legalidad en las detenciones. Despues de su liberacion las presiones continuaron sobre su familia, en especial sobre su hijo Peter, la indefension de este y el resto de sus pequenos hijos lo llevo a la postergada decision de abandonar el pais en Diciembre de 1979.

Muchos de estos recuerdos, el clima de fiesta con que muchos sectores vivieron el golpe de 1976, la incomprension, el alejamiento de algunas de sus amistades por considerar su trato peligroso acompanaban a Robert John Cox en el momento en que desde el estrado de los testigos se referia al asesinato de los palotinos de Belgrano.

- "Con Pio Laghi nos reunimos en una habitacion en penumbras de la Nunciatura, nos sentamos muy cerca uno del otro junto a una mesa baja, estabamos los dos solos, Pio Laghi y yo, ambos teniamos la misma impresion, que esto no era un incidente aislado, sino que era una de las piezas del rompecabezas que iban cayendo en su lugar, por supuesto, el sabia mucho mas que yo...

Recuerdo cuales fueron sus palabras, me dijo "yo tengo que darle la hostia a Suarez Mason, puede imaginarse lo que siento como cura" hizo un gesto que no considero para repetir aqui, ante este tribunal y dijo "senti ganas de pegarle con el puno en la cara".

... No creo que en ese momento Pio Laghi supiera quien era el responsable, yo creo, no puedo jurarlo, ahora si sabe quien es el responsable y su critica, si esa fuera la palabra apropiada al General Suarez Mason, reflejaba su tristeza y horror frente a otros episodios que se habian producido. Y creo que el hacia responsable a Suarez Mason por cuanto estaba en el area bajo el comando de Suarez Mason..."

Balance

La pregunta durante estos anos ha resultado inevitable.

Por que?

No hay un respuesta claro ni unilateral. Fue un ataque destinado a silenciar a la Iglesia? O a sectores religiosos de izquierda?

La eleccion de un grupo de religiosos de una congregacion que no tenia un gran peso dentro de la Iglesia de Argentina, que no pertenecian como grupo a sectores de los mas avanzados, de los mas comprometidos.

La sorpresa de los integrantes de estos sectores al conocerse la masacre de los palotinos fue grande. Por que a ellos? Surgieron otras interpretaciones que intentaron contestar esta pregunta. Muchos quisieron ver en el hecho un error en la eleccion del blanco a atacar.

Para avalar esta hipotesis se han tenido en cuenta: la confusion de Rolando Savino al identificar a Emilio Neira y no a Emilio Barletti. La insostenible version acerca de un error de los asesinos al atacar a la comunidad palotina en lugar de la pasionista sin tener en cuenta que los documentos de las victimas se hallaban a los costados de los cadaveres.

La militancia de Emilio como causa del asesinato tampoco es verosimil si tenemos en cuenta las ultimas paginas del diario de Alfie Kelly "... Y mi muerte fisica sera como la de Cristo un instrumento misterioso, el mismo Espiritu ira a alguno de sus hijos, pedi para que fuese a Jorge y a Emilio..."

Las amenazas de muerte, los rumores y calumnias tenian a Alfie como protagonista y no al seminarista al que la logica (no del todo ausente en los operativos de la represion) hubiera convertido en un desaparecido mas.

Mas alla de las especulaciones, lo cierto es que a veinte anos de la madrugada del cuatro de julio de mil novecientos setenta y seis no se conocen con certeza absoluta a los autores del crimen, la Armada, el Ejercito, grupos parapoliciales. Las sombras siguen protegiendolos.

De ocho a diez hombres ejecutaron la masacre de San Patricio, cumpliendo sin duda las ordenes impartidas por otros hombres que contaron con la complicidad de otros mas.

Hasta el momento las sordas almohadas han sido las confidentes de las conciencias infectas, como cita el padre Ryan.

Pero ha sido definitorio el silencio de las Fuerzas Armadas, la ausencia de una investigacion cabal, la ley de Punto Final, para que la masacre de San Patricio sea una afrenta mas a la justicia...

Mientras tanto esos hombres, los asesinos caminan entre nosotros, comulgan entre nosotros.

Si el ultimo rehen de las Fuerzas Armadas ha sido la informacion reclamada a lo largo de los anos por organismos de Derechos Humanos, la justicia ha sido el primer rehen de la Democracia en Argentina.

Fuente: www.fivemartyrs.org


Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

University of Minnesota - Human Rights Library

Eduardo Kimel v. Argentina, Caso 720/00, Informe No. 5/04, Inter-Am. C.H.R., OEA/Ser.L/V/II.122 Doc. 5 rev. 1 en 132 (2004).

INFORME N° 5/04
PETICIÓN 720/00
ADMISIBILIDAD
EDUARDO KIMEL
ARGENTINA

24 de febrero de 2004

I. RESUMEN

1. El 6 de diciembre de 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la "Comisión Interamericana", la "Comisión" o "la CIDH") recibió una denuncia presentada por el "Centro de Estudios Legales y Sociales CELS" y el "Centro para la Justicia y el Derecho Internacional CEJIL" (en adelante "los peticionarios"), en contra de la República de Argentina (en adelante "el Estado", "el Gobierno" o "Argentina"). La petición se relaciona con la condena a un año de prisión en suspenso y al pago de una indemnización de veinte mil pesos dictada en contra del periodista y escritor Eduardo Kimel (en adelante "la víctima"), autor del libro "La Masacre de San Patricio". La condena fue impuesta dentro de un proceso penal por injurias promovido por un ex-juez criticado en el libro por su actuación en la investigación de una masacre cometida durante la época de la dictadura militar.

2. Los peticionarios sostienen que el Estado es responsable de la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la libertad de expresión, en relación con las obligaciones generales de respeto y garantía, y de adecuar la legislación interna, consagrados en los artículos 8, 13, 1(1) y 2, respectivamente, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo la "Convención" o la "Convención Americana").

3. Hasta el momento de elaboración del presente informe el Estado no había presentado argumento alguno en relación con la admisibilidad de esta denuncia.

4. La Comisión concluye en el presente informe, sin prejuzgar sobre el fondo de la cuestión, que la petición es admisible de conformidad con lo establecido por los artículos 46 y 47 de la Convención, y que continuará con el análisis respecto a las presuntas violaciones de los artículos 8, 13, 1(1) y 2 del mismo instrumento. La Comisión decide igualmente notificar esta decisión a las partes, publicarla e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.

II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN

5. Luego de la correspondiente revisión de la denuncia, la CIDH decidió acumularla al expediente de la petición N° 12.128 ("Verbitsky y otros"), ya en trámite, debido a la similitud de los hechos denunciados. Mediante comunicación del 2 de febrero de 2001, la Comisión informó a los peticionarios de la iniciación del trámite y envió las partes pertinentes de la denuncia al Estado como información adicional a la petición N° 12.128 que se encontraba sujeta a un proceso de solución amistosa. En dicha comunicación se concedió al Gobierno el plazo de 30 días para realizar cualquier observación que considerase oportuna en relación con la nueva información (denuncia a favor del Sr. Kimel) y explicara sobre el avance del procedimiento de solución amistosa adelantado en relación a la petición N° 12.128.

6. El 17 de abril de 2001 los peticionarios presentaron a la Comisión una comunicación en la que manifestaban formalmente su conformidad con la inclusión de este caso dentro del proceso de solución amistosa ya iniciado, sin perjuicio de lo cual solicitaban que dentro del mismo se analizara las particularidades de la petición relativa a la situación de Eduardo Kimel, tanto en sus aspectos penales como civiles.

7. El 30 de julio de 2001 el Estado presentó una comunicación a la CIDH en el marco del trámite de solución amistosa de la petición N° 12.128, remitiendo copia de un proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación, con el propósito de reformar las disposiciones contenidas en los Códigos Civil y Penal de la Nación en relación a los delitos de injurias y calumnias, para adaptarlas al propósito y fin de la Convención Americana. Dicha comunicación fue trasmitida a los peticionarios el 16 de agosto de 2001 concediéndoles el plazo de un mes para presentar observaciones.

8. El 27 de septiembre de 2001 los peticionarios remitieron una nota a la Secretaría Ejecutiva refiriéndose al proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación, con el propósito de reformar las disposiciones contenidas en los Códigos Civil y Penal de la Nación en relación a los delitos de injurias y calumnias. Las partes pertinentes de dicha comunicación fueron puestas en conocimiento del Estado el 12 de octubre de 2001 otorgándole el plazo de un mes para que presentara la información que considerase pertinente al respecto.

9. A pedido de los peticionarios la Comisión convocó a las partes a una reunión de trabajo que se llevó a cabo el día 15 de noviembre del 2001, en el marco del 113° periodo de sesiones de la CIDH. En el transcurso de la referida reunión las partes dialogaron sobre la necesidad de que el Estado definiera su posición respecto a la posibilidad de tratar el caso Kimel en un proceso de solución amistosa. Asimismo el tema del proyecto de ley también fue tratado en una reunión que se realizó durante la visita de trabajo llevada a cabo por el Relator del país en julio de 2002.

10. A través de una comunicación de fecha 15 de agosto de 2002 los peticionarios solicitaron a la Comisión que requiriera al Estado información actualizada sobre el trámite otorgado al anteproyecto legislativo de reformas al Código Civil y Código Penal.

11. La Comisión convocó a las partes a una nueva reunión de trabajo, celebrada el 18 de octubre de 2002, en el marco del 116° período de sesiones de la CIDH. En esta ocasión el Estado informó sobre el trámite del proyecto de ley, y manifestó que, por las particularidades de la petición relativa al Sr. Kimel, no sería factible lograr su resolución integra en el proceso de solución amistosa entablado respecto del denominado "caso Verbitsky".

12. El 27 de noviembre de 2002 la Comisión recibió una comunicación de los peticionarios solicitando que se declarara la admisibilidad de la denuncia presentada en favor del Sr. Kimel, en virtud de que habían vencido los plazos establecidos por el artículo 30 del Reglamento de la Comisión para que el Estado presentara sus observaciones u objeciones a la admisibilidad de la petición en cuestión. La CIDH trasladó las partes pertinentes de dicho memorial al Estado mediante nota del 5 de febrero de 2003.

13. La Comisión convocó a las partes a una nueva reunión de trabajo, que se llevó a cabo el 28 de febrero de 2003 en el curso del 117° periodo de sesiones. La reunión tenía por objeto actualizar el estado de las negociaciones en el proceso de solución amistosa de la petición N° 12.128, y definir como se desarrollaría la tramitación de dicho caso y de la denuncia relativa a la situación del Sr. Kimel.

14. El 17 de marzo de 2003 el Estado solicitó una prórroga de 30 días para enviar su respuesta a la última presentación de los peticionarios, la que finalmente remitió el 16 de abril de 2003, dentro del trámite de la petición 12.128 ("Verbitsky y otros"). (El 27 de mayo de 2003 los peticionarios informaron a la Comisión que, con base en la falta de avances en la tramitación del proyecto de ley, las conversaciones conducentes a alcanzar un acuerdo de solución amistosa en relación a la petición N° 12.128 se habían suspendido definitivamente).

15. A través de comunicación del 26 de noviembre de 2003 la Comisión formalizó el desglosamiento de la petición relativa al Sr. Kimel del trámite de la denuncia N° 12.128 ("Verbitsky y otros"), e informó a las partes que su trámite continuaría bajo el número P720/2000. En la misma comunicación la Comisión informó a las partes que daba por concluido el proceso de solución amistosa, en vista de la falta de resultados en el mismo, otorgándoles el plazo de un mes para que presentaran sus observaciones adicionales sobre la admisibilidad tanto de la petición 720/2000 como de la petición 12.128. Los peticionarios contestaron reiterando su solicitud de que se declarara admisible el caso. El Gobierno por su parte no contestó.

III. POSICIÓN DE LAS PARTES

A. Posición de los Peticionarios

16. De acuerdo con la denuncia el periodista Eduardo Gabriel Kimel fue condenado a la pena de un año de prisión en suspenso y al pago de veinte mil pesos en concepto de indemnización por daño moral, en virtud de la sentencia pronunciada el 25 de septiembre de 1995 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 8 de Buenos Aires, dentro de la causa N° 2564 del registro de dicha judicatura, en la que se le declaró autor responsable del delito de injurias al tenor de lo dispuesto por el articulo 110 del Código Penal[1].

17. Según la petición, el proceso penal contra Kimel se inició en virtud de una querella promovida el 28 de octubre de 1991 por Guillermo Federico Rivarola, cuyo nombre había sido mencionado en una publicación de autoría de la presunta víctima titulada "La Masacre de San Patricio". El libro publicado en 1989 relata el asesinato de cinco religiosos de la comunidad católica palotina del barrio de Belgrano, Buenos Aires, hecho ocurrido el 4 de julio de 1976, durante la dictadura militar; y critica la actuación de las autoridades encargadas de la investigación de los crímenes, entre ellas el entonces juez Guillermo Federico Rivarola, en los siguientes términos:

"El juez Rivarola realizó todos los trámites inherentes. Acopió los partes policiales con las primeras informaciones, solicitó y obtuvo las pericias forenses y las balísticas. Hizo comparecer a una buena parte de las personas que podían aportar datos para el esclarecimiento. Sin embargo, la lectura de las fojas judiciales conduce a una primera pregunta: ¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios? La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto."[2]

18. Los peticionarios alegan que la sentencia de primera instancia fue revocada el 19 de noviembre de 1996 por la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que absolvió a Eduardo Kimel bajo el argumento de que las manifestaciones en disputa eran juicios de valor que no podían asimilarse a la falsa imputación de un delito concreto a una persona determinada que diera motivo a una acción pública. La Cámara de Apelaciones llegó a la conclusión de que el señor Kimel ejerció su legítimo derecho a informar de manera no abusiva, sin intención de lesionar el honor del Dr. Rivarola; y resaltó que "quienes ejerce[n] una función pública, esta[n] expuestos a la crítica de la prensa sobre [su] desempeño."

19. Según sostienen los peticionarios el 22 de diciembre de 1998, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, haciendo lugar a un recurso extraordinario[3] interpuesto por el querellante revocó la sentencia absolutoria dictada por la Cámara de Apelaciones y dispuso que las actuaciones volvieran a la instancia de origen para que se dictara un nuevo fallo con arreglo a lo expuesto en su sentencia. Concretamente, el máximo tribunal consideró que: "[...] carecen de sustento los argumentos expuestos por los jueces que suscribieron la absolución tendiente a establecer la atipicidad de la calumnia [...] pues únicamente de una lectura fragmentada y aislada del texto incriminatorio puede decirse –como lo hace el a quo- que la imputación delictiva no se dirige al querellante."

20. Los peticionarios afirman que la Cámara de Apelaciones dictó una nueva sentencia el 17 de marzo de 1999, confirmando la condena a un año de prisión en suspenso y al pago de veinte mil pesos como indemnización en contra de Eduardo Kimel, modificando la calificación legal del hecho como delito de calumnias de conformidad con lo dispuesto por el articulo 109 del Código Penal[4].

21. La denuncia señala que contra la nueva sentencia pronunciada por la Cámara de Apelaciones, la presunta victima interpuso un recurso extraordinario y posteriormente un recurso de queja rechazado in limine por la Corte Suprema de Justicia el 14 de septiembre de 2000, con lo cual la condena quedó firme.

22. Los peticionarios alegan que el Estado ha violado el derecho a la libertad de expresión contemplado por el artículo 13 de la Convención, porque la imposición de una condena a prisión por el delito de calumnias disuade la crítica a los funcionarios del Estado y en consecuencia impide el acceso de la sociedad a información importante sobre el desempeño de sus autoridades. En opinión de los peticionarios la sanción penal contra un periodista tiene un efecto intimidatorio que promueve la autocensura.

23. Los peticionarios sostienen además que Argentina ha violado el derecho a las garantías judiciales del Sr. Eduardo Kimel porque los tribunales que le juzgaron carecían del atributo de imparcialidad exigido por la Convención Americana, lo que se puso de manifiesto a través de una reacción corporativa frente a la crítica a un miembro de la función judicial.

24. Por último, los peticionarios alegan que el Estado ha incumplido con sus obligaciones bajo el Artículo 2 de la Convención Americana, al aplicar en este caso particular los artículos 109 y 110 del Código Penal de la Nación que penalizan las manifestaciones o expresiones criticas relativas a funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, de manera similar a las leyes de desacato ya derogadas en Argentina.

B. El Estado

25. El Estado a su vez comunicó a la Comisión que a partir del 6 de julio de 2001 se encontraba en estudio un proyecto de ley para reformar las disposiciones del Código Penal y del Código Civil relativas a injurias y calumnias en perjuicio de funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. Sin embargo, de acuerdo con la información proporcionada en varias oportunidades, inclusive durante las reuniones de trabajo, el proyecto quedó en suspenso, sin un avance definitivo.

26. En su presentación de fecha 16 de abril de 2003, el Estado expresó, refiriéndose al requerimiento de los peticionarios en el sentido de que se declarara la admisibilidad de la denuncia presentada en favor del Sr. Kimel en virtud de que habían vencido los plazos establecidos por el artículo 30 del Reglamento de la Comisión para que el Estado presentara sus observaciones u objeciones a la admisibilidad de la petición en cuestión, que la comunicación inicial de la Comisión, de fecha 2 de febrero de 2001 no especificaba a cual de las distintas denuncias consolidadas bajo el numero de registro N° 12.128 se referían los reclamantes lo que hubiera permitido al Estado remitir sus observaciones. Asimismo, sostuvo que no hubo silencio de su parte frente a la denuncia del Sr. Kimel ya que la misma constituía parte integrante de la petición N° 12.128, la cual se encontraba sujeta a un procedimiento de solución amistosa carente de plazos de naturaleza procedimental en sentido estricto.

27. En la comunicación antes referida el Estado expresó también que no había recibido ningún pronunciamiento formalmente oficializado que permitiera afirmar, sin duda alguna, el desglose de la denuncia relativa al Sr. Kimel del proceso de solución amistosa llevado a cabo en el denominado "caso Verbitsky". En consecuencia, consideró que las alegaciones relativas a su supuesta falta de contestación debían ser rechazadas.

28. Una vez formalizado el desglose de la petición 720/2000 relativa a la situación del Sr. Kimel, el Estado no emitió pronunciamiento alguno en relación con las pretensiones de los peticionarios o la admisibilidad de la denuncia.

IV. Análisis de Admisibilidad

A. Competencia de la Comisión ratione personae, ratione materiae, ratione temporis y ratione loci

29. Los peticionarios se encuentran facultados, en principio, por el artículo 44 de la Convención Americana para presentar denuncias ante la CIDH. La petición señala como presunta víctima a una persona individual, respecto a quien el Estado se comprometió a respetar y garantizar los derechos consagrados en la Convención Americana. En lo concerniente al Estado, la Comisión señala que Argentina es un Estado parte en la Convención Americana desde el 5 de septiembre de 1984, fecha en que depositó su instrumento de ratificación. Por lo tanto la Comisión tiene competencia ratione personae para examinar la petición.

30. La Comisión tiene competencia ratione loci para conocer la petición, por cuanto en ella se alegan violaciones de derechos protegidos en la Convención Americana que habrían tenido lugar dentro del territorio de un Estado parte en dicho tratado. La CIDH tiene competencia ratione temporis por cuanto la obligación de respetar y garantizar los derechos protegidos en la Convención Americana ya se encontraba en vigor para el Estado en la fecha en que habrían ocurrido los hechos alegados en la petición. Finalmente la Comisión tiene competencia ratione materiae, porque en la petición se denuncian violaciones a derechos humanos protegidos por la Convención Americana.

B. Requisitos de admisibilidad

a. Agotamiento de los recursos internos

31. El artículo 46(1)(a) de la Convención Americana establece que la admisibilidad de una determinada petición depende directamente de "que se hayan interpuesto y agotado los recursos de jurisdicción interna, conforme a los principios de Derecho Internacional generalmente reconocidos"[5]. Tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte"), como la Comisión han sostenido en reiteradas oportunidades que "[…] según los principios del Derecho Internacional generalmente reconocidos y la práctica internacional, la regla que exige el previo agotamiento de los recursos internos está concebida en interés del Estado, pues busca dispensarlo de responder ante un órgano internacional por actos que se le imputen, antes de haber tenido la ocasión de remediarlos con sus propios medios".[6] Asimismo, la Corte ha establecido que para que la excepción de falta de agotamiento de los recursos de jurisdicción interna sea opuesta en forma válida, ésta debe ser oportuna y que a tal efecto debe ser planteada en las primeras etapas del procedimiento ante la Comisión, de lo contrario corresponde presumir la renuncia tácita del Estado interesado.[7]

32. En la especie, los peticionarios han acreditado que el 14 de septiembre de 2000 la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja interpuesto por la defensa del Sr. Kimel contra la sentencia condenatoria pronunciada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Capital Federal de fecha 17 de marzo de 1999, con lo que los recursos de jurisdicción interna quedaron agotados.

33. Por otra parte, aunque en su comunicación de fecha 16 de abril de 2003 el Estado defendió su derecho a objetar la admisibilidad de la denuncia, hasta el momento no ha refutado de modo alguno los alegatos de los peticionarios en el sentido de que los recursos de jurisdicción interna se encuentran agotados.

34. En consecuencia, la Comisión considera que los recursos idóneos relacionados con las violaciones alegadas fueron debidamente agotados.

b. Plazo de Presentación

35. El artículo 46(1)(b) de la Convención establece que para que la petición pueda ser declarada admisible, es necesario que se haya presentado en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que el interesado fue notificado con la decisión final a nivel de la jurisdicción interna. Esta regla garantiza certeza legal y estabilidad una vez que ha sido adoptada una decisión.

36. En el presente caso, la Comisión observa que la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto al recurso de queja interpuesto por la defensa del Sr. Kimel contra la sentencia condenatoria pronunciada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Capital Federal, fue notificada a la presunta víctima el 19 de septiembre de 2000, por lo que la petición recibida por la Secretaría Ejecutiva de la CIDH el 6 de diciembre de 2000, fue presentada en forma oportuna y se encuentra satisfecho el requisito establecido por el artículo 46(1)(b) de la Convención Americana.

c. Duplicación de procedimientos y cosa juzgada internacionales

37. Del expediente no se desprende que la materia de la petición se encuentre pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional, ni que consista en la reproducción de una petición ya examinada por éste u otro órgano internacional. En consecuencia, los requisitos establecidos por los artículos 46(1)(c) y 47(d) de la Convención, se encuentran reunidos.

d. Caracterización de los hechos aducidos

38. La Comisión considera que las alegaciones de los peticionarios relativas a la supuesta violación de sus derechos a las garantías judiciales y a la libertad de pensamiento y expresión, de ser comprobadas, pudieran caracterizar una violación de los derechos garantizados por los artículos 8 y 13 de la Convención en relación con los artículos 1(1) y 2 del mismo instrumento. Por otra parte, no se evidencia la falta de fundamento o improcedencia en el reclamo presentado. En consecuencia, la Comisión considera satisfechos los requisitos establecidos por el artículo 47(b) y (c) de la Convención Americana.

39. Adicionalmente, a pesar de que los peticionarios no lo han alegado en forma expresa, la Comisión, en aplicación del principio iura novit curia, que obliga a los organismos internacionales a aplicar todas las disposiciones jurídicas pertinentes, aunque no hayan sido invocadas por las partes,[8] evaluará los hechos alegados a la luz del artículo 25 de la Convención Americana, que establece el derecho a la protección judicial, en la medida que pueda ser pertinente.

V. CONCLUSIÓN

40. La Comisión concluye que tiene competencia para conocer de este caso y que la petición es admisible, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 y 47 de la Convención Americana.

41. Con fundamento en los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, y sin prejuzgar sobre el fondo de la cuestión,

LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,

DECIDE:

1. Declarar admisible el presente caso respecto de las presuntas violaciones de los artículos 8 y 13, en relación con los artículos 1(1) y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2. Notificar al Estado y a los peticionarios de esta decisión.

3. Continuar el análisis de los méritos del caso.

4. Publicar esta decisión e incluirla en el Informe Anual de la CIDH a la Asamblea General de la OEA.

Dado y firmado en la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la Ciudad de Washington, D.C., a los 24 días del mes de febrero de 2004. (Firmado): José Zalaquett, Presidente; Clare K. Roberts, Primer Vicepresidente; Susana Villarán; Segunda Vicepresidenta; Comisionados Evelio Fernández Arévalos, Paulo Sergio Pinheiro, Freddy Gutiérrez Trejo y Florentín Meléndez.

Notas
[1] La norma en cuestión dispone: El que deshonrare o desacreditare a otro, será reprimido con multa de mil quinientos pesos a noventa mil pesos o prisión de un mes a un año.
[2] Eduardo Kimel, La Masacre de San Patricio, Ediciones LOHLÉ-LUMEN, 1995, página 125.
[3] De acuerdo con el artículo 14 de la ley 48 el recurso extraordinario federal es una apelación que se interpone para ante la Corte Suprema de Justicia una vez que el proceso de que se trate ha fenecido en la jurisdicción provincial.
[4] La norma en cuestión establece: La calumnia o falsa imputación de un delito que dé lugar a la acción pública, será reprimida con prisión de uno a tres años.
[5] Véase, Corte IDH, Excepciones al Agotamiento de los Recursos Internos (artículo 46(1), 46(2)(a) y 46(2)(b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-11/90 del 10 de agosto de 1990, Ser. A Nº 11, párrafo 17.
[6] Véase, Corte IDH, Decisión del Asunto Viviana Gallardo y Otras del 13 de Noviembre de 1981, Ser. A N° G 101/81, párrafo 26.
[7] Véase por ejemplo, Corte IDH, Caso Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, Excepciones Preliminares, Sentencia del 1º de febrero de 2000, Serie C N° 66, párrafos 53 y 54.
[8] PCIJ, Caso Lotus, Sentencia del 7 de septiembre de 1927, Serie A N° 10, página 31.

Fuente: http://www1.umn.edu/humanrts/cases/S5-04.html


Denunciar a un juez puede salir caro

Nota relacionada: El Estado deberá anular la condena al peridista Eduardo Kimel

Por Carlos Alberto López De Belva (*)

Señor Director de Página 12

En su edición del día 5 de enero pasado, el prestigioso diario que usted dirige, publicó una "Carta abierta de los Palotinos a Eduardo Kimel, periodista", en la que la Comunidad Palotina de la Delegación Irlandesa deplora la condena al periodista y escritor, a quien promovió una causa criminal un miembro del Poder Judicial, que se sintió ofendido por expresiones del autor de "La masacre de San Patricio", con las que acordaron muchísimos hombres de prensa y de leyes. La Corte Suprema ratificó una condena a 1 año de prisión en suspenso y a abonar una indemnización de 20 mil pesos. Sobre este caso me ocupé en diversas oportunidades ya sea como abogado, ya sea como periodista, entrevistando a Eduardo y a su abogada, la actual Defensora del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Alicia Oliveira. Kimel sabe de mi solidaridad y de mi preocupación por lo horroroso de su situación. No dudo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hará que el Estado Argentino repare esta afrenta a la libertad de expresión. La carta en cuestión se enmarca en lo religioso. Yo quisiera opinar desde lo jurídico en general y desde los derechos humanos en particular. La Constitución Argentina y los Tratados de Derechos Humanos que a ella se integraron en 1.994 imponen al Estado Argentino asegurar a los habitantes de este país una justicia idónea, imparcial e independiente. Esa garantía dista mucho de ser una realidad y en eso discrepo con la carta de los Palotinos que se refieren a "La Justicia, tan esencial y honorable institución en nuestra sociedad argentina". Las encuestas de opinión demuestran que esa sociedad argentina piensa de muy distinto modo. Sostengo que cuando un ciudadano es demandado por un Juez, no debe ser juzgado por jueces sino por tribunales integrados por conjueces. De otro modo, carecerá de una justicia imparcial e independiente, aunque tal vez sea idónea. No dudo que existen muchos jueces que reúnen esas tres características. Pero, cuando un asunto puede ser del interés de un Juez - aunque sea indirecto - debe excusarse. Y cuando un ciudadano es demandado por haber cuestionado la actuación de un Juez, cualquier juez tiene el interés - aunque sea indirecto - de condenarlo, porque de esa manera se cercena el derecho de crítica y se habilita una fuente de ingresos extra. Con mi socio y colega Arturo Podestá, a fines de 1.990 promovimos un Jurado de Enjuiciamiento contra varios jueces civiles de San Martín. El procedimiento de investigación de las irregularidades que denunciábamos jamás se abrió. Existieron razones políticas y reacciones corporativas que dieron motivo a una denuncia contra el Estado Argentino ante la CIDH que el organismo declaró admisible el 7 de marzo de 2.000. Dos de los jueces denunciados también se sintieron ofendidos como Rivarola (se trata de los ex camaristas de San Martín Héctor Olcese y Adolfo Segundo Uhart) y nos demandaron por daño moral y daño síquico. El Juez Civil de La Plata Alberto Edmundo Rezzónico, a cargo del Juzgado N° 1, a fines de diciembre de 2.000 nos ha condenado a abonar a los jueces acusados 50 y 40 mil pesos respectivamente, que con sus intereses y costas, puede llegar a un importe total de 300 mil pesos. Esta condena, sumada a otros graves hechos que obran en conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, forman parte de lo que hemos denunciado como una persecución. No quiero hacer comparaciones con el caso de Eduardo, a quien considero mi amigo; pero, quiero destacar que litigar contra jueces puede ser muy peligroso y muy caro, si entre todos no hacemos algo para que el Estado Argentino asegure a todos los habitantes de su suelo una justicia idónea, imparcial e independiente, como elemento imprescindible para consolidar nuestro sistema democrático, en el que las críticas a los funcionarios no deben ser objeto de condenas de prisión ni dinerarias, salvo casos muy excepcionales (real malicia). Para ello, será imprescindible que los abogados tomen ejemplo de los periodistas y, sin pretender sentimiento corporativo alguno, cumplan la disposición legal que les obliga a acompañar al colega que - con fundadas razones - promueve un jury. Digo esto sin perjuicio del apoyo institucional que hemos recibido de las más prestigiosas instituciones de abogados del país y algunas internacionales y de muchos organismos de derechos humanos, que se han expresado incluso ante la CIDH..-

(*) Secretario de la Comisión de Derechos Humanos de la Asociación de Abogados de Buenos Aires

Fuente: www.abogarte.com.ar


La responsabilidad de los jueces, la democracia y la impunidad

Por Carlos Alberto López De Belva

"Creo que si alguien tiene una deuda con los derechos humanos, es el Poder Judicial".

Aunque sea una obviedad, ya muchas veces esta verdad ha sido dicha, pero nunca será demasiado repetirla: la justicia es un derecho humano.
Es impensable un estado de derecho sin un Poder Judicial idóneo, imparcial e independiente que vele por el cumplimiento y la efectiva vigencia de los derechos humanos. Ese Poder, como parte del Estado, es responsable por las violaciones a esos derechos, más allá que ante los organismos regionales sea el Estado el que debe afrontar las denuncias. Las violaciones a los derechos humanos operadas durante el Terrorismo de Estado no fueron impedidas por el Poder Judicial; más aún, en algunos casos hombres de la justicia fueron cómplices, por acción u omisión. En estos días el Consejo de la Magistratura está analizando la conducta de un Juez santafecino acusado por algunos sobrevivientes de haber asistido a interrogatorios bajo tortura durante la última dictadura. Un juez cordobés, en el marco de la investigación de los delitos contra la humanidad cometidos en el ámbito del Tercer Cuerpo, no sólo reivindicó el accionar terrorista del Estado sino que se opone a ser citado como testigo con el falaz – hoy por hoy – argumento de que "los jueces hablan sólo por sus sentencias".
Los jueces son los únicos funcionarios del Estado que gozan de estabilidad mientras dure su buena conducta. No rinden cuenta de sus actos ni deben revalidar títulos. No acceden a sus cargos por elección popular y son bastante ajenos al reproche social, más allá del espacio alarmante que en los últimos tiempos ocupa la justicia en los medios de prensa. La inmunidad de los magistrados es un atributo que el Estado de derecho democrático les asigna, junto con la inamovilidad de sus remuneraciones, para asegurar su independencia. Pero, si los órganos encargados de evaluar su conducta fallan, como ha venido siendo una constante en nuestro país, la inmunidad se convierte en impunidad. Habrá de verse si con el Consejo de la Magistratura las cosas cambian, más allá de que durante las Terceras Jornadas Nacionales de Defensa del Abogado realizadas recientemente por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, se denunció que las causas disciplinarias ingresan por Presidencia (la que es ejercida por el Presidente de la Corte Suprema) y son "cajoneadas".
La independencia de los jueces es una garantía para el magistrado y para los justiciables. Los ataques más conocidos a esa independencia son los que provienen del poder político; pero, no son ni las únicas ni las más graves. En efecto, las presiones corporativas, las que surgen del propio cuerpo – la "familia judicial" – suelen ser más sutiles y al mismo tiempo más irresistibles.
Es obvio que durante el terrorismo de Estado los jueces estuvieron sometidos a fuertes presiones. También los abogados fueron perseguidos. Sin embargo, bastante más de cien abogados figuran entre los detenidos desaparecidos y no han padecido igual suerte los jueces. No se pretenden actos de heroísmo; pero, el coraje cívico sí puede exigirse de quienes tienen por obligación principal, administrar justicia. En la disyuntiva entre jurar por un estatuto y renunciar, el alejamiento del cargo pareciera lo mas digno.
"En América Latina todavía subsisten graves problemas de violaciones a los derechos humanos, injusticia social, corrupción administrativa, deficiencia de las instituciones del Estado, como el Poder Judicial, por ejemplo".
La responsabilidad de los jueces por acción u omisión, por las violaciones cometidas durante el terrorismo de Estado no ha sido sometida a juzgamiento. En cambio, los represores, aunque de modo acotado, sí lo fueron. Lamentablemente las leyes de punto final y obediencia debida, primero, y los indultos presidenciales después, instalaron una especie de cultura de la impunidad.
En minoría, el integrante del Jurado de Enjuiciamiento Ravena, en ocasión de pronunciarse en la causa "M,A.N." (La Plata 8-VI-88), sostuvo que "Las características que tuvo el Proceso de Reorganización Nacional reclamaban de quienes tenían la ineludible responsabilidad de hacer justicia, que hubieran aumentado en celo puesto en las causas bajo su competencia y mas aún en las que tenían vinculación con la represión ilegal".
La finalidad de este trabajo es analizar esa responsabilidad de los magistrados; pero, para que sea una herramienta útil de trabajo, nos parece insoslayable tratar el tema dentro del estudio de la responsabilidad en general, para no quedarnos en lo histórico y tener un enfoque que sirva para la tarea cotidiana.
La primera sorpresa con que va a tropezar quien quiera abordar el tema de la responsabilidad de los jueces, es el criterio restrictivo que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha impuesto al juzgamiento del error judicial. No parece casual que uno de los delitos menos sancionado sea el prevaricato. No parece que la garantía de acceso a la jurisdicción idónea, imparcial e independiente se satisfaga cuando jueces juzgan a jueces. Y esto parece un juego de palabras, es una realidad que me ha tocado vivir. He tenido oportunidad de advertir manifestaciones corporativas de algunos sectores de la justicia de la Provincia de Buenos Aires, que llamarían la atención a quien las conociera.
Por alguna razón es poca la jurisprudencia y bastante la doctrinaria. Me ha sorprendido que una obra reciente haya dedicado tres capítulos al tema.
El enunciado de la responsabilidad de los jueces por actos de acción u omisión relacionados con el terrorismo de Estado aparece como una obviedad. La Constitución Nacional y los Tratados de aplicación obligatoria en nuestro país, aseguran una serie de garantías judiciales como el debido proceso, la defensa en juicio, la garantía de acceso a una jurisdicción idónea, imparcial e independiente, etc. Son los jueces, en última instancia, los funcionarios del Estado responsables de que esos derechos y garantías se respeten y están obligados a imponer su autoridad para los casos de violaciones por parte de particulares o del Estado del que forman parte.
De manera simplista y tal vez ingenua, se podría afirmar que no hubieran existido en Argentina violaciones a los derechos humanos si los jueces hubieran cumplido su obligación. Semejante aserto sería absurdo, aunque deseable. Sin embargo, los jueces algo debieran haber hecho, algo más. Ante la promoción de un habeas corpus no alcanza con librar los oficios de práctica que eran contestados con impresos.
Para el futuro los jueces que hayan incurrido en acciones u omisiones cómplices se deberían ver privados de acceder a puestos públicos por imperio de la Constitución Nacional art° 36. Debieran también ser sometidos a juzgamiento por incumplimiento de los deberes a su cargo y los delitos que pudieren haber cometido, prevaricato entre otros. Y, sin perjuicio de la responsabilidad genérica del Estado, responder con su propio patrimonio, de modo tal que la carga no deba ser soportada por la sociedad en su conjunto. En estas situaciones límite pareciera no presentar mayores problemas la cuestión de la responsabilidad de los magistrados. Sin embargo, por algunas razones, no se ha procedido a un adecuado juzgamiento de los encargados de juzgar. En cambio, existe un caso alarmante, digamos, en sentido contrario. El escritor y periodista Eduardo Kimel escribió un libro sobre la masacre de los curas palotinos en la Iglesia de San Patricio haciendo alusión a la actividad de los jueces durante el Terrorismo de Estado. El camarista penal Rodolfo Rivarola se sintió ofendido, lo demandó y triunfó en su acción. Con ello, el único personaje condenado por la masacre es el periodista que la investigó. Sí en cambio hubo – al recuperarse la democracia – componendas y repartos de cargos que más daño ocasionaron al Poder Judicial y a su imagen en una sociedad que descree de él. Hubiera sido saludable para la sociedad argentina que en relación a aquellos jueces que no fueron confirmados en sus cargos se hubieran informado las razones.
Si tomamos la jurisprudencia de la Corte Suprema en torno al error judicial podemos llegar a alarmarnos y desistir de nuestra intención de demandar por daños y perjuicios a un juez que se ha apartado de aplicar el derecho vigente al caso concreto. Se exige como primer requisito que el acto generador del daño haya sido declarado nulo o que exista un pronunciamiento judicial declarando su irregularidad. Para quien conozca nuestra realidad actual en estos temas de la justicia no será difícil suponer las escasas posibilidades de que esto ocurra. Es que – insisto – cuando un juez es parte es sano que sus colegas se aparten de entender en el asunto. Las normas procesales imponen que un magistrado se excuse cuando tenga un interés aunque sea indirecto. La Constitución Nacional asegura el debido proceso. La Convención Americana de Derechos Humanos garantiza una jurisdicción idónea, imparcial e independiente.
Las pretensiones de este trabajo no exceden al llamado de atención para que los abogados tomemos conciencia de la poderosa herramienta que ha incorporado la reforma de la Constitución Nacional en 1.994 y que no nos ocultemos ni permitamos que lo hagan los jueces, detrás de las normas adjetivas o sustantivas y que exijamos la aplicación de las garantías judiciales que aseguran la Constitución y los Tratados de Derechos Humanos que tienen su misma jerarquía conforme prevé el art° 75, inc. 22. Esas normas que son de aplicación obligatoria para los jueces argentinos y, naturalmente, para la Corte Suprema, no autorizan imponer tantos requisitos y exigencias para sancionar la responsabilidad cuando el agente dañador es un miembro de las filas del Poder Judicial.
Con acierto señala Mirta Noemí Agüero que curiosamente, es en el ámbito del Poder Judicial donde se sustrae al Estado del sometimiento al Derecho. Agrega que por imperativo constitucional, en el orden nacional para poder demandar al juez éste debe ser desaforado, haber renunciado o estar jubilado. Esto, desde mi punto de vista y a partir de mi experiencia profesional, implica un inadmisible privilegio a favor de los magistrados que cuando demandan a un particular o a un abogado – y existen muchos más casos de los que se cree – no sólo no renuncian sino que su cargo les da una inocultable ventaja sobre su adversario. Y para seguir, aunque no sea lo más adecuado del punto de vista metodológico, con la autora que citamos, en lo que hace a la prescripción afirma que el plazo comienza a correr desde que el acto dañoso provocado en sede judicial es anulado o señalado el error y la providencia es notificada al damnificado, lo que parece acertado. O desde que el sujeto dañado conoce el acto, lo que es peligroso porque conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema para que exista error judicial indemnizable el acto debe ser desvirtuado por otro pronunciamiento judicial.
La CSJN ha tenido una doctrina zigzagueante en materia de prescripción y en algunos casos francamente violatoria no solo de las normas del Código Civil y la Constitución Nacional. Sino del sentido común y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Así por ejemplo, ha considerado prescritas acciones por personas que sufrieron daños durante el Terrorismo de Estado porque no habían promovido las acciones dentro del plazo de dos años, aunque este plazo hubiera vencido durante el mismo periodo de nuestra historia. Lo cierto, es que la doctrina que corresponde aplicar es la de la dispensa de la prescripción del art° 3.980 del Código Civil y que el plazo de seis meses comience a correr desde que cesó el impedimento, nunca antes del 10 de diciembre de 1.983.
Para hacer efectiva la responsabilidad de los jueces o del Estado por la actividad judicial afirma, en mi criterio con acierto, que no es necesario el dictado de ninguna norma especial. En cambio, Gisela G. Zenere y Eduardo Belforte en la obra publicada en ocasión del anterior Congreso Internacional de Derecho de Daños consideran necesaria esa ley. Recuerdan que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 14 punto 6 obliga al Estado a indemnizar el error judicial. La Convención Americana en su art° 10 establece similar obligación. La cuestión presenta dificultades ya que se requiere sentencia firme y que haya sido revocada. En cuanto a la Convención, al adherir el Estado Argentino lo hizo con la reserva de que el error haya sido reconocido por sentencia dictada por los tribunales nacionales.
Tenemos así una aproximación a la idea que intento expresar aquí, en el sentido de que los abogados debemos incorporar el punto de vista del Derecho Internacional de los Derechos Humanos a las acciones por daños y perjuicios ocasionados por el Estado a través de su Poder Judicial. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibe cada vez más denuncias contra Argentina por violaciones al debido proceso legal. Este hecho que ya era conocido acaba de ser reconocido por el Presidente del organismo regional y relator para Argentina Robert Goldman en su intervención en las Terceras Jornadas Nacionales de Defensa del Abogado. La jurisprudencia restrictiva de la Corte puede flexibilizarse si se logra que las acciones y denuncias ante la Comisión Interamericana y las de ésta ante la Corte Interamericana obliguen al Estado Argentino en el marco del art° 1 de la Convención.
En la obra publicada en ocasión del V Congreso Internacional de Derecho de Daños el jurista brasileño Ruy Rosado de Aguiar (Jr.) desarrolla interesantes conceptos en punto a la subordinación del juez al Estado democrático y a la responsabilidad social de los magistrados, por lo que me permito recomendar su consulta. Concluye que el Estado democrático no se realiza por la previsión de la ley sino por el compromiso de los ciudadanos, principalmente de los que ejercen el poder público; entre ellos, los jueces a quienes exige un renovado permanentemente compromiso personal. Me permito agregar que los abogados debemos aportar nuestro compromiso en la misión de contralor de la labor judicial y de que los organismos respectivos, hoy el Consejo de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento, no frustren las expectativas que despertó su inclusión en la reforma de Santa Fe y que no se si a la fecha conservan toda su lozanía. No tengo dudas de que al derecho de daños le está faltando la óptica y militancia del derecho internacional de los derechos humanos para quebrar la resistencia que avanza cada vez más en materia de indemnizaciones que hace que, para favorecer al modelo, sean cada vez más deshumanizadas, inequitativas y mezquinas. La tarea de promover acciones de denuncia ante los organismos internacionales no es sencilla. La jurisprudencia también allí se ha hecho restrictiva, fundamentalmente porque algunos planteamientos erróneos y el cúmulo de acciones han dado nacimiento a la teoría de la "cuarta instancia" que ha motivado el rechazo de numerosas presentaciones. Es necesario ser muy cuidadoso en la presentación del caso y no ceder a la tentación de fundarlo en violaciones al derecho interno ya que lo que quiere la Comisión es que las peticionen encuadren en violaciones a la Convención y la practica diaria enseña que esas violaciones se producen permanentemente por aquellos funcionarios del Estado cuya misión es impedirlas: los jueces argentinos.-

Fuente: www.abogarte.com.ar


Proceso de canonización de los cinco mártires

Los santos mártires de la Masacre de San Patricio

"Juntos vivieron, juntos murieron. Que todos sean uno para que el mundo crea". El arzobispo de Buenos Aires, cardenal Jorge Bergoglio, autorizó el inicio del proceso de canonización de tres sacerdotes y dos seminaristas palotinos asesinados durante la última dictadura militar. Se trata de los sacerdotes Pedro Duffau, Alfredo Leaden y Alfredo Kelly, y los seminaristas Salvador Barbeito (que no está en la foto) y Emilio Barletti, quienes aparecieron muertos el 4 de julio de 1976 en el salón comunitario de la Iglesia San Patricio en el barrio porteño de Belgrano. El caso que el periodista Eduardo Kimel investigó en su libro La masacre de San Patricio, conmocionó a la orden irlandesa y a la Iglesia toda: entendido como una suerte de "mensaje mafioso" la represión de la dictadura alteró la metodología del secuestro y la desaparición de personas para asaltar el templo y asesinar a los que estaban con ráfagas de ametralladora. Ahora la decisión de Bergoglio autorizó el inicio del proceso para determinar si los cinco religiosos serán declarados "mártires", un camino que puede conducir a su beatificación y santificación de comprobarse que obran milagros.
Una alfombra con sangre seca y agujeros de bala que se guarda en la iglesia de San Patricio es el testimonio vivo de la masacre, por la que días atrás, al cumplirse 29 años, se hizo una misa recordatoria encabezada por el obispo auxiliar de la arquidiócesis de Buenos Aires, Horacio Benites Astoul.
La presencia del obispo, imposible sin la conformidad del propio cardenal Bergoglio, se enmarca en un giro histórico de la cúpula de la Iglesia: los cinco religiosos se convertirían en las primeras víctimas de la represión ilegal que podrían ser declarados beatos y hasta santos una vez concluido el trámite autorizado por Bergoglio.
La decisión se enmarca –acaso a modo de respuesta– en acusaciones contra el propio cardenal que pusieron en tela de juicio su papel por el secuestro de sacerdotes enrolados en la orden Jesuita, de la que era superior provincial. Con todo, el proceso demandará varios años de prolongados estudios en Buenos Aires y en El Vaticano. El arzobispado porteño iniciará el proceso de canonización con el estudio de la vida y las circunstancias en que los religiosos fueron asesinados y para ello se apelará a testimonios de quienes los conocieron. El proceso continuará en Roma, donde los plazos para la beatificación tendrán directa relación con la contundencia de las pruebas para comprobar que los sacerdotes palotinos fueron mártires. El juez eclesiástico interviniente estudiará si los religiosos "murieron por difundir la fe encarnada en una expresión evangélica como bregar por el respeto a la dignidad humana, la igualdad y el desarrollo en paz". En ese sentido, precisó que se cuenta con "muchos testimonios de la actitud siempre pacífica" de los religiosos.

Único culpable: el que investigó todo

Nunca se castigó a los responsables de la Masacre de San Patricio, pero en cambio la Justicia fue dura al encontrar un culpable: el que la investigó. El periodista Eduardo Kimel fue querellado a fines de 1991 por Guillermo Rivarola, el juez que investigó el asesinato entre julio de 1976 y agosto de 1977 y fue condenado a un año de prisión en suspenso y a pagarle a Rivarola 20.000 pesos-dólares. El caso está ahora en la Corte Interamericana.

Fuente: http://elciudadano.net


Los nuevos mártires

Nuestros mártires de América Latina

En la espera del listado definitivo de los "nuevos mártires" propuestos por el Papa a las Iglesias en este Jubileo y como corolario a un nuevo libro sobre "Víctimas y Mártires de la década del setenta en la Argentina" (Pedro Siwak), queremos compartir algunas reflexiones sobre el tema a partir de la experiencia de nuestras comunidades cristianas.

En la "Conmemoración de los Testigos de la Fe del siglo XX" del 7 de mayo de este año en el Coliseo de Roma, dentro del marco del Gran Jubileo, el Papa ha presentado a la atención de las Iglesias y del mundo, después de cinco años de intensa búsqueda por parte de la Comisión de los "Nuevos Mártires", el nombre de 12.692 cristianos mártires. Entre ellos hay 2.351 laicos. La mayor parte de los testimonios enviados por las conferencias episcopales, diócesis, congregaciones, etc. provienen de Europa y de la ex Unión Soviética (9.781), luego de Asia y Oceanía (1.831), de África (746) y finalmente de América con tan solo 333 nombres.

Uno de los primeros comentarios fue que se le había dado mucha importancia a los mártires de sistemas ateos como el comunismo y el nazismo pero no de igual manera a los mártires de dictaduras y gobiernos autodenominados "cristianos" como en América Latina. Fue el mismo Andrea Riccardi, autor de "El siglo del martirio: los cristianos del novecientos", quien reconoció cómo de América Latina habían llegado muy pocos aportes, aclarando por otra parte que la búsqueda no había terminado.

EL CASO ARGENTINO

Al celebrarse la Misa en ocasión del undécimo aniversario del quíntuple asesinato de los Padres Palotinos, el superior provincial, p. Juan Mannion, dijo: "Aquí en nuestra patria asistimos al doloroso espectáculo de una Iglesia oficial que se rehúsa, pareciera ser, a asumir el martirio y el testimonio de obispos, sacerdotes, religiosas y laicos comprometidos, ajusticiados y asesinados por los sicarios de la seguridad nacional". También el superior general de los Palotinos, Ludwing Mundz, declaró: "Nuestros cinco hermanos son mártires porque fueron testigos de la fe, son mártires porque ellos sabían que ser fiel a Cristo y ser fiel a su palabra en ese momento trágico de la historia significaba arriesgar la vida y ellos quisieron ser fieles al Señor en ese momento posconciliar en que la Iglesia despertaba a un diálogo nuevo con el mundo..."

Emilio Mignone, un laico cristiano que murió hace dos años y sobre quien mons. Gerardo Farrel dijo: "a este hombre la Iglesia jerárquica tendrá que pedirle perdón", manifestó: "La Iglesia Católica sufrió un verdadero martirologio, negado por sus máximas autoridades; curioso caso de una Iglesia que niega a sus mártires". Obviamente no puede afirmarse que todos los cristianos víctimas de la década del setenta sean mártires, pero tampoco se puede reducir el testimonio de la mayoría de ellos a un puro compromiso político. "Han muerto por luchar en favor de la justicia, siguiendo las exigencias de la fe. En nuestros países católicos se pretendió domesticar la fe y en consecuencia a los creyentes; al no conseguirlo, se los eliminó invocando principios occidentales y cristianos" (Pedro Siwak).

En la Argentina, entre 1974 y 1983, fueron asesinados 19 sacerdotes católicos según la investigación hecha por Emilio Mignone que tuvo una hija catequista desaparecida (cfr. "Iglesia y Dictadura"), sin contar la cantidad de religiosas, religiosos, seminaristas, laicos y miembros de otras confesiones cristianas. El primero en ofrecer su vida "por Cristo y por los pobres", según sus propias expresiones, fue el p. Carlos Mugica (11 de mayo de 1974). Una de las pocas voces episcopales que reconoció su sacrificio fue la del arzobispo de Rosario, Eduardo Mirás: "Ha quedado en el orden sacerdotal como el ejemplo de hombre entregado a su ministerio y que dio su vida especialmente por aquellos que son los preferidos por Cristo, los más necesitados y abandonados de la sociedad".

Es conocido internacionalmente el caso del obispo Enrique Angelelli que según los militares murió por un accidente de tránsito el 4 de agosto de 1976, pero cuya muerte el juez Aldo Fermín Morales calificó en 1984 de asesinato: "La muerte de Angelelli no obedeció a un accidente de tránsito sino a un homicidio fríamente premeditado y esperado por la víctima". Cuatro años después se derivó la causa a la Cámara Federal de Córdoba presumiendo que el crimen había sido cometido en el ámbito de esa jurisdicción militar; en junio de ese mismo año la aplicación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final dio por terminado el asunto.

Los cinco religiosos palotinos, los dos curas de El Chamical (Gabriel Longeville y Carlos Murias), el p. Carlos Bustos, el p. Francisco Soares, las hermanas Alice Domon y Leonie Duquet, el laico Wenceslao Pedernera, junto al sacerdote uruguayo Mauricio Silva... son algunos de los nombres que también podrían ser rescatados del olvido en este Jubileo como ha pedido el Papa, y formar parte del gran martirologio latinoamericano de nuestro tiempo...

¿MUERTOS POR CAUSAS SOCIALES Y POLÍTICAS?

Ya en su tiempo S. Tomás, en el comentario a la epístola a los Romanos, afirmaba: "Padece también por Cristo no sólo quien padece por la fe en Cristo, sino también quien padece por cualquier obra de justicia por amor a Cristo". En 1983 el teólogo Karl Rahner invitaba a ampliar el concepto de "martirio" no sólo en orden a la defensa de la fe cristiana sino también de sus consecuencias morales, como la caridad y la justicia. El martirio es un acto supremo de fe y amor. El Papa comparte esta idea y ha declarado mártires también a los que mueren "por la caridad y la justicia e indirectamente por la fe" (discurso en Sicilia). Lo ha demostrado declarando mártires a Maximiliano Kolbe y a Edith Stein.

Muchos dicen: "En América Latina los cristianos mueren por causas sociales y políticas". Pero ni en las persecuciones romanas los mártires han muerto por motivos puramente "religiosos": eran
"enemigos" del César y de la sociedad por su conducta y enseñanza. Es sabido además que la defensa de la justicia y de los derechos humanos, y la misma promoción humana son elementos constitutivos de la fe y de la evangelización; la fe se traduce en caridad y exige la justicia. El cristiano que muere por estos ideales, muere también por causa de la fe, aunque sea por obra de dictaduras y gobiernos que se dicen cristianos.

El card. Roger Etchegaray ha declarado: "Hoy la semilla de los mártires se encuentra a menudo en la alianza de la Iglesia con los pobres, los excluidos, los oprimidos". Es lo que está sucediendo en América Latina donde ya son numerosos los mártires honrados como tales por el pueblo cristiano; es el caso del obispo Oscar Romero de El Salvador. Pero mucho más allá de los casos famosos, hay una cantidad de cristianos desconocidos que han dado su vida por Cristo. Como por ejemplo, en Guatemala, a comienzos de la década del ochenta.

En aquellos años muchos templos habían sido cerrados y poseer una Biblia o celebrar un bautismo era riesgoso. Quien hablaba de "comunidad" cristiana, era considerado subversivo. Muchos escondieron sus libros de oraciones y crucifijos bajo tierra. Varios cientos de catequistas y dirigentes de la Acción Católica Rural fueron asesinados como en el caso de Nicolás Castro, ministro de la Eucaristía que desde la ciudad llevaba escondidas en medio del maíz las hostias consagradas para los cristianos de su comunidad y al ser descubierto, fue herido mortalmente en el patio de su casa. Mientras agonizaba, llamó a su esposa y a sus cuatro hijos, les pidió perdón y con ellos rezó el Padre Nuestro. O como aquellos cinco catequistas que para evitar el peligro de que todo el pueblo fuera bombardeado por los helicópteros del ejército e incendiado, se declararon culpables de subversión, marcharon rezando hacia el cementerio a la cabeza de todo el pueblo y allí fueron asesinados.

Algún día se valorarán estas historias de los mártires de hoy. Por ahora, esperan todavía un digno reconocimiento.

Primo Corbelli, www.chasque.net


El caso de los padres palotinos

A mediados de 1976, fueron asesinados tres sacerdotes y dos seminaristas de la orden los Palotinos, que vivían en una parroquia en Buenos Aires, el teniente Pernía participó en esta operación, según sus propios dichos jactanciosos.
En la madrugada del 4 de julio de 1976, fueron asesinados los sacerdotes de la comunidad palotina de San Patricio, Alfredo Leaden, Pedro Duffau y Alfredo Kelly y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti.
Los religiosos fueron muertos a tiros en la Parroquia de San Patricio del barrio de Belgrano.
El Padre Alfredo Leaden, de 57 años, era delegado de la Congregación de los Palotinos Irlandeses; el Padre Pedro Duffau, de 65 años, era profesor; el Padre Alfredo Kelly, de 40 años, era director del Seminario de Catequesis en Belgrano y profesor en el Colegio de las Esclavas del Santísimo Sacramento; Salvador Barbeito, de 24 años, era seminarista, profesor de filosofía, psicología y catequista además de rector del Colegio San Marón; Emilio Barletti, de 25 años, era seminarista y profesor.
Tanto amigos como feligreses de los religiosos asesinados coincidieron en que éstos habían predicado siempre la paz y condenaban la violencia.
La noche del crimen, personas del vecindario vieron un automóvil Peugeot negro largamente estacionado frente a la Parroquia, con cuatro hombres adentro, y también un patrullero que se detuvo junto a ellos y luego se alejó. Seguramente los asesinos aguardaban que se encontrasen en la parroquia todos sus moradores para entrar en acción.
Las primeras personas que a la mañana ingresaban a la Parroquia encontraron sobre las paredes y una alfombra leyendas que después fueron retiradas.
Las leyendas decían: "Así vengamos a nuestros compañeros de Coordinación Federal" (en cuyo comedor se había colocado hacía poco una bomba homicida) y "Esto les pasa por envenenar la mente de la juventud".
De la parroquia desaparecieron objetos y papeles.
El 7 de julio la Conferencia Episcopal elevó una nota a la Junta Militar
"El suceso narrado coincidió en el tiempo con la recepción de otra carpeta confidencial que contenía documentación perteneciente a los Padres Palotinos... el cura párroco Alfredo Leaden y Pedro Duffau y los seminaristas José Emilio Barletti y Salvador Barbeito. Agrega el declarante que entre la actividad ejercida por el Ministerio del Interior, estaba la vigilancia sobre aquellos sacerdotes denominados tercermundistas existiendo un archivo de 300 nombres con informaciones detalladas sobre la actividad de cada uno de ellos. En referencia al caso de los Padres Palotinos, el declarante posee en su poder una agenda telefónica de uno de los sacerdotes, que guardó como prueba de que dicha documentación se encontraba en dependencia del Ministerio del Interior en la época de referencia..."

(Declaración prestada por el ex oficial de la Policía Federal argentina Peregrino Fernández, entre el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones forzadas en la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas con sede en Ginebra).

Fuente: www.alsurdelriobravo.com.ar


La masacre de San Patricio, otra vez la censura

El increíble caso del periodista Eduardo Kimel, autor del libro que testimonia el asesinato de tres sacerdotes y dos seminaristas de la parroquia de San Patricio, de la colectividad irlandesa, durante la dictadura que gobernó la Argentina desde 1976 a 1983.

Por Pablo Rodríguez Leirado

Cinco cuerpos sobre el piso ensangrentado de la parroquia San Patricio, en el barrio de Belgrano de la ciudad de Buenos Aires, son la mayor tragedia de la historia de la Iglesia católica argentina. Esta terrible matanza sucedida el 4 de julio de 1976, durante la dictadura militar, permanece impune, pues los asesinos y encubridores se escudaron en las leyes de punto final, obediencia debida y el indulto presidencial.

Increíblemente la única condena que existe por ese episodio criminal pesa sobre quien escribió el libro que constituye un testimonio de los asesinatos, el periodista e historiador Eduardo G. Kimel.

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional - ateniéndose a lo requerido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -, condenó al autor de "La masacre de San Patricio" a un año de prisión en suspenso y al pago de 20.000 dólares por presuntas expresiones difamatorias en su libro contra el actual camarista penal Dr. Guillermo Rivarola.

Eduardo G. Kimel
La persecución

En 1976 Rivarola fue el primer magistrado que intervino en la causa de los cinco religiosos asesinados, ya que era Juez Nacional de 1ª Instancia en lo Criminal y Correccional Federal. La secretaría la ejerció el Dr. Gustavo Guerrico y la fiscalía el Dr. Julio Strassera. En agosto de 1977 se dictaminó el sobreseimiento provisorio porque no se había llegado a ningún resultado.

El libro "La masacre de San Patricio" constituye una investigación personal de Kimel, en el cual se presenta un exhaustivo análisis de los hechos y sus causas, conformado en una labor que contó con más de 50 testimonios tomados de fuente directa y el contenido de diarios, revistas folletos, libros y varios documentos entre los que se destaca la causa abierta por la Justicia, a la que el autor tuvo acceso.

La obra pone al desnudo que los sacerdotes Alfredo Leaden, Alfredo Kelly, Pedro Duffau y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, pertenecientes a la orden palotina, fueron torturados y asesinados por un "Grupo de Tareas" perteneciente a las Fuerzas Armadas Argentinas. Sólo Barbeito era extranjero (había nacido en Galicia, España), el resto eran argentinos. Esta es la temática central del libro publicado en noviembre de 1989.

A pesar de que los criminales jamás fueron procesados ni juzgados y permanecen en libertad, pocos meses después el citado magistrado inició una causa judicial contra Kimel por calumnias e injurias, exigiendo su condena y el pago de una suma de dinero como reparación por el supuesto daño moral. En octubre de 1995, la Dra. Angela Braidot, del Juzgado Correccional Nro. 8, Secretaría 63, sentenció al escritor a un año de prisión en suspenso y al pago de 20.000 pesos al juez Guillermo Rivarola. La Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) acusó a la doctora Braidot por reiterados ataques contra la libertad de prensa.

Posteriormente, en noviembre de 1996, mediante un fallo unánime, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó el fallo de la jueza Braidot.

El juez Rivarola apeló esa sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en diciembre de 1998, por seis votos (Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Carlos Fayt, Antonio Boggiano, Guillermo López y Adolfo Vázquez) contra tres (Enrique Petrachi, Augusto César Belluscio y Gustavo Bossert) ordenó que la causa regrese a la Cámara de Apelaciones para que se dicte condena contra el periodista Eduardo Kimel, como se menciona al inicio de este artículo.

Las palabras y la supuesta ofensa.

En la página 125 de la segunda edición (1995) de "La masacre de San Patricio" se encuentra las frases por las cuales se condena al escritor y que aquí repetimos para quien no leyó el libro:

"El juez Rivarola realizó todos los trámites inherentes. Acopió los partes policiales con las primeras informaciones, solicitó y obtuvo las pericias forenses y las balísticas. Hizo comparecer a una buena parte de las personas que podían aportar datos para el esclarecimiento. Sin embargo, la lectura de las fojas judiciales conduce a una primera pregunta: ¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios? La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente, cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto."

En el prólogo de la segunda edición el actual sacerdote de San Patricio, Kevin O'Neill, director del periódico de la comunidad irlandesa The Southern Cross y uno de los principales luchadores por rescatar la memoria de sus compañeros y discípulos asesinados, refiriéndose a la actuación del juez Rivarola, expresa que "no logró echar la mínima luz para esclarecer el horrendo crimen, a pesar del tiempo que lo tuvo a su cargo. Por supuesto que las circunstancias en que se desenvolvía la nación, de violencia generalizada que producía una amnesia moral, nos hacen reconocer que no podía esclarecer el crimen y sus autores ideológicos y materiales. Si es así, la única cosa que podría haber hecho era la renuncia al cargo que podría haber presentado "por razones personales", lo cual hubiéramos comprendido."

Las adhesiones a Kimel

Una conferencia de prensa, convocada por La Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) y la Asociación para la Defensa del Periodismo Independiente (Periodistas), junto a Eduardo Kimel y religiosos de la Orden de los Palotinos, se realizó el lunes 19 de abril a las 12:30 en el Centro de Capacitación y Comunicación de la UTPBA, en calle Alsina 779.

En esa oportunidad se acercaron para expresar su solidaridad el Dr. Gil Lavedra; los periodistas Horacio Verbitsky y Magdalena Ruiz Guiñazú; el presidente de la Asociación Argentina de Actores, Pepe Novoa; los docentes de la Carpa Blanca; las Madres de Plaza de Mayo; León Gieco, la Asociación de Abogados; entre otros. También numerosas personas y entidades hicieron llegar su adhesión, por citar algunas: Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP); la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA); la Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP); la Organización Internacional de Periodistas (OIP); y el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Santiago Canton, quien afirmó que "el debate libre de ideas y opiniones es un pilar fundamental del sistema democrático". También recordó "la necesidad de que exista un debate abierto y amplio, que es crucial para una sociedad democrática, debe abarcar necesariamente a las personas que participan en la formulación o la aplicación de la política pública".

El Secretario General de la UTPBA, Daniel Das Neves, recordó que este fallo judicial se da en un marco caracterizado por las continuas agresiones, intimidaciones, amenazas y querellas judiciales contra periodistas y trabajadores de prensa, que en la última década alcanzan la penosa y gravísima cifra de 1.107 casos, de acuerdo al registro de esa organización.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a instancias de la entidad PERIODISTAS, decidió abrir un caso contra el Estado Argentino por violaciones reiteradas a la libertad de expresión. El caso incluye tres decisiones de la Corte Suprema de Justicia, las condenas contra: la actriz Gabriela Acher y el canal 13 de televisión; el director de la revista "Humor", Tomás Sánz; y la prolongación indefinida del juicio del ministro del Interior Carlos Corach contra Horacio Verbitsky y su tramitación irregular en la Corte Suprema, donde desaparecieron sin explicación dos cuerpos del expediente. A todos estos casos se les sumó un cuarto proceso: el de Eduardo Kimel, promovido por PERIODISTAS y la UTPBA.

El sacerdote Kevin O'Neill se dirigió al auditorio para recordar a sus hermanos y el momento de total consternación de la comunidad palotina cuando tuvo que hacerse cargo de la parroquia acéfala. Expresó su firme determinación para mantener viva la memoria y también elogió a la comunidad israelita que no permite ninguna afirmación acerca de que los atentados a la Embajada de Israel y la AMIA fueran hechos circunstanciales. Consideró que "fue la providencia divina" la que acercó a Eduardo Kimel, de quien admiró la enorme dedicación de un hombre que pertenece a otra religión "y que salvó del olvido en la cual se quiso sepultar a una comunidad mártir".

Anteriormente Kimel había manifestado su orgullo por su libro, "por haber dejado un testimonio de algo que nuestro pueblo jamás debe olvidar". Lamentó la derivación judicial y expresó que en un principio se sintió abatido "porque me sentí solo, que nuevamente tenía que luchar contra algo muy fuerte: una fuerza formada por magistrados que todavía tienen demasiado poder y que no han hecho una sola autocrítica respecto de sus actuaciones. Pero pasó muy poco tiempo y hubo una reacción muy grande impulsada por los medios de comunicación con el compromiso decidido de muchos periodistas, otros que me hicieron llegar su adhesión, amigos y mucha gente que no me conoce que me llamó para decirme: "no estás solo, hay que seguir hasta el final".

Como interpretación del motivo por el cual padece la persecución - "la pequeña lucha a la que me obligó el juez Rivarola" -, Kimel consideró que "mi libro tenía como objetivo otro tema: el testimonio del asesinato de cinco personas acribilladas en una parroquia. Pero se me ocurrió hablar de un juez de la dictadura. Y de eso, no se habla... La conclusión fundamental a la que yo arribé, es que semejante ensañamiento a lo largo de estos siete años, tiene como objetivo acallarme para determinar y establecer que ningún periodista pueda abrir juicio sobre esta época y el poder judicial, que cumplió una función extraordinariamente funcional y adecuada a los objetivos de la represión."

La barbaridad de acusar a quienes investigan nos retrotrae a casi medio siglo atrás, cuando Rodolfo Walsh ante otra masacre decía "los asesinos probados, pero sueltos". Tal vez, mientras el poder judicial está adormecido, lo único que nos queda es hacer conocer los hechos y a sus protagonistas, para que la condena social inicie el camino hacia un restablecimiento de la justicia.

Los sacerdotes y seminaristas asesinados...

Para mayor información existe un sitio dedicado al tema: www.solnet.net/msp


Testimonios palotinos

(Extractados del libro "El Honor De Dios", de Gabriel Seisdedos)

Padre Cornelio Ryan

Testimonio del P.P. Cornelio Ryan. Delegado Provincial de los Palotinos Irlandeses a partir de diciembre de 1976.

"Desde el momento en que asumi como Delegado de la Provincia Irlandesa en Argentina quise saber que habia ocurrido, la muerte no entro como un ladron en la noche, se que ellos esperaban algo...

El General Reynaldo Bignone era conocido nuestro en la parroquia palotina nuestra en Castelar. En el ano 1977 tuve una entrevista con el. Me recibio en su despacho dejando su arma enfundada sobre el escritorio, le pregunte sobre los agentes de la muerte que habian entrado a San Patricio. "Padre Ryan -me dijo- No se nada. Pero aun cuando lo supiera tampoco lo contaria jamas." Aun recuerdo sus corteses maneras, su amplia sonrisa. Me dijo despues que debiarrecomendar al P.P. Antonio Stakelum que cambiara el tono de sus homilias. Los sermones de el eran de fuego, desde el altar de Castelar hablaba de los apremios ilegales, de las desapariciones.

Muchas veces visite la Casa Rosada para ver al Coronel David Ruiz Palacios, fue muy gentil conmigo pero solo consegui abundantes libaciones de cafe. Siempre insisti ante el en encontrarme con el Ministro del Interior General Harguindeguy de quien Ruiz Palacios era secretario. Pero el Ministro ponia como excusa para no recibirme que yo vivia muy lejos, en aquel momento estaba residiendo en el Colegio Fahy de Moreno, le informe al Coronel que podia tranquilizar a su jefe pues yo poseia un muy buen reloj despertador, pero la entrevista nunca se llevo a cabo. Es evidente que en el General, yo despertaba sus sentimientos paternales.

Al poco tiempo desde Roma el Superior General de la Congregacion Ludwig Mundz me pidio que no me arriesgara yendo a ver a los militares, que mi proceder era imprudente. Por obediencia debi retirarme. Ya con la democracia intente encontrarme dos veces con quien era sindicado por los testimonios de sobrevivientes de la Escuela de Mecanica de la Armada, como responsable del operativo de San Patricio. Pero el Capitan Pernias tampoco me recibio, fui a visitarle con una tarjeta de pesame porque me habian dicho que su esposa acababa de fallecer, cuando llegamos con el P.P. Eugenio Lynch al edificio Libertad un oficial tomo mi tarjeta donde constaba mi nombre y cargo y subio a comunicarle al Capitan Pernias mi presencia, poco despues este hombre regreso y nos dijo que el Capitan se habia hecho a la mar. Por dos veces mas busque verlo, solo queria preguntarle si era el el responsable del crimen y mirar sus ojos cuando me contestara. Siempre pense que alguno de los asesinos finalmente hablaria "las conciencias infectas confiaran sus secretos a las sordas almohadas" dice Shakespeare en Macbeth.

Acompane a Graciela Daleo en su testimonio ante el juez Blondi, inicie una investigacion para saber quienes firmaron la famosa carta para separar al padre Kelly de San Patricio, pero todo fue en vano. Solo encontre un muro de silencio. He invitado insistentemente al Comisario Fensore a tomar el te conmigo en la casa parroquial, pero rehuso diciendo que le hacia mal hablar del pasado. Las aguas del Leteo uno de los cuatro rios del infierno, el rio del olvido segun los antiguos griegos, fueron bebidas por muchas de las personas relacionadas con este crimen. En medio de la angustia, la soledad, el miedo, la indiferencia por la que pasamos a traves de estos anos ha sido conmovedora la figura del P.P. Kevin O'Neill, el ha sido la gran roca en la que encontre el apoyo, la fuerza para la lucha. La guia en los momentos de desaliento.

Aqui en Mercedes muchas veces frente a sus tumbas oro por ellos, a ellos por nuestra antigua amistad."

Testimonio del padre palotino Thomas O'Donnell, Delegado de la provincia palotino-irlandesa

"Cuando la noticia de la masacre de San Patricio llego a Irlanda nuestro superior Patrick Ryce me convoco a su despacho. Mi viaje a la Argentina era inminente, me hablo de la conveniencia de aplazar mi viaje hasta que la situacion en el pais mejorara, que mientras tanto podria ir a Roma a estudiar. Por aquella epoca estaban de visita en Irlanda los padres Andrew Quinn y Florence Carroll que volvian de Argentina para visitar a sus familiares, les pregunte a ellos que pensaban hacer con respecto al regreso a Sudamerica: "Volver, es nuestro lugar". Decidi viajar con ellos, tenia miedo, pero al llegar al aeropuerto de Ezeiza los esperaban amigos de sus parroquias. El calido recibimiento me confirmo lo acertado de mi decision.

Al poco tiempo, estando en Mercedes, corria por un calle rumbo al hospital para asistir a un enfermo, en una esquina bajaron de un camion un grupo de soldados que me rodearon con sus armas.

- !No tiren!, lo conozco, es un cura de San Patricio.

No eran epocas buenas, todos teniamos miedo, pero aun asi resolvimos quedarnos. En la decada del ochenta llegue a San Patricio en Belgrano. Yo tambien habia escuchado: "en algo andarian", "mejor callense", "quedate en el molde". Llegue a este lugar con esta idea: "en algo andarian", pero mi trato con la gente que fue reconfortada por mis companeros asesinados, los recuerdos que tienen de ellos me fueron llevando a otro convencimiento; el que teniamos que hacer algo por avivar el recuerdo, que debiamos sentirnos orgullosos de ellos, por eso hemos colaborado con este libro y el documental. Se que mucha gente cree que no hicimos lo suficiente como congregacion, creo que debia pasar el tiempo, entre nosotros hubo opiniones encontradas, pero tambien las hubo en la Iglesia, en la sociedad.

En el verano estando en nuestra secretaria con las ventanas abiertas, no he podido dejar de escuchar: - "Aca reventaron a unos tercermundistas". Creo que los prejuicios de alguna gente del barrio ayudaron a que se produjera la masacre. Pero ha habido otra gente que nunca los olvidó, un grupo de laicos preparó hace unos años un video en memoria de los muertos, otros les han rendido homenajes de diferentes maneras. Tambien se acercaron políticos que utilizaron su memoria con mezquinos propositos.

Nuestro homenaje consiste en las misas recordatorias del cuatro de Julio. No nos correspondia a nosotros como institucion iniciar una investigacion sobre sus muertes, eso debió hacerlo la justicia. Si la búsqueda de la verdad en sus vidas, eso contribuye a que no se utilice su memoria con propositos subalternos, recuperando la verdadera dimension de ellos, gracias a la reflexión, superando los apasionamientos.

Pero reivindicamos desde siempre nuestro derecho a saber quienes fueron los autores intelectuales, quienes los ejecutores, como fueron asesinados, el por qué. Que el conocimiento de la verdad se constituya en un cimiento sobre el que se construya la paz.

Nuestro mayor homenaje consiste en la modalidad que hemos seguido manteniendo en esta parroquia, no cuestionar al hombre, ayudarlo, respetarlo, una actitud reflejada en los numerosos grupos de autoayuda que se reunen en nuestra casa. Es en todo esto donde su memoria renace, donde surgen retoños, donde la memoria de los cinco permanece siempre verde, como decimos en Irlanda.

Los cuatro de Julio en las misas recordatorias hemos dicho que teniamos el derecho a saber, pero que tambien seriamos los primeros en perdonar. Como sacerdote me cuestiono como podria elevar entonces el caliz en el momento de la consagracion, Cristo murio en la cruz por la redencion de la humanidad. El odio puede herir a nuestro adversario, pero es a nosotros mismos a quienes termina destruyendo.

Hago mia la suplica de Monsenor Helder Camara:

'Guia mi mirada Señor, cuando Tu mismo pongas a prueba mi fe, y me hagas marchar por entre la niebla mas cerrada, borrada toda vereda ante mi: por mucho que mi paso vacile, haz que mi mirada, tranquila e iluminada sea un testimonio viviente de que te llevo conmigo, de que estoy en paz. Cuando Tu mismo pongas a prueba mi confianza permitiendo que el aire se vaya enrareciendo y que me embargue la sensacion de que el suelo se esta resquebrajando bajo mis pies; que mi mirada les recuerde a todos, que no hay nadie que cuente con la fuerza suficiente para arrancarme de Ti. En quien caminamos, respiramos y somos... Y si un dia Tu mismo permites que el odio me salpique, y me prepare trampas, y falsee mis intenciones y las desfigure: que la mirada de tu Hijo vaya repartiendo serenidad y amor a traves de mis ojos. Gloria al Padre, por el Hijo, en el Espiritu.' "

(*) Deuteronomio 16:20

Padre Ray Dalton*

"En el momento del crimen tenía 16 años, y habia estado en contacto con los palotinos al haber hecho parte del secundario en uno de sus colegios. En julio de 1976 esperaba ingresar al seminario de Thurles cuando la noticia llego a Irlanda. Como adolescente senti que ellos habian dado un testimonio y reafirme mi idea de que valía la pena ser palotino.

Las primeras noticias sobre lo que pasaba en Argentina las recibimos de Bob Kilmeate que paso un tiempo con nosotros. El padre Kevin O'Neill llego al seminario tres años despues, aun recuerdo el dolor que transmitia en su voz cuando nos decia que en su pais nadie estaba haciendo nada y nos mostraba fotos de los cinco. Para el era importante que los seminaristas conocieramos la historia, alli no habia nada que nos recordara lo ocurrido en San Patricio. Cuando vine a Belgrano en 1992 y supe mas detalles entendi un poco mejor al padre O'Neill y pense que tenia que hacer algo yo tambien, encontre la alfombra sobre la que fueron asesinados la acondicionamos y hoy se exhibe en una de las paredes del oratorio. Como un testigo mudo pero que grita. Los que la ven se quedan en silencio, las ideas, las preguntas son elaboradas en este silencio.

A veces en la noche si estoy solo en la casa y paso frente a la sala de estar donde los mataron me siento sobrecogido como un nino, alguna vez para vencer esta sensacion me he quedado solo en la habitacion viendo las huellas de las balas y es extrano pero la sensacion desaparece, el aire es mas pesado alli, pero no es un lugar que transmita miedo, si tristeza, si presencia, que es para mi una inspiracion. Pienso en la ironia que representa el que los hayan asesinado en el living (en ingles viviendo), ellos fueron muertos por como vivian su vida. No hemos hecho de ese lugar un santuario, para nosotros sigue siendo el living, no los endiosamos, ellos, creo, no lo hubieran querido; el mejor homenaje es la vida que sigue teniendo la casa.

Quiera Dios que nuestro testimonio sobre los cinco, romper el silencio, sea una llama que ayude a liberar la memoria del país acerca de lo que ha pasado en Argentina.

Sigo sintiendome orgulloso de pertenecer a la misma comunidad que ellos."

*Nota: El Padre Ray Dalton dejo la comunidad palotina en 1997, está casado y es padre de una hermosa niña, reside en Buenos Aires, donde ejerce la psicoterapia.

Fuente: www.fivemartyrs.org

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